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Acabando el repaso a las sentencias previas a la "no primera sentencia de Navarra"

 

Uno de los problemas de este país es que para buscar información, hay que echarle un poco de imaginación y tener en cuenta la situación de las instituciones para encontrarla. Para demostrar que la “sentencia de Navarra” no era la primera en la que una audiencia provincial desestimaba las pretensiones de cobrar de una entidad financiera tras entregar el inmueble por un valor superior a la deuda, me he puesto a buscar sentencias, y esto al final ha degenerado en toda una serie de post.

De alguna forma, en España, hemos llegado a una situación en la que para buscar abusos y situaciones que son injustas desde todos y cada uno de los puntos de vista, ¡tenemos que buscar las resoluciones del tribunal supremo!. Como siempre, todo el mundo dirá que hay razones para llegar a esta situación, unos dirán que es el gobierno, otros los tribunales, o los agentes sociales, o los partidos políticos o la combinación; pero cuando se saca toda una serie de injusticias palmarias de la jurisprudencia del  alto tribunal es que algo está pasando.

Pero ya puestos a sacar conclusiones, me gustaría exponer otra de las sentencias que se ha intentando apoyar en la defensa de los consumidores.  En este sentido el artículo 51 de la constitución española, nos dice textualmente que:

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.”

O sea que resumiendo tenemos una norma fundamental que habla de proteger la defensa de los consumidores mediante procedimientos eficaces. Pues esto es lo que se ha intentado en otra de las sentencias de estas que demuestran que la de Navarra no fue la primera, que fue revocada por el tribunal supremo.

En este caso tenemos la sentencia 829/2008 del tribunal supremo, que nos cuenta la historia de cuatro personas que formalizaron un crédito por 35.000.000 de pesetas, para las que se hipotecaron dos fincas que se valoraron en 1989 en 76.650.000 pesetas. (Recordemos que precio antes de burbuja). Pues a estas personas el banco les reclamó un total de 41.765.014 ptas. Pues tras el procedimiento de ejecución, el propio banco se las adjudicó por 30.611.619 ptas; por lo que posteriormente el banco inició el procedimiento para recuperar los 10.000.000 largos que le faltaban.

El juzgado de primera instancia dio la razón a Banesto, pero en el recurso ante la audiencia provincial, esta resolvió la revocación total de la sentencia, con desestimación de las pretensiones de la entidad financiera y costas en primera instancia a pagar por la entidad financiera.

Hasta que hemos llegado al supremo, donde la entidad ha recurrido y cómo podemos imaginar, ha ganado. La gran novedad de esta sentencia estriba en que lo alegado por los deudores se basaba en la defensa de los consumidores, y en particular dado que contiene una cláusula desproporcionada en los términos que el art. 10 bis de la Ley para la defensa de Consumidores y Usuarios contempla, cual es exigir a los deudores responsabilidad personal, solidaria e ilimitada, a pesar de haber garantizado con hipoteca sobre dos fincas el buen fin del crédito que el Banco les concedió.

En este caso estamos ante un curioso caso de pescadilla que se muerde la cola, porque el tribunal supremo dice que no se puede establecer abusiva una clausula que está establecida en una ley. En definitiva, es de total inutilidad toda la normativa sobre derechos del consumidor en este aspecto, al estar todo subordinado a una ley hipotecaria.

El problema es que en estas sentencias es realmente imposible entrar a defender que se cumple el mandato de la constitución de que se están defendiendo los derechos de los consumidores en estos casos que he ido poniendo.

En este caso en particular, deberíamos reflexionar sobre como el tribunal supremo, a la luz de toda la normativa que han desarrollado nuestros representantes logra convertir lo de “instrumentos eficaces para la defensa de los consumidores” en un texto de la sentencia que no puede ser entendido como una declaración de intenciones que dice:

“no puede estimarse que el acreedor sobrepase los límites normales del ejercicio del derecho, desde el punto de vista de su función económico-social, por el hecho de que no renuncie a resarcirse del total de su crédito y, al propio tiempo, trate de obtener del bien adjudicado ventajas económicas admisibles en el tráfico negocial”.

Está claro, por tanto, lo que el tribunal supremo entiende por los límites normales del ejercicio del derecho desde el punto de vista de su función económico-social, pero no tengo tan claro como se come esto con el imperativo de la constitución de que los poderes públicos, tengan que instaurar procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores; que recordemos no casa en absoluto con la práctica de todas estas sentencias que he repasado que se han saldado con un enriquecimiento de las entidades financieras a costa de un empobrecimiento de los consumidores.

Por supuesto, esta situación se ve agravada por la situación de los mecanismos de defensa de los consumidores en general, que ya he tratado en su día. Y recordemos que ni los consumidores de entidades financieras, ni los consumidores de empresas no financieras, ni los inversores minorístas, tienen un sistema de reclamaciones que sea ni tan siquiera de lejos se pueda considerar como eficientes.

