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ITP en Cataluña: tramos y bonificaciones actuales

ITP en Cataluña: tramos y bonificaciones actuales

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Cataluña se calcula mediante una escala progresiva del 10%, 11%, 12% y 13%. Es decir, los tipos superiores solo se aplican a la parte del valor que entra en cada tramo. Descubre cómo calcularlo y bonificaciones disponibles.
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es el principal gasto fiscal al comprar una vivienda de segunda mano en Cataluña. Desde el 27 de junio de 2025, la entrada en vigor del Decreto-ley 5/2025 ha cambiado radicalmente la estructura del ITP en Cataluña: se ha pasado de un tipo casi plano al 10% a una escala progresiva de cuatro tramos que llega hasta el 13%, y se ha incorporado un tipo agravado del 20% para grandes tenedores. 

  • Si compras una vivienda de segunda mano en Cataluña pagas ITP —no IVA—, y el porcentaje depende del valor del inmueble y de tu perfil. Para la mayoría de compradores la tarifa de partida es el 10%, pero puede bajar al 5% si eres joven o subir hasta el 13% si el precio supera 1,5 millones de euros.
  • El impuesto se presenta ante la Agencia Tributaria de Cataluña mediante el modelo 600 en el plazo de un mes.

¿Qué es el ITP en Cataluña y cuándo hay que pagarlo?

El Decreto-ley 5/2025 introdujo una escala progresiva que funciona de forma acumulativa, igual que los tramos del IRPF: cada tipo se aplica solo sobre la porción del valor que corresponde a ese tramo, no sobre el total del precio.
El ITP —Impost sobre Transmissions Patrimonials en catalán— grava compra de viviendas usadas cuando la operación no está sujeta a IVA. Es la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, conocida como TPO, incluida dentro del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Las obras nuevas tributan por IVA (10% general, 4% VPO) más AJD, no por ITP. 
El ITP se paga normalmente cuando se compra:
  • Una vivienda de segunda mano a un particular.
  • Un local, garaje, trastero, terreno o inmueble rústico cuya transmisión no tribute por IVA.
  • Una participación indivisa de una vivienda.
  • La nuda propiedad o determinados derechos reales sobre un inmueble.
⚠️ Antes de calcular el ITP en Catalunya es necesario confirmar si la operación está sujeta a TPO o a IVA.

ITP en Cataluña: tramos aplicables en 2026

Desde el 27 de junio de 2025, el tipo general del ITP en Cataluña se determina mediante una escala progresiva. Esto significa que no se aplica el porcentaje más alto sobre todo el valor del inmueble, sino que cada parte tributa al porcentaje correspondiente.
Valor del inmueble
Cuota íntegra acumulada
Tipo sobre el exceso
Hasta 600.000 €
10%
De 600.001 € a 900.000 €
60.000 €
11%
De 900.001 € a 1.500.000 €
93.000 €
12%
Más de 1.500.000 €
165.000 €
13%
Fuente: Tabla oficial publicada por KPMG Abogados a partir del texto del Decreto-ley 5/2025 y confirmada por la ATC.
Antes del 27 de junio de 2025 la estructura era más sencilla: 10% hasta 1.000.000 € y 11% para el importe que superaba ese umbral. La reforma ha desplazado el punto de inflexión hasta los 600.000 €, lo que encarece operaciones habituales en Barcelona y su área metropolitana.
ITP y bonificaciones de itp en cataluña
Cuál es el ITP en Cataluña y cómo se calcula

¿Cómo funciona el cálculo progresivo del ITP?

Una vivienda en Barcelona, con un valor de 700.000 euros no tributa íntegramente al 11 %. El cálculo correcto sería:
  • Los primeros 600.000 euros tributan al 10 %: 60.000 euros.
  • Los 100.000 euros restantes tributan al 11 %: 11.000 euros.
  • La cuota total asciende a 71.000 euros.
El tipo efectivo de la operación sería aproximadamente del 10,14 %. Esta diferencia es importante en viviendas que superan uno de los límites de la escala, ya que aplicar el porcentaje superior sobre todo el valor produciría una cuota incorrecta.

Tipo agravado del 20% para grandes tenedores y edificios completos

Desde la misma fecha, se establece un tipo del 20% para adquisiciones de viviendas por grandes tenedores, tanto personas físicas como jurídicas, y también para la compra de edificios residenciales completos.

Se considera gran tenedor la persona física o jurídica que sea propietaria de más de 10 inmuebles de uso residencial o con una superficie construida de más de 1.500 m² de uso residencial situados en Cataluña. También tiene esta consideración quien sea titular de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados dentro de una zona de mercado residencial tensionado declarada por la Generalitat.

