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¿Cómo incluir mi cartera de acciones en la declaración de la renta [2024]?

¿Cómo incluir mi cartera de acciones en la declaración de la renta [2024]?

¿Cómo es la fiscalidad de las acciones? Existen varias vías para generar ganancias a través de las acciones (plusvalías al venderlas, dividendos y operaciones con derechos de suscripción preferente). Es conveniente conocer la fiscalidad de ellas, puesto que generan ingresos y alteraciones en nuestro patrimonio y, por ende, deben pagarse impuestos.

¿Cómo se obtienen beneficios con las acciones?

Sabemos que las acciones son el valor que representa una parte alícuota del capital de una empresa. Las empresas suelen buscar financiación en los mercados de renta variable y para ello ofrecen a los inversores una participación en la empresa dividida en títulos (acciones). 

De esta forma, tienes tres formas de conseguir beneficios con las acciones:

  1. Con la compraventa, con la revalorización de precio.
  2. A través de los dividendos repartidos.
  3. Vendiendo los derechos de suscripción preferente.

Revalorización del precio

Las acciones cotizan en un mercado secundario donde el valor de esta acción puede posteriormente subir o bajar en función de los resultados de la compañía, de las perspectivas de negocio, del estado de su sector, del estado del país que constituya su principal mercado. Por ello, cuando un inversor compra acciones puede ganar dinero si la acción sube. Pero también puede perderlo cuando esta baja.

Lo difícil de invertir en acciones es dar con las buenas empresas y aguantar las fluctuaciones de precio, es decir, no vender antes de tiempo y, en el caso de producirse pérdidas, cortar la sangría a tiempo.

Reparto de dividendos

Además, como accionista, tienes una serie de derechos. El más característico es el relativo a participar en los beneficios anuales de la empresa (los que reparta entre sus accionistas). Es decir, tienes derecho a recibir dividendos.

Venta de derechos de suscripción preferente

No obstante, también existen otra forma de ganar dinero con las acciones. Cuando se produce una ampliación de capital, cada acción tiene incorporado un derecho de suscripción preferente que puede separarse del precio de dichas acciones y pueden venderse en el mercado.

Si el derecho de suscripción preferente se ejerce para adquirir nuevas acciones, no se produce un beneficio, a no ser que sea una ampliación parcial o totalmente liberada, que genera un aumento de tu patrimonio.

A continuación, vamos a tratar como es la fiscalidad de estas tres operaciones.

¿Cómo tributan las acciones?

Fiscalidad venta de acciones

Los beneficios obtenidos por la venta de acciones tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la Declaración de la Renta.

Al transmitir un título, se produce una plusvalía por la que tendrás que pagar impuestos en el IRPF y que se integrará con el resto de las ganancias y pérdidas para tributar en la base imponible del ahorro.

Cabe la pena destacar que la base imponible del ahorro es diferente a la base general (dónde se suman los rendimientos por el trabajo y/o actividades económicas) y tiene unos tramos y tipos menores:

  • Hasta 6.000 € se aplica un 19%.
  • Desde 6.000 y 50.000 € se aplica un 21%.
  • Desde 50.000 hasta los 200.000 € se aplica un 23%.
  • A partir de los 200.000 € se aplica un 26%.

En definitiva, tienes que tener presente que al comprar acciones no tienes que declarar nada. En el momento de la venta, es cuando el contribuyente tendrá que determinar si hay o no ganancia patrimonial (como consecuencia de su revalorización).

Para ello se tomará el precio de venta y se restará al precio de compra con el siguiente cálculo: Precio de compra – precio de venta – gastos asociados a la compra – gastos asociados a la venta.

En la fiscalidad de las acciones debemos aplicar la norma FIFO (First In, First Out), según, la cual los primeros títulos que se transmiten son igualmente los primeros que se compraron. Este procedimiento se aplica cuando no se venden todas acciones que se poseen de una compañía, sino apenas unas pocas. 

Con todo, te dejo con un listado de mejores brokers para comprar acciones, ya sean nacionales o de terceros países



 

DEGIRO

Interactive Brokers

Scalable Capital

XTB

Regulador


 

AFM (Holanda).

CBI (Irlanda), SEC 

BaFiN (Alemania)

KNF (Polonia), CNMV

Acciones reales

Sí 

Depósito mínimo 0,1€ 0€ 1€ 0€

Cuenta de demostración

No 

No

Comisiones acciones españolas

1€

0,5% (mínimo 3€) 

Desde 0,99€

0€

Comisiones acciones de EEUU

1€

0,005$/acción
USD (mínimo 1$)

Desde 0,99€

0€

Plataforma

Propia

Trader WorkStation
Global Trader

Propia

xStation 5


 

Saber más

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¿Cómo declara mis carteras de acciones con brokers? 

