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Deducción de Gastos en el IRPF
Voy a exponer dos casos prácticos en los que una persona física residente en españa realiza operaciones de compraventa de acciones.
Caso 1.
Juanito compra y vende acciones en ING y al cabo del año fiscal tiene unas ganancias de 50000€.
Ha pagado como comisiones de custodia 2500€ y en concepto de gastos (comisiones) de compra y venta otros 2500€
Caso 2.
Juanito vende y compra acciones mediante XTB y cuando llega a final de año ha ganado 50000€
XTB le ha cobra en concepto de comisiones de custodia 2000€ y por las órdenes de compra y de venta 1000€
En el ejemplo número 1 ING repercute unos gastos totales de operativa por un valor de 5000€
En el ejemplo número 2 XTB repercute unos gastos totales de operativa por un valor de 3000€
Esta claro que sale más caro utilizar ING que XTB, pero ahora entra en juego hacienda.
Supongamos que Juanito tiene unos ingresos totales de 100000€; 50000€ por su trabajo en una empresa, más los 50000€ ganados en bolsa.
Con lo cual el palo que le va a dar hacienda cuando tenga que liquidar el impuesto del IRPF es de órdago.
Y aquí viene la pregunta: ¿Hacienda permite deducir en el impuesto del IRPF el 100% de los gastos generados por operar en bolsa?
Porque de ser así (y saliendo el IRPF a pagar una gran cantidad) daría igual operar con un broker con altas comisiones, que hacerlo con uno de bajo coste...