Esta normativa contempla excepciones al 20%: cuando el comprador sea una persona física, el inmueble contenga un máximo de cuatro viviendas y la operación esté destinada a la vivienda habitual del comprador o de sus familiares hasta segundo grado. 

Bonificaciones y tipos reducidos de ITP en Cataluña: jóvenes, VPO y familias

Además de la tarifa general, Cataluña establece diferentes tipos reducidos para la compra de vivienda habitual. Aunque habitualmente se habla de bonificaciones del ITP en Cataluña, en la mayoría de estos casos se trata técnicamente de tipos de gravamen reducidos.

ITP reducido para jóvenes con primera vivienda habitual

El tipo reducido del 5% para jóvenes se aplica a la transmisión de un inmueble que tenga que constituir la vivienda habitual. El requisito de edad es tener 35 años o menos en la fecha de devengo del impuesto, para transmisiones realizadas a partir del 27 de junio de 2025 (para transmisiones hasta el 26 de junio de 2025 la edad máxima era de 32 años).

En la última declaración del IRPF, la suma de la base imponible general y la del ahorro, menos el mínimo personal y familiar, no puede exceder los 36.000 euros. 

Requisitos del ITP reducido al 5% para jóvenes:
  • Edad ≤ 35 años en la fecha de firma de la compraventa
  • Base imponible del IRPF (general + ahorro − mínimos) ≤ 36.000 €
  • La vivienda debe destinarse a residencia habitual y permanente
  • No se aplica si solo se adquiere el usufructo o la nuda propiedad
  • Sí es compatible con la compra de una parte indivisa
  • Ocupar la vivienda de manera efectiva y permanente dentro de los 12 meses posteriores a la compra o a la finalización de las obras. 
  • Mantener, con carácter general, la residencia habitual durante al menos tres años. 
No se exige que sea la primera vivienda adquirida y tampoco existe un precio máximo general de 270.151 euros para aplicar este tipo. El beneficio depende de la edad, los ingresos del comprador y el uso del inmueble como vivienda habitual, no de un límite concreto sobre el precio de compra.

ITP para viviendas de protección oficial en Cataluña

Las viviendas de protección oficial (VPO) de segunda mano tributan al 7% de ITP en Cataluña. Además, si la VPO pertenece a ciertos regímenes de protección especial o concertada, puede aplicarse incluso un tipo superreducido del 5%.

No obstante, el comprador puede cumplir, además, los requisitos de alguno de los tipos personales reducidos, como los previstos para jóvenes, familias numerosas, familias monoparentales o personas con discapacidad. En estos casos, habría que evaluar el tipo aplicable según perfil y uso de la vivienda.

ITP para familias numerosas y monoparentales

Las familias numerosas pueden aplicar un tipo reducido del 5 % cuando el inmueble adquirido vaya a constituir su vivienda habitual y se cumplan los requisitos económicos establecidos.

  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro de todos los miembros de la familia, una vez descontados los mínimos personales y familiares, no puede superar los 36.000 euros.
  • Este límite se incrementa en 14.000 euros por cada hijo que exceda del número mínimo de descendientes necesario para obtener la condición legal de familia numerosa.

Las familias monoparentales también pueden aplicar un tipo del 5 %. Para ello deben acreditar su condición, respetar el límite de renta correspondiente y destinar el inmueble adquirido a vivienda habitual.

ITP reducido para personas con discapacidad en Cataluña

La compra de una vivienda habitual en Cataluña puede tributar al 5 % cuando el comprador o uno de los miembros de su unidad familiar tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro de la unidad familiar, descontados los mínimos personales y familiares, no puede superar los 36.000 euros.

Ten en cuenta que la discapacidad debe acreditarse documentalmente al presentar la autoliquidación del impuesto.
No existe un tipo automático del 2 % por combinar discapacidad con la condición de joven, familia numerosa o familia monoparental. Los tipos reducidos no se suman ni se descuentan entre sí.

Otros tipos reducidos vigentes en Cataluña

Las víctimas de violencia machista pueden aplicar un tipo reducido del 5 % cuando la compra de la nueva vivienda habitual responda a la necesidad de cambiar de domicilio, se acredite legalmente la situación y se cumpla el límite de ingresos establecido.

También existen tarifas específicas para determinadas viviendas situadas en municipios rurales:
  •  El 4 % para viviendas habituales situadas en municipios rurales incluidos en la relación oficial. 
  •  El 3 % para viviendas habituales ubicadas en municipios rurales de atención especial. 

Estos beneficios tienen requisitos adicionales relacionados con el municipio, el uso de la vivienda, los ingresos y las circunstancias personales o familiares del comprador.

