¿A partir de cuando se garantizan los 100.000 Euros?
No se si este link http://www.fgd.es/es/info_regulacion_dinero1.html no estara actualizado o lo que ocurre el caso que me quedare mas tranquilo cuando lea los de los 100.000 euros en ese link.
No se si este link http://www.fgd.es/es/info_regulacion_dinero1.html no estara actualizado o lo que ocurre el caso que me quedare mas tranquilo cuando lea los de los 100.000 euros en ese link.
Yo me siento más tranquilo en reconocerlo, a partir de que aparezca en el Boletin Oficial del Estado (BOE).
Saludos
Valentin
"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ
Entiendo que se referirán a:
a) en cuanto a productos:
- Cuentas corrientes
-Cuentas de alta remuneración
-Libretas de ahorro
-Depósitos a plazo
b) en cuanto aplazos:
- Cualquier tipo de plazo (indiferente) en los productos arriba mencionados.
Así lo entiendo yo. En cualquier caso, ya nos lo expondrán con más detalle en el BOE.
Saludos
Valentin
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