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Duro Felguera

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Duro Felguera
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#60257

Re: Duro Felguera

Puedes tener razón.  La verdad es que desconozco la operativa legal en estos casos. Quizá el juez puede autorizar la operación de partición de DF una vez se presente sin la necesidad de concursar la empresa, es decir, prolongando el preconcurso actual (a sabiendas que hay un acuerdo de restructuracion). 

Pero esta claro que la partición de DF no se hace en 1 mes. En 1 mes como mucho redactarán el plan de restructuracion y se lo presentarán al juez. En ese plan debe figurar el acuerdo por escrito con los acreedores (o con una gran parte) y quiero pensar que también lo van a tener. Veremos....
#60258

Re: Duro Felguera

Cortesía de Chat Gpt:

¿como salir de un preconcurso si se alcanza acuerdo con los acreedores?

 Si el deudor ha alcanzado un acuerdo de reestructuración, debe comunicarlo formalmente al juzgado dentro del mes siguiente al plazo de 3 meses del preconcurso (art. 585 TRLC), para evitar tener que solicitar concurso y cerrar el preconcurso correctamente

✅ ¿Qué documentación debe presentar?

 El deudor (DF) debe presentar: 
  1. 📝 Escrito dirigido al juzgado de lo mercantil, indicando:

    • Que ha alcanzado un acuerdo de reestructuración con sus acreedores.
    • Que da por finalizado el período de preconcurso.
    • Que no va a presentar concurso voluntario.
  2. 📄 Copia del acuerdo de reestructuración firmado por las partes implicadas, o al menos:

    • Prueba de su formalización ante notario, o
    • Declaración responsable del deudor identificando el acuerdo, las partes firmantes y su alcance.
  3. (Opcional, pero recomendable): listado de acreedores afectados, plan de pagos, o plan de viabilidad si está incluido en el acuerdo.
 

📌 ¿Qué hace el juzgado?

 
  • El juzgado archiva el expediente de preconcurso si todo está conforme.
  • Si el acuerdo está homologado judicialmente, se sigue el cauce del procedimiento especial de homologación (Título II del Libro Segundo del TRLC).
  • Si no está homologado, se considera un acuerdo privado y el juzgado no interviene más.
 

🚨 Importante:

 
  • Si el acuerdo no se comunica dentro del mes siguiente a los 3 meses de preconcurso, el deudor está obligado a presentar concurso si sigue en insolvencia actual o inminente.
  • El acuerdo debe estar vigente y efectivo al momento de la comunicación.
 
#60259

Re: Duro Felguera

En el caso de DF, son 6 meses de plazo por la extensión pedida que vence el 11 de junio. 

Otro aportacion de la IA y con esto damos por concluído el master avanzado de derecho pre-concursal: 
 
No es necesario haber implementado el acuerdo de reestructuración antes de que finalice el plazo del preconcurso

✅ Lo que exige la ley (TRLC) es:

 Que dentro del mes siguiente a los 3 meses de preconcurso, el deudor comunique al juzgado que: 
  1. Ha alcanzado un acuerdo de reestructuración, y
  2. Ese acuerdo es válido y vinculante según las reglas de su clase (p. ej. mayorías exigidas según el tipo de deuda).
 

❗️ Lo que NO se exige:

 
  • No es necesario haber ejecutado todavía el contenido del acuerdo:

    • No hace falta que ya se haya hecho una ampliación de capital.
    • Ni que se hayan aportado fondos.
    • Ni que se haya comenzado a pagar a los acreedores.
Lo clave es que el acuerdo esté alcanzado formalmente y sea operativo.  

🧾 Entonces, ¿qué debes presentar?

 
  • Un escrito informando del acuerdo al juzgado.
  • Copia del acuerdo (o declaración de que se ha alcanzado).
  • Identificación de los acreedores firmantes y las condiciones pactadas.
Eso basta para cerrar el preconcurso y evitar la obligación de presentar concurso voluntario. 
#60260

Re: Duro Felguera

Después de esta píldoras de derecho empresarial,  parece que con entregar un documento firmado por los afectados (Consejo de Admon de DF, SEPI, y otros acreedores...) explicando el plan de restructuracion es suficiente para poder salir del preconcurso.  

Es decir, al igual que se solicita de manera voluntaria, se sale de manera voluntaria.  NO hace falta tener dinero en la CAJA ni hacer una AK ni haber pagado deudas. Solo 1 documento firmado que diga lo que vas a hacer, como lo vas a hacer y que tus acreedores están de acuerdo con ese plan. 
#60261

Re: Duro Felguera

 Por cierto, por lo que he leido DF tiene 1 mes adicional para presentar formalmente el plan, es decir, se puede ir hasta el 11 de julio.  Aunque en este "septimo" mes la protección no es la misma pero legalmente el juez te concede esos 30 días para presentar toda la documentación. 

Entiendo que al ser DF una empresa cotizada, tendrá que hacer al menos un comunicado a la CNMV antes del 11 de junio y comentar brevemente la situacion y el plan de futuro. 
#60262

Re: Duro Felguera

#60263

Re: Duro Felguera

Ese no es el problema. El problema es salir del preconcurso sin dinero en la caja, es decir, sin solvencia, como ahora, porque el día siguiente un acreedor te insta el concurso y es concurso culpable, con responsabilidades penales y patrimoniales 
Se habla de...
Duro Felguera (MDF)