Letra de cambio
Un empresario deja impagado al Banco una letra de cambio de 1 millón de euros que tenia un vencimiento de 1 año y que había sido timbrada sobre ese millón de euros. ¿Qué debe hacer el banco para timbrarla?
Un empresario deja impagado al Banco una letra de cambio de 1 millón de euros que tenia un vencimiento de 1 año y que había sido timbrada sobre ese millón de euros. ¿Qué debe hacer el banco para timbrarla?
Timbrada ya está. ¿Quieres decir qué va a hacer el banco para reclamar el impago?
Quizá quisiste decir, ¿qué debe de hacer el banco para protestarla?
Saludos.
La letra tiene defecto de timbres: Tendria que haber estado timbrada por el duplo de la base.
Follón habemus...
S2
En principio, 538,51 + ((1.000.000 - 192.323,87)/6,01)* 0,018 = 2.957.50 €, pero al ser el vencimiento superior a 6 meses, el doble, efectivamente (no exactamente el doble porque el primer tramo no varía.
Supongo que el ponente no se referirá a eso, porque una letra de un kilotón de euros no puede pasar mal timbrada por un departamento de cartera comercial y que la descuenten igual, más que causa de despido sería causa de fusilamiento al amanecer, al menos en mi Entidad.
Si señor ¿es partir de 6 meses que el timbre se dobla?, es que lo de las letras lo tengo bastante olvidado, con los pagarés que se timbran a metático y el tomador de las mismas el banco o caja es el responsable de su timbrado.
De todas formas creo que no existen letras con timbre para este importe, con lo cual creo, no estoy seguro, se timbran a metalico ¿has preguntado si se puede pagar el timbre a posteriori, que es un impuesto con el recargo correspondiente y evitar que quede perjudicada su acción legal? Yo lo desconozco, pero no sé si por ahí .......
Efectivamente como dice Peláez, el importe máximo timbrado son 192.323,87 euros. El resto se timbra en metálico de la forma que él expone.
Por lo tanto estamos ante un defecto de forma.
Saludos.