 

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  1. en respuesta a Yo mismo
    -
    #20
    18/02/11 14:41

    En ese post estaba contestando el de 5.....s, ya que era una cita textual sin ningún comentario y dirigida a mí, igual que mi respuesta a él. He interpretado que 5.....s quiere decir que tan bellas palabras del juez hablan por sí solas, ya que no las glosa; y a eso yo respondo que la sentencia del juez es preciosa pero que, a mi entender, interpreta mal la ley. De ahí mi defensa de que el juez, a pesar de que internamente considere que la ley que debe aplicar es injusta, debe aplicarla igualmente, y no lo hace.

    Si por ejemplo un juez, en base a una prueba irrefutable obtenida ilegalmente, llega a la conclusión de que una persona es culpable de asesinato, y luego esa prueba se desestima, ese juez no puede condenar al asesino, a pesar de saber internamente que es culpable. Creo que se entiende. Es un ejemplo tipo ferrari, ya lo sé, pero quedémonos con el fondo.

    Y no te debe parecer extraño que despotrique contra una sentencia judicial ya que, como hemos comentado, calculo que puede haber, cuantas, ¿100 sentencias normales por cada una que le da la razón al prestatario en estos casos? ¿Cuándo es noticia la sentencia, cuando le da la razón al banco? Pues no porque es lo normal.

    Podríamos defender las leyes estando a favor de la opinión mayoritaria de la doctrina y no de dos o tres frikijueces. Dado que en este bendito país la jurisprudencia no es que sea muy vinculante, si a ti te parece (que esto lo dices tú, no yo) que el número de sentencias en un sentido tiene una importancia bárbara, que crees que ya lo has demostrado, pues nada, dedícate a investigar en cuantas ocasiones el juez ha decidido que el prestatario debe lo que debe deber, y aplícate tu propio criterio para evaluar la justicia.

    Y digo que es una basura de sentencia porque acudir a los principios generales del derecho para interpretar una ley y un contrato que están escritos (con números digo, o sea, 20% de principal quiere decir 20% de principal no es una cosa demasiado abstracta) es muy poético pero, técnicamente, es una incorrección.

    Y, ya fuera de tema, comento que aunque es difícil opinar en contra de un pobre cliente y a favor de un banco, es cuando menos un escenario planteable. Posicionarse sistemáticamente, en todos los casos y en cualquier ámbito, en contra de un banco es fácil y generará siempre el aplauso, pero devalúa el criterio del opinante, o del juez, por previsible, sesgado y tendencioso. A mí desde luego no me cuesta nada cagarme en los bancos cuando creo que no tienen razón (que es la mayoría de las veces), pero soy capaz de tener la flexibilidad mental de imaginarme la remota posibilidad de que tengan razón en algo... no sé si todo el mundo es capaz de hacer esto.

  2. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #19
    18/02/11 11:36

    Creo que nadie ha dicho de "no cumplir la ley"; entre otras cosas porque la gente "normal" no tiene esta opción.

    Lo que se pide por un lado es que todo el mundo la cumpla.

    Y por otro lado... ya que estamos de acuerdo en "si no nos gustan las leyes, las cambiamos"... pues supongo que el hecho de que amparen situaciones injustas es precisamente lo que nos lleva a decidir que son injustas... (En caso contrario... ¿como llegamos a decidir que una ley es injusta?), y es en ese momento cuando se habla de cambiarlas.... ¡Que repito!, esto de cambiar las leyes es de champions, y por ahora estamos hablando de "no descender" y es que se cumplan las leyes, pero que la cumpla todo el mundo.

    En todo caso, me parece un poco extraño tanta defensa de las leyes y al final luego despotricar contra una sentencia judicial... ¿La ley es justa cuando es dura para todos o para solo unos pocos?... Por que es curioso esto de que las leyes son justas si son acordes a una de las partes... y eso no es muy justo.

    ¿basura legal?... hombre, pues no creo que sea basura legal, y por supuesto, no es la primera sentencia en este sentido y creo que ya lo he demostrado.

  3. en respuesta a 5.....s
    -
    #18
    18/02/11 10:35

    Si sí, si la sentencia es muy bonita, sobre todo porque a cualquiera se le muestra evidente que en este caso el banco reclama una barbaridad, pero ya he comentado que por cada sentencia tan bucólica como esta no debe ser difícil encontrar otras 100 con el viejo principio de "dura lex, sed lex".

    O sea, que si no nos gustan las leyes, las cambiamos, no decidimos que son injustas cuando nos damos cuenta de que amparan situaciones injustas.

    El debate se ha desviado mucho del tema que yo quiero defender, que las leyes injustas hay que cumplirlas con el mismo celo que las justas. Y ante este principio, el poético soneto de la Audiencia de Navarra es, ténicamente, una basura legal.

    Ahora, no niego que citado, queda bien bonito.

