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Letra de cambio

19 respuestas
Letra de cambio
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#9

Re: Letra de cambio

Pero .......... ¿perjudica su acción ejectutiva? porque pongamos el caso de que esto va a un jucio de reclamación por "cambiario" ¿es motivo de oposición por parte del deudor? y tener que convertir la demanda a un declarativo que es mucho mas lento ??????

#10

Re: Letra de cambio

A falta de otras opiniones, yo creo que sí: anula la acción ejecutiva. Ya lo comentó Maltijo: follon habemus...
Saludos.

#11

Re: Letra de cambio

Efectivamente,como señala Milhouse se perjudica la acción ejecutiva, quedándo sólo la vía del declarativo.

El Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre , que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, establece en el art. 37.1 (y en el mismo sentido el art. 80 del Reglamento aprobado por RD 828/1.995, de 29 de mayo ) que "la extensión de la letra en efecto timbrado de cuantía inferior privará a estos documentos de la eficacia ejecutiva que les atribuyen las leyes"

Hay Jurisprudencia reciente del Supremo al respecto

http://sentencias.juridicas.com/docs/00306831.html

(leer el fundamento segundo)

Contrariamente, el pagaré (al que no hace falta duplicar timbres en caso de vencimiento superior a 6 meses), no pierde fuerza ejecutiva por el defecto de timbres.

#12

Re: Letra de cambio

No sé si lo sabéis pero el tema de los timbres “va por barrios”, me refiero a pagarés vencidos o en el día su preciso vencimiento, hay entidades que “timbran” los pagarés (con cargo en cuenta del importe) y hay entidades que no los timbran, me parece que esto serán interpretaciones de la ley que como ocurre a menudo no es lo suficientemente clara en este sentido. Hace unas pocas semanas fui personalmente a ingresar un pagaré a una entidad financiera, un pagaré que nos había endosado un cliente a cuyos negocios les está pasando factura la crisis, son buena gente, intentan cumplir, trabajan como condenados, creo que saldrán adelante, pero les está costando “sangre, sudor y lágrimas”, había un empleado nuevo, bueno mas o menos nuevo, llevará algo más de un año en “el gremio de la compra venta de dinero”, me comentó que nos iban a cobrar timbre aunque fuere vencido, a lo que le comenté esto de los barrios, pero como el pagaré era de la propia entidad tenia interés en ingresarlo allí, solicitando si podía mirar antes si era conforme, lo hizo, cosa que agradecí, va y con toda la formación que me temo nadie le dio, con lo cual no es culpa suya, es culpa de la entidad (o así lo entiendo yo) se levanta a buscar un sello de no sé que ¿os imagináis que sello era? Pues un sello de “no a la orden” para evitar que pagásemos timbre, por suerte pude evitarlo antes de ponerlo, joder ….. si es “no a la orden” creo que significa que no se puede endosar, solo se puede ceder al cobro, pero si nosotros lo tenemos producto de un endoso, entiendo que tal endoso no seria valido y perderíamos la acción ejecutiva en caso de que a lo largo de la mañana o incluso del día siguiente fuese devuelto…… en fin “viva la formación jurídica”, le indiqué con mucha mano izquierda que “cuidado con el sellito” que se podía meter en un berenjenal jurídico.

#13

Re: Letra de cambio

Para empezar, a ver que hace un sello de "NO A LA ORDEN" en una Sucursal, no tendría ni que estar allí. Suena a que se lo hayan encargado a una imprenta fuera de los circuitos de pedido de material de la Entidad.
Cedentes que sellan los pagarés con no a la orden antes de presentar la remesa: a cientos.
Yo solía preguntar la primera vez si sabían lo que estaban haciendo, si veía que sí lo sabían, adelante, si no :remesa denegada a veces, han causado más mora los tontos (y digo tontos, no ignorantes) que los insolventes.

En cuanto a los "barrios".... aunque el pagaré esté vencido se timbra al presentarlo en gestión de cobro, si no estamos en las mismas cuando te lo devuelven, creo.

#14

Re: Letra de cambio

Muy buena pregunta ......

Primero la cobertura legal, luego el ahorro, nunca al revés.

Si un cliente nos paga con un pagaré ni se me ocurriría poner un sellito de estos, pero tal vez yo sea un tipo raro que me interesa pagar tasas al estado.

#15

Re: Letra de cambio

Buff... si tu tienes olvidadas las letras, yo tengo oxidados los efectos en general. ¿Sabéis de alguna web o manual dónde venga resumida la ley cambiaria? Creo que estaría bien "repasar" un poco...

#16

Re: Letra de cambio

Si eso es, que debe hacer el banco