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Levantamiento o cancelación de la hipoteca: trámites y gastos

Levantamiento o cancelación de la hipoteca: trámites y gastos

Puede que pienses que pagando tu última cuota de la hipoteca, esta queda cancelada, pero lo cierto es que no. Para que se cancele una hipoteca es necesario hacer un levantamiento o cancelación de hipoteca. 

En el siguiente artículo explicamos cuáles son los trámites que hay que seguir para realizar el levantamiento de hipoteca, así como los gastos que supone dicha operación. 
 
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Levantamiento o cancelación de la hipoteca: ¿qué hacer?

Si tienes una hipoteca, ya sabrás que, para formalizarla, debiste inscribirla en el Registro de la Propiedad. Si no tienes una hipoteca, nuestro equipo siempre analiza todo el mercado de hipotecas, sacando las mejores hipotecas actuales.

Pues bien, si estás terminando de pagar la hipoteca o ya has pagado tu última cuota, debes saber que también tendrás que efectuar el levantamiento de hipoteca para que esta deje de aparecer en el Registro de la Propiedad. 

Este trámite no es obligatorio, por lo que, una vez hayas terminado de pagar la hipoteca, tú eliges si decides llevar a cabo el levantamiento de hipoteca o no. 
En el caso de que decidas no hacer nada, la información registral de la hipoteca quedará en el registro pertinente durante los 20 años siguientes, momento se deberá eliminar automáticamente.

Aunque levantar la hipoteca no es un procedimiento obligatorio, resuelta interesante hacer el levantamiento cuanto antes, pues si queremos realizar cualquier acción sobre el bien inmueble, ya sea pedir una nueva hipoteca sobre el mismo o venderlo, no aparecerá en el registro como un bien libre de cargas.

Si queremos realizar el levantamiento de hipoteca tenemos que saber cuáles son los trámites y los gastos a los que tenemos que hacer frente.
 
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Trámites para hacer el levantamiento de la hipoteca

Si decidimos levantar la hipoteca, tenemos dos vías posibles:
  • Hacer el levantamiento de la hipoteca por medio de la entidad financiera con la que tenemos la hipoteca.
  • Realizar el levantamiento de hipoteca por nuestra cuenta.

Si levantamos la hipoteca por medio de la entidad financiera, el procedimiento es muy sencillo pues únicamente debemos solicitar a la entidad que queremos hacer el levantamiento de hipoteca. La entidad tiene la obligación de hacerlo, pero puede realizar la operación por medio de una gestoría.

Si no tenemos mucho tiempo y los gastos no nos suponen mayor problema, esta sería la mejor opción.

Trámites levantamiento de la hipoteca por tu cuenta

Si por el contrario decidimos levantar la hipoteca por nuestra cuenta deberemos seguir una serie de trámites y hacer frente a una serie de gastos:

  1. El primer paso para levantar la hipoteca es pedir un certificado de deuda cero. Nuestra entidad financiera tendrá la obligación de proporcionarnos dicho documento de forma gratuita y no es más que un documento donde la entidad financiera confirma que se ha satisfecho todo el capital hipotecario.
  2. Una vez tengamos en nuestra posesión el certificado de deuda cero, hemos de entregarlo a un notario y solicitar que se haga la correspondiente escritura de cancelación. Para hacer la escritura es necesario que sea firmada por el apoderado de la entidad financiera con quien tenemos la hipoteca, que no podrá cobraros un suplemento por hacer este trámite.
  3. El notario se encarga de gestionar con la entidad financiera la cancelación de la hipoteca.
  4. El siguiente paso es rellenar el formulario del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, recogido en el formulario 600. Dicho documento se firmará en la delegación de Hacienda de nuestra comunidad autónoma. No obstante, es necesario, hacer la declaración pues el acto de levantamiento de hipoteca esta sujeta a dicho impuesto, está exento, por lo que no nos supondrá un gasto.
  5. Una vez el notario haya tramitado la cancelación de hipoteca con la entidad financiera, tendremos que recoger la escritura y pagar el importe de la esta. Este trámite puede tardar algunos días.
  6. Por último, tendremos que acudir al registro con la escritura y dos formularios correspondientes: el formulario del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y el formulario de levantamiento de la carga en el registro.