Con esto, los principales tipos del ITP en Cataluña en 2026 quedan resumidos asi: 
Colectivo / Supuesto
Tipo
Límite precio
Límite ingresos
Compra general (todos los compradores)
10–13% progresivo
Sin límite
No aplica
Jóvenes ≤35 años, 1ª vivienda habitual
5%
Sin límite
≤36.000 € IRPF neto
Familias numerosas y monoparentales
5%
Sin límite
≤30.000–36.000 €
Discapacidad ≥65%
5%
Sin límite
≤36.000 € IRPF neto
Víctimas de violencia de género
5%
Sin límite
≤36.000 € IRPF neto
VPO usada (2ª transmisión)
7%
Sin límite específico
No aplica
Vivienda habitual en municipio rural
4%
Sin límite 
No aplica
Grandes tenedores / edificios enteros
20%

Cómo se calcula el ITP en Cataluña: ejemplo práctico por tramos

El cálculo es acumulativo por tramos, no proporcional al total. La cuota íntegra que aparece en la tabla oficial ya incluye el impuesto pagado en los tramos anteriores, de modo que solo hay que añadir el tipo marginal sobre el exceso.

Ejemplo A — Vivienda de 200.000 € con un comprador general

En este caso todo el valor cae en el primer tramo (hasta 600.000 €):
200.000 € × 10% = 20.000 € de ITP
Si el comprador es joven ≤35 años que cumple los requisitos, la bonificación del tipo puede constituir un ahorro considerable:
200.000 € × 5% = 10.000 € de ITP (ahorro de 10.000 €)

Ejemplo B — Vivienda de 800.000 € con un comprador general

En este caso, vemos la aplicación de dos tipos diferentes, ya que por el precio de la vivienda, se incurriría en dos tramos.
  • Primer tramo: 600.000 € × 10% = 60.000 €
  • Segundo tramo: 200.000 € × 11% = 22.000 €
Total ITP: 82.000 € (tipo efectivo: 10,25%)

Ejemplo C — Vivienda de 1.200.000 €

En un ejemplo como este, se aplicarían tres tramos de Impuesto. diferentes:
  • Primer tramo: 600.000 € × 10% = 60.000 €
  • Segundo tramo: 300.000 € × 11% = 33.000 €
  • Tercer tramo: 300.000 € × 12% = 36.000 €
Total ITP: 129.000 € (tipo efectivo: 10,75%)

Ejemplo D — Vivienda de 2.000.000 €

  • Primer tramo: 600.000 € × 10% = 60.000 €
  • Segundo tramo: 300.000 € × 11% = 33.000 €
  • Tercer tramo: 600.000 € × 12% = 72.000 €
  • Cuarto tramo: 500.000 € × 13% = 65.000 €
Total ITP: 230.000 € (tipo efectivo: 11,5%)

¿Sobre qué valor se calcula el ITP en Cataluña?

El impuesto no siempre se calcula sobre el precio que aparece en el anuncio o sobre la cantidad finalmente entregada al vendedor.
La base imponible real
El ITP se calcula sobre el mayor valor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral. Si el precio pactado es inferior al valor de referencia, Hacienda liquidará sobre este último. Verifica siempre el valor de referencia en la sede electrónica del Catastro antes de calcular.
Cuando el inmueble tiene asignado un valor de referencia del Catastro, la base imponible será la mayor de estas tres cantidades:
  • El valor de referencia vigente en la fecha de la compra.
  • El precio o contraprestación pactada.
  • El valor declarado por los interesados.
Por ejemplo, si una vivienda se compra por 190.000 euros, pero su valor de referencia es de 210.000 euros, el ITP se calculará normalmente sobre 210.000 euros.

Cuando el inmueble no tiene valor de referencia, se toma la mayor cantidad entre el precio, el valor declarado y el valor de mercado. Por eso es aconsejable consultar el valor de referencia antes de entregar las arras y reservar una cantidad suficiente para pagar los impuestos.

¿Cómo se liquida el ITP en Cataluña con el modelo 600?

El ITP debe autoliquidarse ante la Agencia Tributaria de Cataluña mediante el modelo 600. El plazo de liquidación es de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura de compraventa. Los días inhábiles (festivos nacionales, autonómicos y locales) no cuentan. El plazo se calcula de fecha a fecha. Si el último día coincide con un sábado, domingo o festivo, el vencimiento se traslada al primer día hábil siguiente.