  4. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #17
    17/02/11 22:17

    En el fondo es sencillo....

    A investigar cualquier tasación que ahora se muestre incorrecta, (recordando eso, si) que las tasaciones recogen las previsiones de valor futuro.

    ¿que hay diferencias?. Pues habrá que saber que ha pasado. En caso de que la tasadora haya cometido un error que pague, (porque ha cobrado por tasar)... y si encontramos algun tipo de acuerdo entre tasadoras y bancos, (o mejor dicho en los casos en los que lo encontremos), pues supongo que procederá aplicar el código penal, que no es una norma nueva,

    el problema no es que se sepa leer, y el problema no es que se defienda que la gente no responda. El problema es que aquí parece que solo tenían que saber leer los que no estudiaban la operación, los que no cobraban por esto, y los que no cobraban por valorar los bienes... y parece que no todo el mundo ha de responder.

  5. en respuesta a Froscas
    -
    #16
    5.....s
    17/02/11 22:05

    ..."dado que el banco ha logrado la satisfacción de su crédito mediante la adjudicación del bien, su pretensión se muestra abusiva, no sólo por los principios que inspiran este proceso, sino por los principales de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que proscriben atender cualquier petición que supongan un manifiesto abuso de derecho"...

  6. en respuesta a Feinmann
    -
    #15
    17/02/11 21:56

    1 - Un cliente no tiene por qué ser un experto en finanzas, le basta con sabe leer. Responsabilidad hipotecaria = principal más intereses ordinarios, de demora y costas. Esta cláusula será todo lo abusiva que quieras, pero todos los notarios la aceptan y todos los registradores la registran.

    2 - Ya he dicho que a mí esto también me parece abusivo, pero el cliente lo conoce (y si no lo conoce tiene la obligación moral de conocerlo porque a mi modo de ver 3.000 euros no son 300.000) y lo firma. Si el tipo del taller te hace un presupuesto por 3.000 euros y tu lo firmas, ¿te parecería bien pagarle luego sólo 1.000 basándote en que desconoces la mecánica implicada? Si nos parece tan horrendo, que cambien la ley, que califiquen esta clausula como leonina y que en consecuencia el banco decida si concede o no la hipoteca. Y ten en cuenta que cuando reparas un coche el del taller te pide 3.000 euros, cuando te conceden una hipoteca el banco TE PRESTA 300.000. Toma, pa ti. Pequeño matiz.

    3 - Al banco no le interesa quedarse con los pisos, el parque de pisos es la ruina del sistema financiero español, esto es tan evidente que no gastaré más palabras en explicarlo. Lo de vender los pisos por el doble es un gran negocio sí, por eso están ahora vendiéndolos de momento al 40% para limpiar los balances, para ir abriendo mercado. No sé si sabrás lo que son las provisiones. Un negocio redondo lo de las hipotecas impagadas con garantía de un inmueble que vale el 50% de lo que se le prestó al cliente, redondísimo.

    4 - El escenario de préstamo temerario super beneficioso que has pintado es TERRIBLEMENTE ABSURDO, ¿por qué? Porque al banco le interesaría ese "negocio" siempre que el cliente al final pagara, pero, ¿me quieres explicar cómo puede pagar esas bonitas unidades de cliente que no es capaz de pagar una cuota, que ha llegado a una situación de tal desesperación que incluso pierde su hogar, que es lo último a lo que se renuncia? ¿De dónde va a cobrar el banco ese 27% de un cliente insolvente que no tiene ingresos (que no sean en negro, se entiende)? Al banco le da igual, una vez agotada la garantía, que el moroso (MOROSO) le deba 10 que 100 que 1000 porque no le va a sacar ni una perra. Y te puedo asegurar que hay mucha gente que vive estupendamente sin ingresos y con deudas en todos los bancos. Y no les pasa nada. Pobrecitos, qué abusones estos bancos malosos.

    5 - Sobre swaps, unit linked, contratos financieros, fondos, seguros vinculados no voy a discutir porque estoy de acuerdo contigo y no tiene nada que ver con el tema que se está tratando aquí. Te vuelvo a repetir que la diferencia es que en estos casos es el cliente (muchas veces engañado) el que le da el dinero al banco. En la hipoteca es el banco el que le da el dinero al cliente. Espero que sepas diferenciar quien arriesga en cada caso.

    6 - Supongo que esto te hará gracia, pero las tasaciones las hacen empresas tasadoras, no los bancos.

    7 - El que decide comprar un piso inflado por la superburbuja valorado excesivamente sobre su precio real es el pobrecito cliente engañado, no el banco, de hecho habitualmente es el cliente el que toma la iniciativa de pedir dinero al banco y no al revés.

