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Normativa bde cobro comisiones

3 respuestas
Normativa bde cobro comisiones
Normativa bde cobro comisiones
#1

Normativa bde cobro comisiones

Alguien me puede decir si el banco puede cobrar en comisiones (mantenimiento,custodia...)un importe mayor que el saldo.
En concreto tengo una cuenta a 0.00 € desde hace 4 meses y el banco me cobra 40€ por mantenimiento,lo que me origina un descubierto y me reclaman la regularización.
Creo que hay normativa del bde respecto a esto, pero no consigo localizarla.

#2

Re: Normativa bde cobro comisiones

Según el Banco de España:

Si usted retira la totalidad del saldo de la cuenta, ello no implica su cierre. El compromiso de la entidad de prestar el “servicio de caja” sigue vigente, a no ser que se cancele el contrato, por lo que si en su contrato tiene pactado el cobro de comisiones de mantenimiento, la entidad se las podrá continuar cobrando aunque no tenga movimientos la cuenta. Transcurrido un tiempo sin que usted realice movimientos en la cuenta, algunas entidades la pueden clasificar como “inactiva”, pero sólo a efectos internos, y la entidad podría seguir cobrándole comisiones por el mantenimiento. Sin embargo, se considerará legalmente “abandonada” si usted no ha efectuado ninguna gestión durante 20 años, de manera que su saldo pasaría a ser propiedad del Estado (art.18.1. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas).
Por otro lado,
El Servicio de Reclamaciones considera que no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen, con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, – por imposición de la entidad, pues conduciría al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación —apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad— que esta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios, o – por voluntad del interesado, pues la comisión carecería de causa. No obstante, si las entidades negaran la gratuidad a este canal de pago, podrían habilitar alternativamente cualquier otro procedimiento para que los prestatarios pudieran hacer los pagos sin coste alguno (como transferencias a una cuenta habilitada a tal fin, domiciliación en cuentas abiertas en otras entidad, etc.). De no ser así, deberían informar del coste a soportar en el momento de la contratación.
También te puede interesar: ¿La caixa cobra comisiones por dejar una cuenta a 0 eruos? En una cuenta con saldo 0 por tiempo indefinido, ¿te cobran mantenimiento Un saludo,

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#3

Re: Normativa bde cobro comisiones

Sabes cuanto cobran por traspasar una cartera de valores de un banco a otro?Cual es la normativa respecto a dicho traspaso

#4

Re: Normativa bde cobro comisiones

Hola.
Las tarifas las marca el propio banco, no hay ninguna normativa.
Un banco te puede cobrar lo que tenga estipulado en su libro hasta su maximo
Por ejemplo hay bancos que cobran un fijo, otros que cobran por el efectivo(es lo mas habitual)) con un minimo.
Busca el libro de tarifas del banco que las tiene que viene reflejado.
Se puede dar el caso que la entidad a las que las quieras traspasar te pueda bonificar dicho traspaso, saludos

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......