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#18
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
¡Hola, W. Petersen!
Con el reflote del hilo, he visto tu post y se me ha venido a la cabeza una duda que tenía. Son 6 años para reclamar al BdE, pero he visto varios reglamentos de SACs que limitan la presentación de reclamaciones a 2 años. Si el SAC de un banco te inadmite una reclamación por tener ese límite temporal y haber pasado, por ejemplo, 4 años, ¿el BdE tramitará la reclamación con normalidad a pesar de haber pasado los 2 años que marcar el reglamento interno del banco?
¡Un saludo y gracias!
Con el reflote del hilo, he visto tu post y se me ha venido a la cabeza una duda que tenía. Son 6 años para reclamar al BdE, pero he visto varios reglamentos de SACs que limitan la presentación de reclamaciones a 2 años. Si el SAC de un banco te inadmite una reclamación por tener ese límite temporal y haber pasado, por ejemplo, 4 años, ¿el BdE tramitará la reclamación con normalidad a pesar de haber pasado los 2 años que marcar el reglamento interno del banco?
¡Un saludo y gracias!
#19
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
Lo de los 6 años, NO ES UNA RECOMENDACIÓN DE BUENA PRAXIS, ES LEY ..... con lo cual pueden ocurrir varias cosas:
1 - Que no te acepten la reclamación de manera conceptual, porque lo que pides es solo una "recomendación"
2 - Que cuando vayas al Banco de España se allanen y devuelvan
3 - Que incluso con Banco de España, decidan no cumplir la recomendación, por tanto saldrá esta reclamación en la estadística de dicho BdE.
4 - Que la cumplan parcialmente, dos años, y el resto no. No es nada habitual, porque te estarían abonando algo que no supone salir "de la lista". Lo cual tiene muy poco sentido, si no quieren que esta reclamación figure en la estadística de incumplimientos de buena praxis, no tienen otra que cumplir con los 6 años, un abono parcial es lo mismo que no cumplir a efectos del Banco de España.
Eso si, "recuérdales" eso de la ley de los 6 años !!!! para que "no te salgan por peteneras".
El cómputo de los años, es desde la fecha que inicias la reclamación al SAC, si empiezas hoy puedes reclamar desde el 24/02/2016, ni un día más.
Otra cosa, si reclamaste al SAC hace más de 1 año, el BdE te va inaceptar la reclamación, tendrás que empezar de cero otra vez con dicho SAC.
1 - Que no te acepten la reclamación de manera conceptual, porque lo que pides es solo una "recomendación"
2 - Que cuando vayas al Banco de España se allanen y devuelvan
3 - Que incluso con Banco de España, decidan no cumplir la recomendación, por tanto saldrá esta reclamación en la estadística de dicho BdE.
4 - Que la cumplan parcialmente, dos años, y el resto no. No es nada habitual, porque te estarían abonando algo que no supone salir "de la lista". Lo cual tiene muy poco sentido, si no quieren que esta reclamación figure en la estadística de incumplimientos de buena praxis, no tienen otra que cumplir con los 6 años, un abono parcial es lo mismo que no cumplir a efectos del Banco de España.
Eso si, "recuérdales" eso de la ley de los 6 años !!!! para que "no te salgan por peteneras".
El cómputo de los años, es desde la fecha que inicias la reclamación al SAC, si empiezas hoy puedes reclamar desde el 24/02/2016, ni un día más.
Otra cosa, si reclamaste al SAC hace más de 1 año, el BdE te va inaceptar la reclamación, tendrás que empezar de cero otra vez con dicho SAC.
#20
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
#21
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
#22
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
#23
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
¡Hola, W. Petersen!
Ya cursé la reclamación al SAC del Santander de las comisiones cobradas hace 4 años, recordándoles el art. 10.2.f) de la Orden ECC/2502/2012, donde se establece un plazo de hasta 6 años para poder reclamar primando frente a cualquier reglamento de las entidades financieras, para que "no me salieran por peteneras" como me dijiste. Finalmente, han dicho que me las van a devolver sin poner pegas por el tiempo transcurrido, pero que las comisiones son correctas, aunque por "una decisión comercial y de forma excepcional" procederán a la retrocesión. Vamos, que, según ellos, me van a hacer un favor personal...
¡Un saludo y muchas gracias!
Ya cursé la reclamación al SAC del Santander de las comisiones cobradas hace 4 años, recordándoles el art. 10.2.f) de la Orden ECC/2502/2012, donde se establece un plazo de hasta 6 años para poder reclamar primando frente a cualquier reglamento de las entidades financieras, para que "no me salieran por peteneras" como me dijiste. Finalmente, han dicho que me las van a devolver sin poner pegas por el tiempo transcurrido, pero que las comisiones son correctas, aunque por "una decisión comercial y de forma excepcional" procederán a la retrocesión. Vamos, que, según ellos, me van a hacer un favor personal...
¡Un saludo y muchas gracias!
#24
Re: Comisión del Banco de Sabadell por cancelación de cuenta por fallecimiento
Ya... son legalmente correctas, es cierto ....... pero "no resisten" el código de buena praxis del BdE, tal como te indiqué en su momento.
Con lo cual si, te devuelven por decisión comercial, es una forma de verlo, ya que no existe ley de obligado cumplimiento.
Con lo cual si, te devuelven por decisión comercial, es una forma de verlo, ya que no existe ley de obligado cumplimiento.
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