    8 - Ley universal, si al cliente no le convencen las condiciones de una hipoteca que no la firme y pregunte en otro sitio. Si no le convencen las condiciones de ninguna hipoteca pues nada, que empiece ahorrar y a lo mejor sus nietos consiguen comprarse un trastero. Todo antes de acercarse a los bancos que no hacen nada por la sociedad más que robar y estafar.

    Saludos y ya sabes, las compras al contado, que así no hay problema.

  7. en respuesta a Feinmann
    -
    #14
    17/02/11 20:54

    Pongamos que el cliente que pide un préstamo al banco a 40 años por valor de 100 unidades que fue el precio al que se taso el bien.

    Tenemos que el cliente puede pagar o no pagar la hipoteca

    Si el cliente paga la hipoteca el banco gana un, digamos 3% anual del capital prestado.

    Pongamos que el cliente impaga transcurridos 10 años y ha pagado apenas el 10% de la deuda. Debe el 90% pero como resulta que la burbuja ha explotado el valor de tasación ha pasado a 50, y el banco se adjudica el bien por 25, quedando el cliente con una deuda de 65. Así pues le queda que por 90 unidades de deuda obtiene un piso por un valor de 50 mas una deuda por valor de 65, o sea 115, es decir obtiene un beneficio del 27 %.

    Conclusión: a los bancos, con las reglas de juego actuales, les conviene dar préstamos temerarios, pues ganan más, así que aunque sepan que el cliente va a resultar insolvente tarde o temprano, no le van a informar y le van a dar el préstamo.

    ¿Cómo evitar esta situación viciada? Pues que la garantía quede limitada al retorno de la vivienda. No veo porqué eso es suficiente en todo el mundo menos en España.

    Hay que alinear los intereses del cliente y del banco, de forma que si uno gana ambos ganan y si uno pierde, ambos pierden. Una asimetría en que el banco pueda ganar mas cuanto más pierda el cliente es una situación viciada de origen.

  8. en respuesta a Feinmann
    -
    #13
    17/02/11 20:01

    Hay ocasiones que el negocio bancario llega al nivel de timo flagrante. Vemos el caso de los seguros de protección contra la subida de tipos, que estuvieron vendiendo los bancos precisamente, mira tu que casualidad, cuando el euribor alcanzó máximos. Los bancos tienen analistas que pueden realizar su trabajo y asesorarles de que se han alcanzado máximos y las perspectivas son bajistas, pero la inmensa mayoría de los hipotecados no pueden. Así pues, venderles un seguro de ese tipo, cuando saben que el hecho asegurado no se va a producir, sino que se producirá justo el contrario, que producirá un quebranto al hipotecado a la vez que un ingreso al banco, pienso que no puede ser calificado más que como un timo en toda regla, pues el banco ha aconsejado al cliente con falsedad, consiguiendo con ello un beneficio.

    Igualmente resulta el caso en que se aconsejaba comprar vivienda porque los tipos no iban a subir, o con la falsa idea de que todos los pagos posteriores serian iguales a los iniciales, o con la falsa perspectiva de una bonanza económica perpetua.

    No digamos cuado los bancos han estado vendiendo como IPF productos como las participaciones preferentes. Si el mercado estaba cotizando sus preferentes al 50% debido al riesgo de impagos e incluso de quiebra, vender las nuevas emisiones al 100% no puede ser calificado más que de timo, pues el mismo riesgo tenían las emisiones antiguas que las nuevas.

    Así pues, vemos que el negocio de la banca no es el financiero sino el timo permanente.

    Sabiendo eso, se puede utilizar las emisiones que hacen los bancos para, sabiendo que el negocio que van a hacer es bueno para ellos y malo para el cliente, hacer, no lo que ellos dicen que hagas, sino lo que ellos están pensando hacer. Así, si te venden un producto asegurado e indexado a una serie de acciones pongamos TELEFÓNICA, SANTANDER y BBVA, lo que tiene uno que hacer es poner el dinero en renta fija del estado e invertir las rentas de ese dinero en esas cotizadas. Así, el dinero que se llevaría el banco te lo llevas tu, pues la forma en que ellos lo hacen es mas o menos esa, pero consiguen ellos quedarse con el beneficio, transfiriendo los riesgos al cliente. De la forma que yo digo, tuyo es el riesgo, pero tuyo tambien el beneficio.
    Y al banco que le den por el posterior con el prepucio y todo lo que le acompaña.

    Porque de quien tienes contrastado que siempre da malos consejos, no es que no haya que escucharlo, al contrario, hay que escucharlo para saber que es lo que no hay que hacer, justamente lo que ellos quieren que hagas.

    Respecto de los gobiernos, que decir sino que, con las deudas que tienen los partidos con los bancos, les tienen bien agarrados de las criadillas, por lo que bien podemos afirmar que en realidad nos gobiernan los bancos y el gobierno no es mas que un intermediario en el camino. El gobierno es un proxi en el argot de los informáticos.