Realmente este es un proceso sencillo, que podemos resumir en tres pasos:  

  • Descargar el "informe anual" o "informe fiscal" del broker para el año a presentar declaración.
  • Comprobar que los datos de fechas, precios y comisiones son correctos.
  • Con dicha información, proceder a rellenar la sección de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales, casillas de la 326 a la 338, en la Declaración de la Renta.  

Ejemplos prácticos: 

👉 ¿Cómo declarar mi cartera de acciones de eToro?

👉 ¿Cómo incluir en la declaración de la renta mi cartera de Interactive Brokers?

👉¿Cómo hacer tu declaración de la renta con DEGIRO y TaxDown?

¿Cuál es la fiscalidad si tengo pérdidas en la compraventa de acciones?

Supongamos que, a la hora de vender tus acciones, en lugar de beneficios has tenido pérdidas (el valor de transmisión o precio de venta es inferior al valor de adquisición o precio de compra).

En este caso, en la declaración de la renta registrarás una pérdida patrimonial y puedes compensarla con otras ganancias obtenidas con instrumentos de similares características (otras operaciones con acciones, fondos de inversión, etc.).

Es decir, si realizas diferentes operaciones con valores, se compensan entre ellas para determinar la base sobre la que se calculará los impuestos a liquidar.

Ahora bien, tampoco puedes comprar unas acciones, venderlas a un precio inferior para generar deducciones y volver a comprarlas. Para evitar este tipo de fraudes, se establece la “norma anti-aplicación” (una aplicación es precisamente este tipo de operaciones de compraventas simultáneas para generar un efecto fiscal).

La norma anti-aplicación establece que no pueden compensarse pérdidas si en los dos meses anteriores o posteriores se han comprado acciones homogéneas.

Por lo demás, simplemente tienes que saber que, si una vez compensadas con las ganancias de otras operaciones, sigues teniendo pérdidas, puedes compensarlas con los rendimientos del capital mobiliario (otro tipo de beneficios a efectos fiscales que veremos a continuación), hasta un límite del 25%.

Si aún así sigues teniendo pérdidas, puedes compensarlas con las bases imponibles de los 4 años siguientes.

¿Cuál es la fiscalidad de los dividendos de las acciones?

Los dividendos percibidos tienen un tratamiento fiscal similar, pero con matices diferentes. En este caso, como la ganancia no se deriva de una transmisión, sino que es una renta que percibimos simplemente por ser accionistas, se consideran rendimientos del capital mobiliario.

Los rendimientos del capital mobiliario también se integran en la base imponible del ahorro.

Por otra parte, en el momento de recibir los dividendos la Agencia Tributaria te aplicará una retención del 19%. El bróker que tramita el cobro te retendrá la cantidad directamente, por lo que recibirás el importe neto (una vez descontados los impuestos). Después, en la declaración de la renta, tendrás ajustar cuentas con Hacienda (las retenciones son simplemente un adelanto).

Existen otros supuestos, como cuando cobras el dividendo en acciones (script dividend). Si quieres conocer con mayor profundidad cómo tributan los dividendos provenientes de empresas españolas o desde el extranjero, te recomiendo que leas el siguiente post:

👉 ¿Cómo tributan los dividendos en la Declaración de la Renta?

👉 ¿Cómo tributan los dividendos extranjeros? 

DEGIRO

Comisiones más bajas

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XTB

Comisiones 0% en acciones y ETFs

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Interactive Brokers

Con más de 1.5M de clientes

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Scalable Capital

Más de 1900 ETFs disponibles

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¿Cuál es la fiscalidad de los derechos de suscripción preferente de las acciones?

Cada acción que poseas tiene incorporado un derecho de suscripción preferente para acudir a una posible ampliación de capital. Esto significa que tienes preferencia a la hora de comprar nuevas acciones emitidas.

Ahora bien, ¿y si no tienes interés en acudir a la ampliación de capital y obtener nuevas acciones? (¿O sólo quieres utilizar una parte de tus derechos de suscripción preferente?).

En ese caso, puedes vender tus derechos de suscripción preferente, puesto que se separan del precio de las acciones y cotizan en la Bolsa de Valores (aunque sólo durante la ampliación de capital).

La fiscalidad de los derechos de suscripción preferente en este supuesto es muy sencilla, dado que obtienes un ingreso en metálico por su venta y tendrá una consideración de ganancia patrimonial sujeta a retención.

Sin embargo, hay más supuestos, como por ejemplo que sea la propia empresa la que te compre los derechos de suscripción preferente (si se da esta situación, se considera que los beneficios obtenidos son rendimientos del capital mobiliario y tienen el mismo tratamiento fiscal que los dividendos).

También es posible que acudas a la ampliación de capital, aumentes tu cartera de acciones y no se produzca un beneficio económico. Aquí tributarás cuando vendas las nuevas acciones.

