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¿Intereses usurarios? - Préstamos

7 respuestas
¿Intereses usurarios? - Préstamos
¿Intereses usurarios? - Préstamos
#1

¿Intereses usurarios? - Préstamos

Buenas tardes,

Mi mujer contrató dos préstamos personales preconcedidos con "La Caixa" a través de CaixaBankNow. Uno en Febrero del 2016 con TAE 20,713% (ya cancelado) y otro en Marzo de 2019 con TAE 21,707% aún vigente.

¿Se pueden considerar como intereses usurarios? ¿Se pueden reclamar? Llevo un par de días investigando sobre el tema y no acabo de verlo claro.

Me he topado con el concepto "precio normal del dinero" y me ha liado aún más...



#2

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

El abogado (al que supongo que habrás ido a consultar este tema) qué fue lo que te dijo?


Nos tiene en ascuas lo que te comentó el abogado.


Saludos
#3

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

Salvo mejor opinión, yo no soy abogado, en España no existe un tipo de interés a partir del cual se considere usura, la Ley que regula la usura es de julio de 1908, si, 1908 y sigue vigente, y dice:


Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

Ley de 23 de julio de 1908, de la Usura





Esto como ves es tan inconcreto, que interpretaciones todas y más, lo que ocurre es que no hace mucho el Tribunal Supremo (creo)  consideró usura el interés de unos préstamos mediante tarjeta de crédito al 24 y pico por ciento, y las sentencias del Tribunal Supremo pueden crear jurisprudencia, y cuando no la crean, esto disculpa que no sepa como va, como poco crean una especie de doctrina, por la cual y sin ser obligatorio, supone que los jueces de tribunales inferiores, o sea todos, observan tales sentencias


De todos modos  no es lo mismo el 24 que el 20%
#4

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

Al abogado iré la semana próxima. No suelo verme en situaciones que no pueda reclamar por mi mismo y no tengo uno de confianza. 

El abogado al que de momento he consultado me he dicho:

"...Se podría considerar como interés notablemente superior al normal del dinero (Crédito de consumo, 9%)
Se aplicaría la Ley de Azcarate, devolución del capital y status quo de los intereses..."

Le mantendré informado.

Un saludo.


#5

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

Gracias por tu respuesta W. Petersen.

Creo que la usura está en haber aplicado el interés de las tarjetas de crédito y revolving a los créditos de consumo. 

El caso que señalas es similar al de las tarjetas revolving de Wizink. El interés medio de estas tarjetas estaba en el 20% y han estado cobrando el 26%  siendo declaradas usurarias.

El caso que comento es de un préstamo de consumo al que aplicaron un 21,7% como si de una revolving se tratara cuando es un crédito de consumo con un interés medio, en su momento, del 8,56%.

De momento el abogado al que he consultado me confirma que este baile de intereses es reclamable. Ya os iré contando.

Me extraña no encontrar más información en internet. Lo poco que hay es sobre las tarjetas revolving. Al abrir el hilo lo hice con la esperanza de que otros en situación similar comentaran su experiencia y, de momento (aunque aún es pronto), no ha sucedido.

Un saludo.






#6

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

El problema legal, es la inconcreción de la Ley Azcárate .. a partir de ahí estás en manos de la percepción del juez que te asignen por turno, porque el tribunal conoce la doctrina del supremo, en relación a un porcentaje superior al 24% ... que técnicamente no es lo mismo que el 21%, aun cuando en términos de euros, no hay mucha diferencia.

El otro problema que tienes, es que si el importe a reclamar en euros no supera los 2.500 - 3.000 euros, muchos abogados no te aceptaran el asunto, ya el trabajo entre preparación, vista previa y juicio, les lleva fácil 10 o 12 horas, si solo te facturasen a 70 euros, ya son 700 - 800 euros, que si ganas con condena a costas, recuperas, pero no hay seguridad en ello.

Ten en cuenta que un taller mecánico ya factura a 50-60 € la hora, y el Midas, que se supone barato, a 45 ... todo ello mas el 21% de IVA.

Si lo que reclamas no alcanza los 2.000 €,  puedes presentar tu mismo la demanda a través de juicio verbal, sin abogado, de hecho en este tipo de demandas no es preceptiva la concurrencia de abogado, y por ello raro es que se condene a pagarlo a quien pierda, porque si no es preceptivo llevarlo, dificilmente se considerará como gasto justificable.

Pero para presentar una demanda por tu cuenta, aunque encuentres en internet modelos a montones, algo de idea de como van los asuntos legales, se necesita.

#7

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

Gracias por tu ayuda W. Petersen,

A ver si merece la pena...

Los intereses del préstamo de 2016 son unos 900€ y el de 2019 va por los 1300€ y quedan 28 pagos por delante. Según están las cosas no debería seguir acumulando intereses al 21%. Esta semana nos llamarán del banco para firmar un préstamo al 9,99% TAE  para cancelarlo y evitar pagar unos 500€ de intereses.

Seguramente solo les sea rentable si pueden incluir ambos préstamos en la demanda. 
¿Que opinión tenéis de las webs que se dedican a este tipo de reclamaciones y que anuncian cobrar solo si ganas? No sé si será verdad o gancho publicitario. Para nosotros sería lo ideal dada la incertidumbre que genera la Ley, aunque se traduzca en pagar algo más. 

Lo de llevar la demanda por cuenta propia ahora mismo me queda grande. Que si veo que un abogado no lo quiere llevar no digo que no lo tenga en cuenta e intente adquirir los conocimientos necesarios. Tengo entendido que no prescriben, por falta de tiempo no será.

Un saludo.


#9

Re: ¿Intereses usurarios? - Préstamos

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