  9. en respuesta a Froscas
    -
    #12
    17/02/11 20:00

    Aun a riesgo de repetirme:

    Llevé el coche al taller, pues resulta que tenia una avería. Me dijeron que la averia era gorda, que tenia que cambiar el prepucio posterior, porque sinó me arriesgaba a tener un accidente en plena carretera, y que no hacerlo suponía arriesgar la vida. De paso me van a cambiar el amortiguador, que tiene mala pinta. La reparación son 3.000 €. Naturalmente, yo de coches ni papa, así que vista la gravedad de lo ocurrido no me arriesgo a ir con el prepucio posterior hecho unos zorros, que estimo mi vida, y sobre todo, la de los míos. Me pasan el presupuesto y yo lo firmo, aceptándolo. Cuando salgo del taller, todo va bien, o eso me parecía.

    Total, que tras unos días vuelvo a tener los mismos síntomas, pero esta vez me pilló lejos de casa, así que fui a otro taller. Les digo lo que le habían hecho en el taller anterior y me miran extrañados, pero no dicen nada. Abren el coche le echan un vistazo al prepucio posterior y al amortiguador y me dicen que les parecía bien raro, que el prepucio posterior solo hace falta sustituirlo en casos de colisiones traseras, que normalmente dura toda la vida del coche, que no hace falta cambiar el amortiguador para llegar a él, y que les parece que me han timado.

    En el siguiente paso, lógicamente, presenté una denuncia al taller ante Consumo y el taller, lógicamente, presenta el presupuesto aceptado, diciendo que yo había pedido un servicio, y ellos habían prestado ese servicio, que lo lógico era cobrarlo. En mis alegaciones dije que yo no tenia porqué saber mecánica, que seguía su consejo, yo solo quería que me arreglasen el coche, a lo que alegan que en el presupuesto no pone eso, sino que pone que quería que me cambiasen el prepucio posterior así como el amortiguador, que es lo que hicieron.

    Consumo terminó por darles la razón y yo sentí que me habían metido por el posterior un prepucio acompañado de todo lo demás.

    Ahora, la cuestión: ¿debe el cliente del taller ser un experto en mecánica del automóvil para saber que no existe el prepucio posterior y que es raro cambiar los amortiguadores? ¿o no es el conocimiento experto una de las partes que te venden junto a la reparación del automóvil? Y ese conocimiento experto, ¿no debe expresar lo que realmente piensan y saben y actuar según su leal saber y entender?

    Pues ahora pasamos al tema de los bancos. ¿Tiene que ser el cliente del banco un experto en finanzas? ¿Tiene que saber de riesgos? ¿Tiene que poder valorar con pericia el inmueble que va a comprar? ¿Tiene que saber que no le está vendiendo un “prepucio posterior”? Porque dentro de los riesgos que calcula el banco puede estar, no ya el riesgo de que el cliente no quiebre, sino que, aun quebrando, o mejor, quebrándolo, pueda maximizarse las ganancias del banco.
    Por ejemplo, pongo números redondos para que se entienda: un cliente pide un préstamo de 1 M€ para la compra de un piso. El tasador sabe que vale 500K€, pero como hay que cerrar el trato, lo tasa en 1 M€, al fin y al cavo trabaja para el banco. El banco sabe que el cliente no va a poder pagar, pero durante una buena temporada va a es a estar pagando religiosamente, y luego tendrá el resto de su vida para seguir pagando. Tras pagar 400 K€, el cliente quiebra y el banco retasa el piso, esta vez no por 500 sino por 400 k€. La tasadora lo justifica en la mala situación del mercado inmobiliario. En la subasta, el banco solo paga 200 K€, con que finalmente ha sacado: los 400 k€ de los pagos, los 500 k€ del piso menos los 200 k€ de la subasta, y la deuda perpetua de esa persona por 600 K€. Total: 1.3 M€ mas intereses de demora, etc, que puede ascender perfectamente a 1.5 M€.
    Y el negocio podría haberse cerrado justamente con un préstamo de 500 K€, con solo que la tasadora hubiese dicho la verdad, que el piso solo valía ese medio millon, pero el banco solo habría ganado un misero 3% anual. De verdad los bancos ¿son inocentes?

  10. en respuesta a Froscas
    -
    #11
    17/02/11 19:46

    "A ver si te parece que el banco está deseando que el cliente le deje de pagar porque obtiene un inmenso beneficio con esta estafa hipotecaria,"

    Mi respuesta: SI

    Los banqueros miran al horizonte y más allá. Cuando pase esta crisis, cuando nuevamente se puedan conceder hipotecas, van a hacer autenticas fortunas vendiendo esos pisos por el doble del dinero que se los han quedado.

  11. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #10
    17/02/11 17:51

    vamos a ver....

    desde el punto de vista que existe una tasación mal realizada, estamos ante un hecho grave, sobre todo si ha existido algun tipo de instrucción para alterar esta tasación.

    y eso ha sido habitual.

