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¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

9 respuestas
¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?
¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?
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#1

¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Hola de nuevo, quisiera saber, si es posible, si existe o no un plazo para formular una reclamación ante el SAC desde que presuntamente mis derechos hubieran podido haber ido vulnerados por la entidad financiera. Gracias.

#2

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

HOLA
Extracto de un coemntario del forista BALDUFA (y este forero sabe muchoooo)

https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/921625-plazo-para-reclamar-servicio-atencion-cliente-entidad-bancaria#respuesta_922087

La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, dictada por el Ministerio de Economía, estipula los requisitos mínimos que han de contener estos reglamentos, y en su artículo 8 establece lo siguiente:

Artículo 8. Reglamento de funcionamiento.
1. (…)
2. (…)
3. El reglamento deberá contener, al menos, los siguientes elementos:
(…)
e) Plazo para la presentación de las reclamaciones, a contar desde la fecha en que el cliente tuviera conocimiento de los hechos causantes de la queja o reclamación, sin que pueda ser inferior a dos años.

-----------
Es decir, el plazo para poder presentar una reclamación no puede ser inferior, en ningún caso, a los dos años.

https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/921625-plazo-para-reclamar-servicio-atencion-cliente-entidad-bancaria#respuesta_922087
s2

#3

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Creo que si es de comisiones, son 15 años o así

#4

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Hay una legislación sobre la prescripción de las deudas, las fiscales son 4 años, el código comercio obliga a guardar los documentos empresariales durante 6 años, y hay temas hipotecarios que llegan a los 15, la verdad no he sido nunca capaz de interpretar esto, porque si leemos los textos legales, o uno es abogado o ni se entera (al menos yo) pero una cosa si te puedo decir y es que la doctrina o costumbre acaba suponiendo que si no se ha presentado reclamación bancaria tras dos años, suelen no darle la razón, al entender que hay una especie de conformidad tácita, y creo que esta "doctrina" la utiliza del Banco de España.

#5

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Serían temas, o vías de reclamación, diferentes.

Una cosa es el plazo para poder reclamar ante el SAC, que lo establece el reglamento del propio servicio y en ningún caso puede ser inferior a dos años de acuerdo con el artículo 8 de la Orden ECO/734/2004.

Y otra vía sería la judicial, que en este caso sí que los plazos son mucho más largos en función del tipo de reclamación que se quiera interponer.

Se tendría que ver, a pesar de todo, si la reclamación a que se refiere Goltar es en relación a un mal servicio, a una comisión indebida, a un problema de interpretación de contratos, etc, etc... ya que en función del tipo de problema el encaje en la vía judicial sería de una manera u otra.

De todas formas creo que el compañero se refiere al primer tipo de procedimiento, esto es, reclamar ante el SAC.

Un saludo

#6

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Lo primero de todo agradeceros a todos vuestra ayuda y vuestra disponibilidad, no me extraña que a la Piruja le haya salido un grano como un templo en su culo.

Me presentaré brevemente diciendoos que, hace ya afortunadamente algún tiempo, estuve baj nómina de esos que...., bueno,,,,,cuando alguien roba, qué se lleva?...Has acertado, un b......, pues ahí estaba yo, hasta que cansado de ver tantos desmanes busqué una salida pactada, cosa que conseguí.

Solo tres datos:

1- cuando me marché, todos mis compañeros de zona me confesaron que me envidiaban;

2- estando eu una sucursal unipersonal, cuando el encaje de caja superaba el límiete admitido pero no lo sobrepasaba en un porcentaje concreto, el dinero excedente había que llevarlo en mano a la sucursal - madre para que los .......estos.....se ahorrasen el importe de llamar a SEUR. me pregunto, ¿qué hubiera pasado en caso de accidente de circulación durante el viaje o de atraco en la calle?

3- un lunes, se me dijo que el viernes a las 14.00 horas se me llamaría por un jefecillo de turno, zona en este caso, para conocer el importe total obtenido durante la semana por la colocación de unos fondos que ni ellos sabían lo que eran; y se me dijo: "no te opregunatré cómo lo has conseguido, no me importa si has engañado a alguien o te has f....a la mujer, sólo quiero el resultado, lo demás no me i8mporta".

El objetivo no fue conseguido, y hubo voces para explicarlo......, lo que abrió mi camino de salida, gracias a Dios, pero también me aportó el respeto que nunca esta gente había tenido, hasta entonces a mi persona, como honrado trabajador.

Cuando a un cobarde le haces frente.... se c......, os lo aseguro.

Otro día, os contaré más cosas, tengo para escribir una eniclopedia.

#7

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Pues yo por lo menos espero ansioso que nos cuentes más cosas y así poder aprender más sobre este mundillo.

Un saludo y gracias por compartir tus experiencias.

#8

Re: ¿Cuál es el plazo máximo desde que atropellaron mis derechos para reclamar?

Perdonadme, pero tengo una duda interpretaiva sobre la siguiente cuestión:

e) Plazo para la presentación de las reclamaciones, a contar desde la fecha en que el cliente tuviera conocimiento de los hechos causantes de la queja o reclamación, sin que pueda ser inferior a dos años. (Es decir, el plazo para poder presentar una reclamación no puede ser inferior, en ningún caso, a los dos años).

Yo había entendido, en un principio, que el plazo no podría superar, en ningún caso, los dos años desde que se tuviera conocimiento de los hechos; pero una lectura más estricta, parece deducir que aquella no podría interponerse en tanto no huboeran transcurrido, cuando menos, dos años, lo cual, en principio, me parece absurdo.

¿podríais acjararme este mal entendido, por favor?

Gracias de antemano.