No debemos perder el tiempo en discutir sobre si los contratos y la actividad de las empresas de tangibles eran galgos o podencos , pues ese tema ya lo decidieron los políticos en función de sus intereses allá en 2003, y tengo la total certeza de que ningún Tribunal se va a atrever a enmendarle la plana o corregir el guión que escribió hace una década la clase política.
No obstante quiero matizar un par de cosas relevantes de tu escrito: La primera es que los propietarios de las empresas no pueden quejarse de agravio comparativo con la suerte que han corrido los ejecutivos de Cajas nacionalizadas, pues debieron "blindarse" metiendo en el Consejo de Administración 1 político del PP y 1 político del PSOE, y te garantizo que , lejos de haberlas intervenido las habrían rescatado con fondos públicos. No hacerlo así, fue un error táctico de los Presidentes de esas empresas.
La otra matización es que no dudo de la laboriosidad de los Abogados defensores de los propietarios de las empresas, pero a mi juicio no han atacado en vía penal ni en el momento ni con los instrumentos legales apropiados, pues: Las Sentencias de lo Contencioso en absoluto vinculan a los Jueces y Tribunales de lo penal, como tampoco vincula la Sentencia de lo civil, por la sencilla razón de que ésta no es firme por estar pendiente de decisión por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. Sólo vincula a los Jueces y Tribunales de lo penal una Sentencia firme dictada por el orden jurisdiccional civil, que es la competente genuina para calificar los contratos y la naturaleza de la actividad.
En cuanto al momento preciso para pedir el sobreseimiento y archivo, será en el mismo momento en que sea firme la Sentencia de lo Civil que acepte la tesis de las empresas sobre los contratos y la actividad, pues el derecho de los procesados a la intangibilidad de la cosa juzgada civil (INCLUÍDA EN EL ARTÍCULO 24 DE LA constitución), en su aspecto positivo o vinculante, obligará a los Jueces o Tribunal Penal a sobreseer libremente los procesos penales basados en la calificación de los contratos y la actividad sostenida por la AETE, la Fiscalía y los Peritos Judiciales. Las querellas se vendrían abajo, y no habría otra salida que archivar las causas, que sólo podrían continuar por algún otro presunto delito (ej. blanqueo de capitales) si hay material probatorio suficiente, pero ese delito u otro distinto a los que se venían abajo, EN ABSOLUTO PODRÍAN JUSTIFICAR LA SALVAJADA DE LA INTERVENCION DE LAS EMPRESAS Y LA IMPOSIBILIDAD SOBREVENIDA IMPUESTA A NUESTROS CONTRATOS LEGALES, LÍCITOS Y LEGÍTIMOS.
Es muy significativa la paralización impuesta por los Gobiernos del PPSOE a la actuación de los Tribunales. Es obvio que necesitan ganar tiempo, pero también es un síntoma claro de que esos nefandos políticos no saben si decir a los Tribunales !SO! o !ARRE!. tal VEZ ESTÉN PERGREÑANDO LA PRÓXIMA ARTIMAÑA CONTRA NOSOTROS, PUES DE ESTA GENTE NO SE PUEDE ESPERAR NADA BUENO, y por eso se dedican a labrarse una "carrera política" en vez de vivir de su trabajo como cualquier ciudadano de bien.