    Desde el punto de vista que se venda unas preferentes como si fuesen depositos.... o garantizados que no lo eran....

    estamos ante algo distinto de "todas las garantias"... Hay mucha gente arruinada, en un sistema con "todas las garantias", y todos los bancos rescatados, por lo que las garantias son las que son...

    y a los hechos me remito, porque repito, todos estos casos que he puesto estos días son casos reales, con su sentencia de supremo, y desde luego es muy heavy decir que se cubren las garantias.

  12. en respuesta a Yo mismo
    -
    #9
    17/02/11 17:28

    Yo, sinceramente, no paso porque firmar una hipoteca con todas las garantías sea sistemáticamente "estafar", "engañar", "mentir para conseguir un beneficio". Los bancos tienen contratos modelos y las hipotecas son básicamente todas iguales, y si hay alguna cláusula difícil de comprender, ya están las asociaciones de consumidores, la prensa y los foros para destacar lo injusta que resulta y explicarla para el que tenga el más mínimo interés en saber qué va a estar pagando el resto de su vida.

    Y creo que la interpretación de a cuánto asciende la deuda hipotecaria está bien clara sin intervención del juez, pero bueno, si te gusta investigar supongo que por cada caso en el que un frikijuez ha intepretado lo que le ha parecido encontrarás varios casos en los que se ha intepretado lo que está escrito, que para eso escrito está. Si el banco lo único que va a recibir dando una hipoteca es el principal porque lo dice un juez, no concede la hipoteca, compra bonos griegos, que seguro que son más rentables y seguros.

    A ver si te parece que el banco está deseando que el cliente le deje de pagar porque obtiene un inmenso beneficio con esta estafa hipotecaria, bueno, ya ves como están los bancos, encantaítos con su mora porque pueden exigir el principal más los recargos, bueno, qué bien les ha salido la jugada; rezando están para que les deje de pagar cuanta más gente mejor, menudo negocio! Ahí los tienes, vendiendo pisos a precio de oro como churros, yo es que no sé cómo se les consiente, menudo timo!!

    Mira, si un tío es lo bastante "listo" y lo bastante "osado" como para firmar una hipoteca de 50 millones a 40 años, perdóname, pero yo presupongo que tiene que tener un mínimo de interés por entender lo que está firmando, el mismo interés que ha tenido cuando ha preguntado al vendedor del piso por las calidades del parquet y si los halógenos son regulables lo tiene que tener al informarse de las cláusulas de una hipoteca. Que no es que estén ahí escondidas, que no, que no es un tocomocho con gancho y anzuelo, que están escritas, que hay un millón de tíos que han firmado otras iguales antes que él, que tiene a un notario al que le paga un dineral para que le explique lo que quiera, "falsedad", "manipulación", "engaño"... pues ya me gustaría a mi que en el contrato de mi móvil me dieran un oferta vinculante, una escritura y un notario. ¡Y pago 20 euros al mes, no 1.000!

    Alguien que cree y dice que "pues si me aprieta el banco le doy las llaves del piso y ¡ay!, que se lo queden" no es una persona ingenua manipulada y engañada, es, cuando menos, un inconsciente y un negligente.

  13. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #8
    17/02/11 14:33

    Vamos a ver....

    La ley se tocó en 2000 para hacer inviable este caso, (exigiendo que nunca se pueda adjudicar el bien por un importe inferior al 50% y luego pedir dinero) y eso no significó ni mucho menos que se viniese abajo el mercado hipotecario... porque la ley no dice exactamente lo que estas diciendo tu...

    La ley dice que entregar el bien hipotecado es suficiente si cubre el valor de la deuda. Y no lo es si no es suficiente.

    Y ese es el problema y por eso hay que analizar si el bien hipotecado cubre o no cubre la deuda, y esto normalmente lo resuelven los jueces.

    Y en todo caso, ¿somos conscientes de que existen las clausulas y condiciones abusivas?

    ¿somos conscientes de que existe el delito de estafa que basicamente supone el engañar para obtener un beneficio?... Por supuesto, si yo miento al banco para conseguir un beneficio, tendré que responder de acusaciones; si el banco ha tragado, será por estafa y si no sera por estafa en grado de tentativa....

    ¿somos conscientes de que alterar el precio de las cosas es delito?... ¡no podemos olvidar todo esto!, bajo la premisa de ¿Se aceptó?... porque en todos y cada uno de los delitos en que intervienen falsedades, manipulaciones, engaños, abusos y similares... ¡se aceptó!

  14. en respuesta a Yo mismo
    -
    #7
    17/02/11 14:07

    Plantearé unas cuestiones previas para analizar el caso real que comentas, porque a posteriori todo parece muy claro:

    1 - ¿El banco obligó a la persona a comprar la finca?

    2 - ¿El banco obligó a la persona a utilizar el mecanismo contractual del préstamo hipotecario para comprarla?

