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  1. Nuevo
    #80
    11/09/19 20:50

    Buenos días,
    Tengo una propiedad en USA en la que habito. Dada mi edad quisiera transferirla a mi hija que vive en España. El valor es de unos 85.000 Euros.
    La normativa indica que debería informarla mediante el modelo 720.
    Mi pregunta es: ¿Hay que pagar algún impuesto en el momento en que se informa?
    Ella no tiene ningún otro bien en España o el exterior.

    Cordiales saludos

  2. #79
    20/08/19 12:23

    PLUSVALIA MUNICIPAL MADRID.

    Buenos dias, voy a vender un piso por menor valor que lo compre, es decir, con perdidas. Tengo la escritura de compra y ahora la de venta. Hay alguna forma de directamente NO PAGAR plusvalia, puedo presentar el impuesto de plusvalia como exento??? o algun escrito alegando que tengo perdidas.

    o por el contrario sí o sí tengo que pagar la plusvalia y luego pedir la devolucion???

    muchas gracias.

  3. Nuevo
    #78
    23/06/19 12:09

    Hola,
    Estoy evaluando la compra de una vivienda de segunda mano y la propiedad es de una sociedad mercantil. La operación estaria sujeta a IVA (10%) o a ITP nsmisiones patrimoniales (8%).
    Gracias

  4. #77
    07/06/19 14:47

    Herede un vehículo, ahora quiero darle de baja, pero el vehículo está a nombre del fallecido ya que no realice ningún cambio de propietario, he ido pagando todos los años tanto el seguro como el número anual del coche. ¿Qué es necesario para darle de baja? ¿Que documentación es necesaria para darle de baja? Gracias por vuestra ayuda.

  5. #76
    15/05/19 21:52

    Hola soy KANDELÁ y recientemente le he donado un inmueble urbano a mi híja, el mismo lo heredé en proindivíso, posteriormente el 01/09/2.006 lo adquirí por extinción de condominio, por un valor total de 40.000,00 euros, aunque actualmente en Andalucía está bonificado con el 99,00% el I.S.D., no así el Plus Valía Ayuntamiento y el IRPF I.D.P.
    Tras cálculos míos el Plus Valía se eleva a 3.053,65 y I.D.P a 5.008,36, esto es partiendo desde la herencia y hasta un valor del suelo de 18.307,25 ultima ponencia de 2013 y como valor de transmisión el mínimo fijado por Agencia Tributaria J.A. 47.200,00 euros.
    Mi duda está en Plus Valía ya que tomo la fecha herencia y era solo el 50% mío, o debería partir desde la extinción que resultó exenta?. En cuanto al IRPF pues también he de hacer dos cálculos el primero desde la herencia y el segundo desde la extinción de condominio, cada uno por la mitad del valor. ¿Si prospera el Plus Valía su importe se puede minorar como gastos en IRPF?. ¿En el segundo cálculo no habría que partir desde la extinción pero en su totalidad, es decir en 40.000,00?.
    Sé que me he excedido en detalles, pero lo creo necesario para un mejor etendimiento. Muchas gracias por vuestra ayuda.

  6. Nuevo
    #75
    22/04/19 16:37

    Hola: Acabo de llegar a Espana en Enero 2019 y aun no soy residente ,tengo una cuenta en EEUU y otra en Panama. Cuando debo declarar el modelo 720 de forma informativa?

  7. #74
    05/04/19 20:10

    Buenas tardes. Tengo un problema . En Diciembre se hizo un reparto de Herencia. Se encargó a un Gestor a mediados de Diciembre de 2018. Entregamos un dinero que nos pidió a cada uno de los herederos para pagar en Hacienda.(5).
    Aún no nos remitieron el detalle. Conocemos datos porque en los Datos Fiscales aparece una cantidad y un porcentaje como Nuda Propiedad.
    Mi pregunta es ese dinero entregado puede corresponder al IMPUESTO DE SUCESIONES?. No debería si es asi aparecer en Hacienda como pagado y figurar el Modelo 650. A ver si alguien lo sabe y puede ayudarme. Gracias

  8. Nuevo
    #73
    01/04/19 17:46

    Heredé un inmueble de mi padre (100%) con valor de 48.600,68 según consta en el Impuesto de sucesiones del año 2015. Mi madre es usufructuaria. En el 2018 lo vendí por 36,.000,00 habiéndolo puesto a mi nombre para venderlo. Tengo que declarar el 90% del valor y mi madre el 10% como usufructuaria. No estaba alquilado.Mi pregunta es si en el valor de transmisión y en el de adquisición tengo que poner el 90% y mi madre el 10% restante?

  9. #72
    26/03/19 19:44

    Tengo que hacer un modelo 720 porque se ha cancelado una cuenta bancaria declarada en años anteriores.

    El problema es que como tengo que declarar todas las cuentas bancarias aunque ya fueron declaradas en declaraciones anteriores y estas eran del Banco Popular el cual ya es Banco Santander actualmente,habiéndome cambiado el IBAN (no por cancelación y apertura, sino porque el Popular ha sido absorbido por el Santander).
    Que IBAN y fecha de apertura pongo el anterior o el actual.

    Gracias anticipadas.