Superar este plazo genera recargos automáticos:
  • Hasta 3 meses de retraso: recargo del 5%
  • De 3 a 6 meses: 10%
  • De 6 a 12 meses: 15%
  • Más de 12 meses: 20% más intereses de demora

Pasos para presentar el modelo 600

El comprador debe autoliquidar el ITP usando el Modelo 600, formulario oficial de la Agència Tributària de Catalunya. Para ello, debe:

  1. Comprobar si la operación tributa por transmisiones patrimoniales onerosas o por IVA y actos jurídicos documentados. 
  2. Consultar el valor de referencia del inmueble. 
  3. Determinar la base imponible y el porcentaje de participación adquirido por cada comprador. 
  4. Calcular el ITP mediante la escala progresiva o aplicar el tipo reducido correspondiente. 
  5. Seleccionar la tarifa correcta en el modelo 600
  6. Indicar el beneficio fiscal aplicado, cuando corresponda, y aportar la documentación acreditativa. 
  7. Presentar la autoliquidación y efectuar el pago dentro del plazo de un mes. 

Vías de presentación y pago

  • Telemática: a través del portal de la ATC con certificado digital o Cl@ve
  • Presencial: en cualquier oficina de la ATC (Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona) o en delegaciones territoriales
  • Pago: transferencia bancaria, domiciliación, tarjeta o en entidades financieras colaboradoras

Documentación necesaria

  • Copia de la escritura pública de compraventa
  • DNI/NIE del comprador y del vendedor
  • Última declaración del IRPF (si se solicita tipo reducido)
  • Título acreditativo del colectivo beneficiario (carné de familia numerosa, certificado de discapacidad, etc.)
  • Referencia catastral del inmueble

¿Qué sucede cuando compran dos personas?

Cuando dos compradores adquieren una vivienda usada a medias, los tramos generales del ITP se determinan atendiendo al valor total del inmueble. Una vez calculada la cuota correspondiente a la operación, cada comprador presenta su modelo 600 por el porcentaje de propiedad que adquiere.

Además, cada comprador puede tener derecho a un tipo diferente según sus circunstancias personales.
Nacho García Pascual
Experto en Hipotecas, Vivienda y Mercado inmobiliario
Por ejemplo, si vemos que uno de los compradores tiene 30 años y cumple los requisitos económicos para aplicar el tipo reducido para jóvenes, este podría tributar al 5 % por su participación en la vivienda. El otro comprador tendría que aplicar el tipo que le correspondiera según su edad, ingresos y situación familiar, que puede ser diferente.
Esto significa que los beneficios fiscales se analizan individualmente para cada adquirente, aunque ambos compren la misma vivienda.

Preguntas frecuentes sobre el ITP en Cataluña


No. Las viviendas de primera transmisión (obra nueva vendida por promotor) tributan por IVA al 10% (o 4% si son VPO), más AJD al 1,5% en Cataluña. ITP e IVA son incompatibles: se aplica uno u otro, nunca los dos.


No existe un plazo legal máximo fijo, pero el procedimiento habitual de comprobación de valores tiene un plazo de prescripción de cuatro años desde el fin del período voluntario de declaración.


No, el ITP no es deducible en el IRPF estatal. Sí puede incluirse como mayor valor de adquisición del inmueble a efectos de calcular la ganancia patrimonial en una futura venta.


Si el comprador es persona física que adquiere hasta cuatro viviendas para uso como vivienda habitual propia o de familiares de hasta segundo grado, queda excluido del tipo del 20% y tributa por la tarifa general progresiva.


No existe límite de precio de la vivienda en sí mismo para jóvenes en Cataluña. El filtro de acceso es el límite de ingresos (≤36.000 € de base imponible IRPF neta). Sin embargo, en la práctica, con ingresos por debajo de ese umbral es difícil acceder a financiación para viviendas de alto valor.


El tipo reducido se aplica proporcionalmente a la parte adquirida por quien cumple los requisitos. Si cada uno compra el 50% y solo uno tiene ≤35 años y cumple el límite de ingresos, ese comprador liquida el 5% sobre su 50%; el otro aplica el tipo general.

Calcula todos los gastos antes de comprar una vivienda en Cataluña

El ITP puede representar uno de los mayores gastos iniciales al comprar una vivienda de segunda mano en Cataluña. Su impacto resulta especialmente relevante en zonas donde el precio de la vivienda en Barcelona y su área metropolitana obliga a aplicar varios tramos de la escala progresiva.

Antes de firmar las arras, conviene consultar el valor de referencia, calcular el impuesto correspondiente y comprobar si alguno de los compradores puede beneficiarse de un tipo reducido. También es importante no trasladar porcentajes de otras comunidades, ya que el ITP en Madrid, o ITP en Valencia, por ejemplo, se calcula con tipos y beneficios fiscales diferentes a los aplicables en Cataluña.

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Datos actualizados a 2026 conforme al Decreto-ley 5/2025 de la Generalitat de Catalunya y a las resoluciones de la DGTJ 1/2025 y 2/2026. Este artículo tiene carácter informativo; para tu situación concreta, consulta con un asesor fiscal o un notario.
https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/
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