Si queremos asegurarnos de que hemos realizado todos los trámites correctamente, podemos pedir una nota simple en el registro de la propiedad para confirmar que nuestra vivienda se encuentra libre de cargas.

Gastos de levantar la hipoteca

Una vez decidimos realizar el levantamiento de hipoteca, tenemos que tener en cuenta los gatos el proceso conlleva. Si decidimos hacer el levantamiento de hipoteca por medio de la entidad financiera o por medio de una gestoría, el gasto puede ascender entre 200€ y 400€, dependerá de nuestra entidad o la gestoría que elijamos. 

Mientras, si decidimos levantar la hipoteca por nuestra cuenta, los gastos que vamos a tener que asumir son los siguientes:
  • Solicitar el certificado de deuda cero en nuestra entidad bancaria es gratuito, nuestro  banco no nos puede cobrar por expedirnos este certificado (recuerda que si son ellos quienes realizan el trámite de la cancelación si nos cobrarán por este servicio)
  • Gastos de notaría: este gasto suele rondar los 100 euros, aunque puede ser inferior o superior dependiendo del notario al que acudamos.
  • Gastos del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: aunque la cancelación o levantamiento de hipoteca esta sujeta a este impuesto, se encuentra exenta, por tanto estaremos libres de pago.
  • Gastos registrales: los gastos registrales tienen un coste de cómo mínimo 25 euros.

Por tanto si lo hacemos a través de la entidad financiera el coste de levantar la hipoteca puede ir desde 200€ y 400€. Y si decidimos realizar el levantamiento de la hipoteca por nuestra cuenta, esta nos puede costar unos 125€. 

Cabe recordar que el levantamiento de hipoteca no es obligatorio, aunque si es imprescindible si vamos a vender el inmueble o queremos pedir una segunda hipoteca sobre dicha vivienda.
Es importante conocer qué costes no deberían cobrarse nunca al cancelar una hipoteca. El Banco de España prohíbe cobrar ciertos gastos a los que quieran levantar las cargas de su vivienda, y estos son:
  • Comisión por el certificado de deuda cero en nuestra entidad bancaria: se trata  de un documento que tendremos que pedir al banco si queremos tramitar la cancelación por nuestra cuenta. Por ley es gratuito. 
  • Cargo por el desplazamiento del apoderado hasta la notaría: la entidad bancaria tampoco puede cobrar nada por enviar a un apoderado a firmar la escritura.

Por qué es importante realizar el levantamiento de la hipoteca

Como hemos comentado con anterioridad, el levantamiento de hipoteca no es obligatorio, por lo que algunos pueden considerarlo como algo innecesario que solo va a generar un nuevo gasto. Pero nada más lejos de la realidad, ya que realizar el levantamiento de la hipoteca es el procedimiento correcto que se debe seguir para que nuestra propiedad quede libre de gravámenes.

De hecho, es imprescindible si vamos a vender el bien inmueble o queremos pedir una segunda hipoteca sobre dicha vivienda. De no hacerlo, los datos oficiales permanecerán en el Registro por 20 años, antes de que sean removidos por caducidad. Esto retrasaría cualquier operación inmobiliaria que quisiéramos hacer con nuestra propiedad en un futuro.
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  • Cancelación registral de hipoteca
  1. en respuesta a Jguillermo
    -
    #29
    28/04/23 11:15
    En mi caso sobre año y medio... Asique paciencia XD
  2. #28
    16/12/22 11:20
    Buenos días. Me gustaría saber, cuando la hipoteca está vigente, una hipoteca de 280.000 € en este caso, y el piso sale a subasta, si se realiza levantamiento de esas cargas hipotecarias, que tiene que asumir el ganador de la subasta, a cuánto puede ascender dicho levantamiento. Gracias
  3. #27
    07/11/21 10:36
    Tengo una duda sobre que los datos oficiales permanecerán en el Registro por 20 años, antes de que sean removidos por caducidad ... A partir de que fecha? Es el año que has amortizado toda la hipoteca? Gracias !!
  4. #26
    04/08/21 09:51
    ¿Qué plazo tiene el banco para ir a firmar al notario la cancelación de la hipoteca?

