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Re: Atrasos en el primer pago recibido - Ingreso mínimo vital
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Re: Atrasos en el primer pago recibido - Ingreso mínimo vital
#417
Re: Atrasos en el primer pago recibido - Ingreso mínimo vital
Hola Arantza
He intentado confirmar el borrador de la declaración de la renta
Pero no aparece lo que he cobrado del IMV (atrasos)
Solo aparece lo que he cobrado de RAI
Es así? Está bien?
Debe aparecer lo cobrado del IMV?
No me he atrevido a confirmar el borrador
Si sabes algo me dices
Un abrazo y gracias por tu ayuda
He intentado confirmar el borrador de la declaración de la renta
Pero no aparece lo que he cobrado del IMV (atrasos)
Solo aparece lo que he cobrado de RAI
Es así? Está bien?
Debe aparecer lo cobrado del IMV?
No me he atrevido a confirmar el borrador
Si sabes algo me dices
Un abrazo y gracias por tu ayuda
#418
Re: Atrasos en el primer pago recibido - Ingreso mínimo vital
Hola!!
Estoy en las mismas que tú.
A mí tampoco me aparece el IMV,solo la RAI.
Yo de momento lo dejo en stand by..
He mandado un correo a la SS,con ese tema y a ver qué me contestan.
Creo,creo,creo,pero no estoy segura,y esa es parte de la duda,por lo que he leído al respecto por ahí,que el IMV en sí está exento de tributación(eso bien),pero que si se ha cobrado otra prestación a la vez,y entre lo percibido de las 2 se han superado 11.400 y algo euros(ahora mismo no recuerdo la cantidad exacta),entonces sí hay que incluirlo,y se tributa por el exceso.
Pero como no me acaba de quedar claro que sólo en ese supuesto haya que incluirlo,lo he preguntado y a ver qué me dicen.
Yo estoy en la misma situación que tú.
Yo lo he dejado quieto por el momento.
Tiempo tenemos de presentar el borrador 😊😊😊
Estoy en las mismas que tú.
A mí tampoco me aparece el IMV,solo la RAI.
Yo de momento lo dejo en stand by..
He mandado un correo a la SS,con ese tema y a ver qué me contestan.
Creo,creo,creo,pero no estoy segura,y esa es parte de la duda,por lo que he leído al respecto por ahí,que el IMV en sí está exento de tributación(eso bien),pero que si se ha cobrado otra prestación a la vez,y entre lo percibido de las 2 se han superado 11.400 y algo euros(ahora mismo no recuerdo la cantidad exacta),entonces sí hay que incluirlo,y se tributa por el exceso.
Pero como no me acaba de quedar claro que sólo en ese supuesto haya que incluirlo,lo he preguntado y a ver qué me dicen.
Yo estoy en la misma situación que tú.
Yo lo he dejado quieto por el momento.
Tiempo tenemos de presentar el borrador 😊😊😊
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Re: Atrasos en el primer pago recibido - Ingreso mínimo vital
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