Puedes ver a fondo la fiscalidad de los derechos de suscripción preferente en este artículo, dado que existen algunos otros casos (como las ampliaciones de capital liberadas):

👉 ¿Cómo tributan los derechos de suscripción preferente?

Conclusiones

En resumen, la fiscalidad de las acciones no es compleja, aunque existen múltiples supuestos por los que podrás tributar.

El más característico es cuando se genera una plusvalía por la compraventa de acciones. El hecho fiscal se produce en el momento de la venta y se calcula la diferencia de precio entre la adquisición y transmisión de las acciones (menos los gastos que puedan generarse). El beneficio se considera como ganancia patrimonial y pasa a integrarse en la base imponible del ahorro.

Si has obtenido pérdidas patrimoniales con la compraventa de acciones, puedes compensarlas con las ganancias de otras operaciones y con hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario. En caso de que sigas teniendo pérdidas, puedes seguir compensándolas con los resultados de los 4 ejercicios siguientes.

En cuanto a los dividendos, se consideran como rendimientos del capital mobiliario y también forman parte de la base imponible del ahorro. En el momento de recibirlos, se te aplicará una retención del 19% automáticamente.

El último supuesto que hemos tratado acerca de la fiscalidad de las acciones es cuando se produce una ampliación de capital y recibes un beneficio económico por la venta de los derechos de suscripción preferente. También son una ganancia patrimonial, forma parte de la base imponible del ahorro y también están sometidos a una retención fiscal.

¿Sabes cómo tributan los dividendos?
  • ¿Qué necesitas saber antes de la declaración de la renta?
  • ¿Cómo tributan los rendimientos del capital inmobiliario ?
  • Tipos de dividendos y su tributación
  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #20
    15/05/15 18:29

    Muchas gracias amparo,

    una última cuestión: He leído los posts sobre la norma antiaplicación pero me queda una duda,

    Si en dos operación con la empresa X gano y pierdo en menos de dos meses, pero con una empresa Y también pierdo, entonces puedo compenar las ganancias de X con las perdidas de Y?

    Entonces no sería necesario marcar la casilla de "no imputación de perdidas por recompra de valores homogeneos" o si?

    Muchas gracias por todo, con esto ya lo tendré todo claro.

    Disculpa las molestias causadas Amparo.

  2. en respuesta a vicente21
    -
    Top 100
    #19
    15/05/15 12:30

    Vicente, en entidad emisora pones el dato del valor, por ejemplo Inditex o Banco Santander, no el dato del broker. Agrupas las ganancias patrimoniales de Inditex, y las separas de las pérdidas patrimoniales de Inditex. Si has tenido más de 3 operaciones, puedes incluir en entidad emisora VARIOS y añadir todas las ganancias y por otro lado, todas las pérdidas.

    Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #18
    15/05/15 12:15

    Gracias amparo por tu rápida respuesta.

    Y en cuanto a las "entidades emisoras", entonces ¿al hacer la declaración se agrupa por entidad emisora y no por títulos?, es decir, si tengo operaciones por ejemplo con 4 compañías distintas pero uso el mismo broker (entidad emisora) como renta 4, entonces se pondría todo en una única casilla o tengo que separarlo por valores de empresas¿?.

    Muchas gracias de nuevo y disculpa mi inexperiencia en estos temas.

    Saludos

  4. en respuesta a vicente21
    -
    Top 100
    #17
    15/05/15 10:44

    Hola Vicente, a tu primera pregunta si, incluso si has tenido más de 3 operaciones puedes agruparlo todo en uno poniendo en entidad emisora VARIOS. Respecto a la Compensación de pérdidas: Declaración de la renta aquí está toda la información. Y la última duda, si tienes dos operaciones, tienes que ponerla por separado, en una la ganancia patrimonial y en otra la pérdida; aunque sea la misma entidad emisora.

    Saludos,

  5. #16
    14/05/15 22:37

    Hola Amparo,

    Es la primera vez que hago la declaración y tengo algunas dudas respecto a las acciones:

    - Si respecto a un mismo titulo tengo 2 compras y una única venta (en la que lo vendo todo), ¿se puede juntar en una misma casilla de "entidad emisora"?
    - Respecto a la norma de antiaplicación de dos meses: Si tengo dos operaciones dentro de un mismo mes, una plusvalía y otra minusvalía, ¿entonces tendría que ponerlas por separado en "Entidad emisora 1" y "Entidad emisora 2"?

