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Los ETFs han cambiado la industria de inversión y la manera en que se están gestionando los activos en los mercados financieros: costes más bajos, mayor transparencia, acceso por parte de casi cualquier inversor en casi cualquier parte del mundo desarrollado.

No es extraño que la industria de los ETFs esté experimentado un crecimiento tan brutal en los últimos años, tanto en volumen de activos gestionados como en número de activos.

Lo que convierte en realmente interesantes a los ETFs son sus características, muy beneficiosas para los inversores como una gran transparencia (saber en todo momento cómo se comporta), unos costes reducidos (comisiones) o la posibilidad de acceder a ellos en multitud de brokers serios, entre otras características. Precisamente este tipo de ventajas es lo que ha hecho que invertir en ETFs sea una de las elecciones preferidas de muchos inversores cualificados.

A continuación, vamos a conocer como funciona la fiscalidad de los ETFs.

¿Qué es un ETF?


ETF son las siglas de Exchange Traded Funds o fondo de inversión cotizado en nuestro idioma. ¿Esto qué significa? Simplemente son fondos de inversión que tienen como objetivo lograr replicar el comportamiento de una serie de valores que toman como referencia.

Un ETF es un fondo índice cotizado. Esto le convierte en un híbrido entre un fondo de inversión y una acción. Formalmente es un fondo de inversión y comprar participaciones de un ETF supone comprar una cesta de valores, igual que sucede con un fondo de inversión tradicional, pero cotiza en Bolsa igual que una acción.

Dicho de otra manera: un Exchange Traded Fund es un instrumento financiero que se encuentra en mitad de camino entre un fondo de inversión y una acción de bolsa tradicional. De las acciones coge la transparencia que ofrecen en su precio así como su liquidez y de los fondos de inversión la diversificación de crear una cesta de productos tan extensas como lo sea el ETF elegido.

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Aquí puedes ver en profundidad qué es un ETF: ventajas e inconvenientes.

¿Cómo se obtienen beneficios con las acciones?


Al igual que con las acciones, las ganancias o las pérdidas obtenidas con los ETFs se producen por la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta, por ejemplo, si yo compro un ETF a 10€ y lo vendo a 11€ estoy generando 1€ de beneficio. Por el contrario, si compro un ETF a 10€ y lo vendo a 9€, tendré 1€ de pérdida.

Otra cuestión también a tener en cuenta son los beneficios por dividendos. Existen ETFs de acumulación y ETFs de distribución. Los ETFs de acumulación reinvierten los dividendos que van repartiendo las empresas que los componen, por lo que no tenemos que preocuparnos de la parte fiscal, pero los ETFs de distribución si reparten los dividendos por lo que también estaríamos obteniendo una plusvalía y deberíamos declararla.

¿Cómo tributan los ETFs?


Los beneficios obtenidos por la venta de ETFs tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la Declaración de la Renta.

Al obtener la plusvalía por una venta explicada en el ejemplo anterior, tendrás que pagar impuestos en el IRPF y que se integrará con el resto de las ganancias y pérdidas para tributar en la base imponible del ahorro.

Cabe la pena destacar que la base imponible del ahorro es diferente a la base general (dónde se suman los rendimientos por el trabajo y/o actividades económicas) y tiene unos tramos y tipos menores:

Hasta 6.000 € se aplica un 19%.

Desde 6.000 y 50.000 € se aplica un 21%.

Desde 50.000 hasta los 200.000 € se aplica un 23%.

A partir de los 200.000 € se aplica un 26%.

En definitiva, tienes que tener presente que al comprar ETFs no tienes que declarar nada. En el momento de la venta, es cuando el contribuyente tendrá que determinar si hay o no ganancia patrimonial (como consecuencia de su revalorización).

En la fiscalidad de los ETFs debemos aplicar la norma FIFO (First In, First Out), según, la cual los primeros títulos que se transmiten son igualmente los primeros que se compraron. Este procedimiento se aplica cuando no se venden todas acciones que se poseen de una compañía, sino apenas unas pocas.

¿Cómo declarar mis ganancias de ETFs?


  • Descargar el informe anual o informe fiscal de las operaciones realizadas con tu bróker en el ejercicio.
  • Comprobar que los datos sean correctos (fecha, precio, comisiones).
  • Rellenar la sección Ganancias y Pérdidas Patrimoniales de la Declaración de la Renta (se encuentran en las casillas de la 326 a la 338).

¿Cómo declarar mis ganancias por dividendos de ETFs?


Los dividendos percibidos tienen un tratamiento fiscal similar, pero con matices diferentes. En este caso, como la ganancia no se deriva de una transmisión, sino que es una renta que percibimos simplemente por ser accionistas, se consideran rendimientos del capital mobiliario.

Los rendimientos del capital mobiliario también se integran en la base imponible del ahorro.

Por otra parte, en el momento de recibir los dividendos la Agencia Tributaria te aplicará una retención del 19%. El bróker que tramita el cobro te retendrá la cantidad directamente, por lo que recibirás el importe neto (una vez descontados los impuestos). Después, en la declaración de la renta, tendrás ajustar cuentas con Hacienda (las retenciones son simplemente un adelanto).

Conclusiones


En resumen, la fiscalidad de los ETFs es muy simple, incluso más simple que la de las acciones aún siendo muy similar ya que hay menos casuísticas.

Lo más habitual es cuando se genera una plusvalía por la compraventa de ETFs. El hecho fiscal se produce en el momento de la venta y se calcula la diferencia de precio entre la adquisición y transmisión de los ETFs (menos los gastos que puedan generarse). El beneficio se considera como ganancia patrimonial y pasa a integrarse en la base imponible del ahorro.

Si has obtenido pérdidas patrimoniales con la compraventa de ETFs, puedes compensarlas con las ganancias de otras operaciones y con hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario. En caso de que sigas teniendo pérdidas, puedes seguir compensándolas con los resultados de los 4 ejercicios siguientes.

En cuanto a los dividendos, se consideran como rendimientos del capital mobiliario y también forman parte de la base imponible del ahorro. En el momento de recibirlos, se te aplicará una retención del 19% automáticamente.


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