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Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

19 respuestas
Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos
Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos
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#1

Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

Hola! Pues eso lo que expongo en el titulo, si se puede limitar el horario para hacer un ingreso en una cuenta, aunque sea de una comunidad.
Yo entiendo que no es lo mismo que pagar un recibo, si no que es un ingreso en cuenta.
Creo que a este paso podrian limitar el ingreso o abono en la propia cuenta o por ejemplo todos los clientes cuyo nombre sea "Fulanito".
Creo que es un abuso al que habria que poner limite.
Como vecino de una comunidad cuando ingresas la mensualidad, entiendo que es en una cuenta de la que eres parte, por lo tanto estan limitando el horario en el que puedes ingresar en tu propia cuenta.

Bueno ahi lo dejo. Espero alguna respuesta aclaratoria.
Gracias de antemano

#2

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

A mi me ha sucedido lo mismo en la BBK, y por mucho que he querido hacer ver que era un ingreso y no un recibo nunca me lo han permitido. A ver si alguien lo puede aclarar.

#3

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

Legal, es legal.

¿Sabías que el banco no tiene porque admitir ingresos en efectivo en una cuenta que no sean realizados por alguno de los titulares o intervinientes en la cuenta? Tampoco se puede un tercero puede ingresar un cheque o pagaré en la cuenta de otro.

Se suele permitir que la gente ingrese en la cuenta de otros, pero no creas que eso debería ser así. El servicio de caja se supone que es solo para los titulares de las cuentas. Por eso el ingreso en la comunidad entra en la misma categoría de pagos de recibos: luz, agua, comunidad, etc. Si quieres pagarlo los recibos a cualquier hora puedes enviar una transferencia o personarte en las oficinas de las empresas de la luz, teléfono, agua o la oficina del presidente o administrador de tu comunidad. Antiguamente las empresas tenían servicio propio de cobro de recibos, pero es más cómodo y barato que lo haga el banco. Por eso el banco pone horarios, no tiene obligación de aceptarlo cuando uno quiera.

Que sea tu comunidad de propietarios no quiere decir que seas interviniente.

#4

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

Hum... hum lo que dice el Bde al respecto;

"En las cuentas corrientes y libretas de ahorro
"
" Poder disponer del dinero de la cuenta de inmediato por los medios pactados (transferencia, domiciliación, "cheques... ) o, si así ha sido acordado, con previo aviso a la entidad.
" Disponer del “servicio de caja” contratado, que obliga a la entidad a la realización de pagos y cobros por "los medios previstos.
" Usted no tiene derecho a que la entidad le autorice un descubierto."

de este texto (tercer parrafo) parece deducirse que no podria ponerse en vigor esa practica de limitar la operatividad con la caja. Al menos es mi opinion, que pudiera ser erronea, pero no me lo parece por el momento.

DE todas las maneras siempre queda la posibilidad de hacer consulta o queja al Bde para que nos ilumine.

Saludos.

#5

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

La verdad es que segun lo cuentas "Cajero malencarado", parece que tengas razon y se ve que sabes del tema.
Pero segun "Jrm10" en ese punto de lo que dice el Banco de España, pues podria interpretarse que con la contratacion de una cuenta el banco tendria que dar los servicios de pago e ingresos en dicha cuenta.
Buff!! la verdad es que siendo un total profano en temas bancarios, estamos vendidos a lo que nos "obligen".
Las personas que trabajamos con un horario normal de Mañana y tarde nos es casi imposible hacer acto de presencia en una entidad bancaria. Ademas el dia que abren por la tarde, que en teoria seria para facilitar horarios a los clientes, tampoco se puede!
Gracias por las respuestas.

PD: Alguien que me "ilumine" de como hacer una consulta o qeja al BDE.

#6

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

Pero si ya lo he dicho antes. Eso es para los TITULARES. Los no titulares no tienen derecho a eso. Los no titulares no han contratado nada con el banco, no son clientes y no sé qué cosa vas a reclamar al banco de España de que no te dejen disponer del dinero de tu NO cuenta y del servicio de caja que tú NO has contratado.

Por cierto, hoy es mi NO cumpleaños....

#7

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

¿has probado a utilizar el teléfono, fax o email para contactar con la oficina?

#8

Re: Es legal limitar el horario ingreso en cuentas de comunidades de vecinos

Bajo esta perspectiva entonces si un empleado de una empresa va a ingresar a la cuenta de la empresa, cheques, remesas de efectos, etc, o incluso efectivo, la entidad podría tomar la determinación de no aceptar tales ingresos a determinadas horas o a ciertos días si el que se persona no es apoderado, obligando por tanto a realizar las gestiones que hace un empleado de la oficina a los que tienen facultades para ejecutar operaciones ?????????? u obligando a la empresa a otorgar poderes mercantiles a varios empleados ??????????? no es por el coste de otorgar un poder especial, que como sabes si es para cosas muy concretas no es ni preceptivo llevarlo al registro mercantil (si es general, aunque con limitación de importes si que hay que hacerlo), y son 4 perras, unos 50 - 60 €, pero no creo yo que sea buena idea dar poderes a cualquier empleado.

A mi me parece que estas cosas son "rizar el rizo", lo entiendo en el caso de los recibos, pero aplicar "ideas" similares me parece ya .....

Es como una entidad concreta que "alquila" buzones de correspondencia en la propia oficina, y cobra el "alquiler" lo cual pues tiene su lógica, pero al mismo tiempo factura en los cargos el servicio de correspondencia a 0,36 €, lo cual es obvio que no responde a un servicio efectuado, porque dicha correspondencia no se manda ni por correos ni por compañía asimilable, con lo cual si quieren repercutir el gasto por "meter" los sobres en el buzón tendrían que determinar una comisión de "buzoneo", pero si la aplican y así consta en los contratos como "repercutir" los gastos de correos, como no existen entiendo que no procede.