    3 - La parte compradora, ¿sabía o tenía posibilidad de saber en qué consiste un préstamo con garantía hipotecaria en el Reino de España?

    4 - El banco, si supiera que, a pesar de lo que establece la ley, depende del criterio de justicia del juez de turno, ¿tomaría la decisión de conceder el riesgo con el mismo criterio?

    Si vamos a hablar de casos reales, el caso real es que el banco presta dinero para obtener un beneficio, un banco no presta dinero porque sea su obligación, ni porque le mande zapatero, ni porque los pisos estén muy caros, sino porque le da la gana. Y a la hora de arriesgarse a que no le devuelvan el dinero prestado (que supongo que sabrás la cantidad de comisiones que hay que cobrar para compensar una hipoteca impagada) es conveniente saber con seguridad qué cantidad autoriza la ley a reclamar al deudor.

    Si tú crees que la responsabilidad hipotecaria es abusiva me parece legítimo y además estoy de acuerdo contigo. El caso que me planteas tal y como lo planteas es un clarísimo caso de injusticia, de abuso y desigualdad. Pero el momento de reclamar es ANTES de tomar la decisión y antes de aceptar el riesgo.

    Te voy a decir algo que se estudia en Derecho: como el criterio de "justicia" es muy opinable se inventó el derecho positivo y la LEY. Y si la ley dice que en España no basta con entregar el bien hipotecado para saldar una deuda y dice que los contratos hipotecarios pueden tener unas cláusulas y otras no; si esto no nos gusta, lo que hay que hacer es cambiar la ley.

    Porque las tan cacareadas asociaciones de consumidores digo yo que se habrán leído algún contrato de hipoteca con todas sus clausulitas antes de ahora, digo yo que podrían haber reclamado antes, ¿o es que hace 5 años no sabían lo que significaban esas cláusulas?

    Quizá si estas asociaciones hubieran sido más diligentes yo ahora mismo no tendría una hipoteca con una responsabilidad hipotecaria abusiva y una cláusula suelo. Pero las tengo, sé que las tengo, me he comprado la casa sabiendo que las tenía y he aceptado una escritura en la que firmo y afirmo que sé lo que conlleva su clausulado. Y soy lo suficientemente honrado como para reconocer que lo que he firmado debo cumplirlo.

    Y de nuevo advierto; si se siguen tocando las narices a los bancos con las hipotecas, muchos de los hipotecados actuales se verán beneficiados; pero para las nuevas generaciones se va a poner imposible acceder a un préstamo hipotecario. Si un banco no puede cobrar un tipo de interés que le beneficie ni puede aspirar a una compensación en caso de impago, le va a conceder hipotecas a Rita.

  15. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #6
    17/02/11 13:24

    Y respecto a lo demás....

    Sea culpa o no de la banca... lo que tengo claro es que la banca ha pedido rebajar las pensiones, abaratar el empleo y demás... y todas esas cosas han sido concedidas. ¿no es cierto?.

    y respecto a responsabilidad y demás....

    vamos a ver... si yo digo que el ferrari vale 100; dejo el dinero para eso a quien no debería, gano un dinero por esto luego digo que el ferrari vale 50, ¿no respondo de esto?....

    Evidentemente la gente tiene responsabilidad, pero esto no se discute, (ni yo ni nadie), el problema es que aun no he visto ninguna responsabilidad de las entidades en este asunto...¡y algo habrán tenido que ver, ¿no?.

    y respecto a los casos que debemos pensar si son justos o injustos, me parece bien que tratemos futuribles sobre ferraris... pero ¿no sería más apropiado analizar los casos reales, comprobados y demostrados????

    Por ejemplo... finca valorada por el banco en 17 millones de pesetas, hipotecada por una persona que debe 11.600.000 que se queda el banco por 500.000 pesetas y que luego de vender por 12.000.000 de pesestas, reclama a la señora 11.100.000 más....

    Una cosa es que el banco cobre los 11.600.000 que se le deben, pero otra cosa distinta es esto... Este es un caso real... ¿es justo?

  16. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #5
    17/02/11 13:18

    Por supuesto que no me parece justa la situación que planteada. Ahora bien... me gustaría, (ya que estamos hablando de evitar en lo posible la demagogía)... que se respondiese:

    ¿Quien ha planteado una situación tan siquiera similar a la planteada?
    ¿Esa situación se ha dado?.....

  17. en respuesta a Yo mismo
    -
    #4
    17/02/11 13:03

    Yo no he calificado (indignante, etc...) la actitud de los ciudadanos ante los bancos, sólo he destacado que en numerosos escritos tan demagógicos o más que el tuyo siempre se dice que el banco abusa del ciudadano. En ningún momento he insinuado que sea el ciudadano quien abuse del banco; mi escenario ideal es aquél en el que nadie abusa de nadie.