    En mi caso llevo un mes y medio esperando que el banco (el Santander como no) vayan a firmar... el notario me dice que no pueden hacer nada, que si el banco quiere pueden tardar años en ir.
  5. en respuesta a Mor
    -
    #25
    17/07/21 18:26
    Gracias Mor.

    En la página del Gobierno de Aragón, la de autoliquidación del impuesto, sólo daba opción a formalizar los modelos 601, 602 y 603. Conforme se completan los campos el resultado final es el 603 pero yo no lo elegí.

    Un saludo.
  6. en respuesta a Velasqvs
    -
    #24
    16/07/21 18:28
    Gracias, muy bien explicado. Una duda que tengo, ¿es el modelo 600 o el modelo 603? saludos.
  7. #23
    04/06/21 11:30
    Ayer finalicé los trámites del levantamiento y, por si a alguien le interesa, os pongo los pasos por si queréis hacerlo por vuestra cuenta:

    1. Acudir a la oficina donde se contrató el préstamo y solicitar un certificado de deuda cero (trámite gratuito).

    Es útil acudir con una copia de la nota simple informativa o de la escritura de propiedad para que tomen los datos que necesitan para su redacción.
     
    2. Unos días más tarde (3 en mi caso), cuando esté lista, te avisarán para que vayas a recogerla.
     
    3. Con ese certificado y la copia de la nota simple informativa o de la escritura de propiedad que les dejaste a los del banco y que te devolverán, acudes a un notario y les dices que quieres cancelar la hipoteca en el registro de la propiedad.

    La notaría se pondrá en contacto con el banco y un representante del mismo irá a firmar la escritura de cancelación.

    Tú no tienes que acurdir a firmar nada, tan solo pagar ;)

    Como referencia, para una hipoteca de 170.000€, el coste de la escritura es de 250€.

    Cuando te avisen que puedes pasar a recoger el documento (en mi caso un mes más tarde) pídeles que te lo envíen escaneado a tu correo, será útil para el siguiente paso.
     
    4. IMPORTANTE: desde la fecha de firma del documento anterior tienes un plazo de un mes para hacer la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (gratuito).

    Al residir en Aragón y por la COVID, este trámite se hace online a través del siguiente enlace, https://aplicaciones.aragon.es/patrapa/ ,  donde puedes confeccionar el modelo 603 con los datos del préstamo y de la escritura de cancelación de la notaría.

    El importe de la liquidación es 0€, no hay que pagar nada por este trámite.

    El resultado final es un pdf que hay que enviar junto a la escritura de cancelación del paso 3 escaneada a la dirección [email protected] solicitándoles la liquidación del impuesto para su presentación ante el Registro de la Propiedad.
     
    5. Unos días más tarde (5 en mi caso), la Dirección General de Tributos te remitirá por correo electrónico (pdf) la diligencia de presentación telemática del expediente.
     
    6. Con toda la documentación tendrás que acudir al Registro de la Propiedad, en Zaragoza en la Plaza Mariano Arregui, 8 de 9 a 17 horas. Rellenarás a mano un formulario con tus datos de contacto y abonarás una provisión de fondos de 50€ que se descontarán en el momento de recoger la inscripción.

    Exactamente un mes más tarde, me han llamado para recoger la inscripción y abonar lo que quedaba pendiente.

    Te entregarán dos facturas, una a tu nombre y otra curiosamente a nombre del banco pero que pagas tú. El total asciende, para una hipoteca de 170.000€, a 223€ a los que hay que descontar los 50€ que anticipaste. Entre la documentación que te entregan aparece una nueva nota simple en la que ya no aparece mencionada la hipoteca.
  8. #22
    18/05/21 17:01
    Los gastos de levantamiento de hipoteca desgravan en el IRPF? Vendí mi vivienda habitual en 2020 (hipoteca ya pagada y cancelada, tanto económica como registralmente en 2018). No sé si debo incluir los gastos del levantamiento de hipoteca en la venta de mi vivienda.
  9. en respuesta a Conchidelucas
    -
    Nuevo
    #21
    26/02/21 13:40
    Hola, estoy en el mismo caso en ibercaja, me dicen que no existo, que mi nombre y mi hipoteca no aparecen en ningún registro... Increíble.
    Me podrías comentar que pasos has dado para arreglar esta situación.
    Muchas gracias
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