  10. Nuevo
    #71
    18/03/19 11:25

    Muy buenas, a ver si me pueden sacar de dudas.
    Mis padres en diciembre de 2018 hacen una donacion de sus vienes a mi como hijo y mi hermano no quiere aceptar la donacion, yo la acepto encantado, tambien queda su vivienda en usufructo para mis padres, hasta ahi bien, en febrero de 2019 fallece mi padre y la pregunta es la siguiente:
    Que tiene que hacer mi madre ahora??
    Yo que acepte la donacion tengo que pasar por notaria otra vez ???
    Y en el caso de mi hermano que no quiso aceptar la donacion ,que debe de hacer el en concreto????
    Que hay que hacer en general, ya que andamos un poco perdidos.
    Gracias de antemano

  11. Nuevo
    #70
    20/12/18 15:51

    Buenas tardes, somos una familia que vamos a vender un terreno urbanizable que proviene de una Junta de Compensación y la empresa que lo compra lo quiere hacer por Iva, por lo que nosotros debemos darnos de alta en el modelo 036, la pregunta es: esto es correcto y lícito , nos afecta fiscal o de alguna otra manera a nostros???Gracia y un saludo

  12. en respuesta a Nievesa
    -
    Luis Ángel Hernández
    #69
    21/05/18 08:46

    Buenos días
    En este video te explican como declarar esa pérdida paso a paso:
    https://www.rankia.com/blog/planificacion-financiera-fiscal-de-la-jubilacion/3879011-como-tributan-perdidas-accionistas-banco-popular

    Saludos

  13. #68
    19/05/18 13:19

    Buenos días, he sido perjudicada por las acciones del Banco Popular y al hacer la renta 2018 indicó en la casilla 310 el importe de compra, valor de fecha testamento de mi padre, y valor de venta 0,1 pero el resultado de la declaración no me varía...
    Se ha de trasladar el importe de la pérdida a alguna otra casilla, pues el resultado de la declaración es el mismo si indicó la pérdida por la venta de acciones o no la incluyó, es normal????

  14. Nuevo
    #67
    04/05/18 13:08

    Hola, soy extranjero y vivo en España desde el 2014. Anterior a venir a vivir aqui, tengo una cuenta en Estados Unidos por 80.000 dolares solo a mi nombre y un departamento en Colombia a nombre mio y de mi señora con valor de compra de dolares 65.000. No presente el 720 aun. El departamento lo tengo que poner en el formulario? y que multas me caben por no haberlo presentado en su momento. Gracias

  15. Nuevo
    #66
    24/03/18 13:56

    Hola, tengo um prestamo en una cuenta en el extranjero. Devo incluir el valor para el calculo del valor total en cuentas para el modelo 720.

  16. Nuevo
    #65
    20/02/18 08:48

    Buenos días y enhorabuena por tu blog.
    Mi duda con respecto al 720 es la siguiente.
    Se compraron unos inmuebles en Venezuela con la moneda de uso (bolivares) hace mas de 30 años. En el año 2007 la moneda desaparece y entra en juego una nueva llamada bolivar fuerte. 1 bolivar fuerte son 1000 bolivares de los de los antiguos. Que monto se deberia colocar: el de compra, fuera de curso, o hacer una conversión de los antiguos bolivares a los nuevos.
    Gracias y saludos.

  17. #63
    15/10/17 15:08

    Buenos días. Soy divorciada y el padre de mi hijo acaba de fallecer. En la herencia están tambien otro niño y su viuda. Una de las propiedades es una casa rústica que antes de que se haya abierto el testamento, acaba de señalizarse con un contrato de arras firmado por la viuda y por mí, por ser ambas madres de niños menores de edad.Me han dicho la viuda y la inmobiliaria que se haga a la vez, el mismo acto, la apertura de testamento y la compraventa de esa casa. Mi duda es que mi hijo estoy segurísima que no es heredero del 50% del bien, por tanto, en lo que se refiere a gastos que conlleve la compraventa quiero pagar la misma proporción y esto, en concreto, no lo veo reflejado por ninguna parte en el contrato de arras.

    Mis dudas son: Quien redacta ,una vez leído el testamento, la proporcion de la herencia y gastos que corresponden a cada parte de la compraenta? Es mejor hacerlo en dos actos diferentes, no uno a continuación de otro?
    El problema es que en este tema me tienen completamente apartada ya que no existe relación fluida y no sé si esto es correcto.
    Disculpe la extensión pero he sido incapaz de resumirlo más. Gracias de antemano y un saludo.

  18. Nuevo
    #62
    23/06/17 19:01

    Hola,
    Me fue donado un inmueble en el 2007 con valor declarado de 140.000€ y se pagaron los impuestos correspondientes (34.312€ gastos incluidos)
    Vendí en el 2012 el 50% a mi hermano por 50.000€ con el correspondiente pago de plusvalía y gastos de notaría.
    Ahora hemos vendido en el 2016 por valor de 103.000€.
    ¿Qué valor de adquisición tengo que declarar? los 70.000€ (140.000€/2) o los 50.000€ que es lo lógico como valor de mercado en 2012 y por lo que volví pagar impuestos.
    ¿Que gastos puedo incluir en esta última venta: Plusvalía, IBI, Agencia, ...? el resto va por parte del comprador
    Gracias por su respuesta.

  19. #61
    22/05/17 20:08

    Buenas tardes - Yo vivo en Cataluña y hago declaración de patrimonio. Los pisos que tenemos (excluyendo la vivienda habitual) estan a nombre, a partes iguales, de mi marido y yo. Mi marido no está obligado a hacer la declaración de patrimonio. Revisando declaraciones anteriores he visto que mi asesor ha puesto todo el valor catastral de los pisos en mi declaración. Mi pregunta es: No debería ser solamente la mitad de esta cantidad. Y si es asi y he pagado de más ¿qué puedo hacer? Muchas gracias