    Muchas gracias por adelantado

  6. en respuesta a gusalda
    -
    Top 100
    #15
    07/05/15 19:04

    Buenas tardes, seguramente si que está calculado porque las operaciones de compra - venta de acciones a corto plazo en la Declaración de la Renta de 2014 tributan en la base imponible general, a un tipo marginal superior (al igual que ocurre con los rendimientos del trabajo). Saludos,

  7. Nuevo
    #14
    05/05/15 22:10

    Buenos días, un amigo me ha hecho la declaración del 2014, contando la hipoteca y eso me sale a cobrar 1400 euros como cada año pero si le añade una ganancia de 1000 euros de compraventa de acciones, todas en posiciones de menos de un año me sale a cobrar solo 200. Yo creo que se equivoca porque tengo que pagar todo lo que he ganado, pero el esta seguro que lo ha hecho bien porque son operaciones de menos de un año. Esta bien calculado?

  8. en respuesta a abeciruco
    -
    Top 100
    #13
    14/04/15 12:56

    Buenos días, en este artículo tienes información sobre los CFDs: Fiscalidad de los CFDs. Saludos,

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #12
    12/04/15 00:23

    Hola Amparo.
    ¿Como tributan los cfds?

  10. en respuesta a resti666
    -
    Top 100
    #11
    08/04/15 12:19

    Buenos días,

    Es posible, si las ganancias en bolsa son menores de un año, se incluyen en los rendimientos del trabajo en la base imponible general y no se podrán compensar con las pérdidas si estas han sido generadas en un periodo superior un año. Debes de revisarlo bien e incluso acudir a un asesor fiscal a que te aconseje.

    Saludos,

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #10
    08/04/15 10:59

    buenas, tengo varias dudas por si alguien sabe acerca de ellas:
    1. si hago la declaracion solo con mi nomina e hipoteca me sale a devolver 1200€. si ahora meto 1000€ de beneficios de bolsa y 2000€ de perdida (1000€ de balance total negativo, es decir, perdidas) ME BAJA LA DEVOLUCION A 600€, COMO PUEDE SER SI TENGO PERDIDAS? ES PQ SON MENORES DE UN AÑO LAS VENTAS POSITIVAS?

  12. en respuesta a Futurama
    -
    Top 100
    #9
    07/04/15 17:41

    Buenas tardes,

    He estado revisando el programa PADRE 2014 y me parece que las ganancias y pérdidas patrimoniales con acciones por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año van en la Casilla 278. Saludos,

  13. #8
    07/04/15 17:33

    Hola amparo en la renta de este año las acciones con ganancias y perdidas que se ponen en las casilla 277 y 278? o van en la 318 y 319? son a menos de un año.

  14. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #6
    27/12/14 16:37

    Todo clarísimo Amparo,

    Mil gracias!

  15. en respuesta a oklajoma
    -
    Top 100
    #5
    26/12/14 10:18

    Bienvenido a Rankia,

    En ambos casos, como la venta se produce en 2015, la ganancia patrimonial tributa en la Declaración de la Renta de 2015, acogiéndose a las normas de la Reforma Laboral y por tanto tributan en la base imponible del ahorro.

    Lo único que debes tener en cuenta, es en el caso de que esta operación en lugar de plusvalías, generará minusvalías que no podrías compensar con patrimoniales de 2015: Norma antiaplicacion compensación de las minusvalias acciones negociadas

    Saludos,

  16. Nuevo
    #4
    25/12/14 15:19

    Buenos días y Feliz Navidad!

    Una pequeña duda:

    Compra de acciones por ejemplo 31/12/2014
    Venta de las mismas acciones 02/01/2015 con Plusvalias

    Cómo me tributarían estas plusvalias? Como incremento Patrimonial por haberse realizado la compra/venta en un plazo inferior a 2 meses habiendo sido realizada la compra en 2014 donde imperaba la fiscalidad de 2014 o por el contrario tributarian incrementando la base imponible del ahorro al haberse materializado la venta en 2015?

    Muchas gracias!!!

    En el caso de comprar acciones por ejemplo el 31/12/2014 y venderlas el 10/01/2015. Dado que la compraventa se ha realizado en un perido inferior a dos meses,cómo me tributarian las plusvalias habiendose producido en 2015

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #3
    24/12/14 10:50

    Muchas gracias, Amparo.

    Y Felices Fiestas a todos.

  18. en respuesta a jaf098
    -
    Top 100
    #2
    24/12/14 10:26

    Buenos días,

    En este artículo se comentaban todos los cambios respecto a la fiscalizad de los Derechos de suscripción y declaración de la renta: cambios con la reforma fiscal. El script dividend es la venta de derechos de suscripción preferentes al mercado secundario.

    Un saludo,

  19. #1
    23/12/14 12:17

    Una duda fiscal:

    Qué diferencia hay entre el script dividend y la ampliación de capital gratuita?

    Con la nueva reforma fiscal, es cierto que la venta derechos del script dividend ya no se restará del precio de compra de las acciones?

    Gracias