    Y vamos a centrarnos en el tema, yo no hablo de pensiones ni de reformas laborales ni de las reglas de valoración, ni de refinanciaciones, ni de barra libre y por supuesto que no hablo de mark to market, más que nada porque no sé lo que es. Tú dices que todo eso es culpa de la banca y yo digo que decir eso es demagogia, pero esos son otros debates.

    De lo que hablo es de que cuando un banco concede una hipoteca lo hace sosteniendo su política comercial en la ley. Y que quizá, si supiera que cualquier juez puede invalidar una escritura pública que se ha firmado ante notario con un clausulado super tasado cumpliendo la legalidad, no concedería esa hipoteca.

    Tu imagina, un suponer, que firmas un contrato privado por el cual tú mismo prestas dinero a otra persona que se compromete a devolvértelo en cuotas mensuales. Y tu imagina, fíjate que utopía, que la ley obligara al prestatario a devolverte, no aquello que haya comprado con el dinero que le has dejado, sino el propio dinero. Pues tú, con la seguridad que te da el estado de derecho, le dejas el dinero para que se compre, un suponer, un Ferrari.

    Y ahora imagina que dentro de un año, el tío se queda en paro y dedice que no, que ya no le gusta el ferrari porque además resulta que se ha estampado contra un muro y parece que el coche ya no vale ni dos duros y que ahí te lo quedas y que ya no te debe nada. Y ahora imagina que vas al juez con tu contrato privado legalizado y el juez se mea en él, porque hay mucha crisis y tú ya tienes bastante dinero y pobrecito parado. Tres preguntas:

    1 - ¿De verdad te parece justa esta situación?
    2 - De haberlo sabido, ¿le habrías dejado el dinero a tu amigo?
    3 - ¿No crees conveniente tener información veraz y fiable sobre el estado de la ley antes de tomar la decisión de prestar el dinero o no?

    Y la seguridad jurídica sólo puede ser buena. Lo malo es cuando no la hay.

  18. en respuesta a Froscas
    -
    Top 100
    #3
    17/02/11 12:37

    ¿Y quien ha de decidir que los bancos son malos, malosos y los ciudadanos pobrecitos engañados?????

    Más que nada porque si existe la posibilidad de que eso sea cierto, alguien tendría que pensarlo, ¿no?.

    Respecto a lo de abusivo, indignante y no sé que más... ¡me cuesta y mucho entender que esto se pueda usar para calificar la actuación de los ciudadanos ante los bancos!... Por que no parece que la situación de los ciudadanos se corresponda con la de unos abusones ni la de los bancos con unos engañados...

    Y por cierto. lo de las reglas supongo que aplicará para todos y cada uno de los cambios que desde la banca se han pedido y han sido concedidos, como lo de las garantias para las refinanciaciones bancarias en la ley concursal, reformas laborales, reformas de pensiones..... ¡y una gran lista!, o con los cambios que han pedido ahora en la ley del suelo, (porque ahora no les viene bien el cumplimiento de una norma que ya estaba), o lo de eliminar la valoración de las inmobiliarias cotizadas, o lo del mark to market, o aquello de las barras libres, o.....

    ¿Hay seguridades jurídicas buenas y malas?.

  19. #2
    17/02/11 12:24

    Estoy de acuerdo con la idea de que baste con entregar el bien hipotecado para saldar la deuda con el banco. Pero sería conveniente que esta norma esté regulada por ley, más que nada para que el banco sepa a qué atenerse a la hora de conceder una hipoteca.

    Porque si hay una escritura en la que se determina negro sobre blanco qué es la responsabilidad hipotecaria (concepto tasado por ley y publicado por cada entidad con la aprobación del Banco de España), escritura que se supone que tanto el banco como el cliente firman ante notario, me parece no sé si ridículo o vergonzoso que, a mitad de partido, se cambien las reglas porque un juez con escasa idea de lo que significa el concepto de seguridad jurídica decida que los bancos son malos malosos y que los ciudadanos son unos pobrecitos engañados.

    Porque si desde un principio dejamos claro (claro con una ley no con lo que a cada juez se le ocurra según cómo se haya levantado ese día) que es abusivo, indignante, espantoso y medieval que un pobre españolito, además de lo que vale la casa hipotecada, le deba al banco lo que queda de préstamo más gastos (que entiendo que es una barbaridad lo que se cobra de gastos, lo que no entiendo es que parezca tan incomprensible devolver al banco el dinero que te ha prestado, no un montón de ladrillos devaluados) todos, clientes y bancos, sabremos a qué atenernos.

    Y ya veríamos entonces cuántas hipotecas se concedían... y cuando declaren la claúsula suelo igual de abusiva, ya podéis decir a vuestros hijos que se olviden de comprar un piso a no ser que le dejéis vosotros las perras

  20. #1
    17/02/11 10:25

    ¿Porque crees que digo que España es medieval? No somos ciudadanos, sino subditos y a veces, incluso lacayos.


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