Buenos días,
A ver, si es que ni los bancos lo hacen bien, te doy mi opinión, la premisa es que tienes que declarar por todo menos por los vales descuento, es decir los que no te dan dinero sino descuentos en compras.
La máxima es, cualquier cosa que cobres hacienda se lleva su parte, desde un regalo de boda hasta la limosna que te dan en la puerta de la iglesia cuando te ven las pintas y te confunden con un pedigüeño.
1) Si te dan un cashback por alguna inversión que has hecho va como rendimientos de capital mobiliario en la casilla 27. P.e. te dan un incentivo por abrir una cuenta, ingresar un dinero determinado en una cuenta, etc.
2) Si tu no has hecho ninguna inversión va como incremento patrimonial, p.e. lo que cobras por un referido.
Eso es lo que dice hacienda, pero luego los bancos hacen lo que les sale de ahí y lo pueden meter cambiado, por eso aconsejo mirar los certificados para que no salte nada cuando el algoritmo cruce los datos.
Por cierto, IGRAAL también tiene que darte certificado, que lo den o no ya es otro asunto.