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Cuando recibes el dinero de una herencia, el primer paso no es invertirlo — es no tocarlo durante al menos 30 días. Colócalo en un fondo monetario o cuenta remunerada, liquida el Impuesto de Sucesiones en el plazo legal (6 meses desde el fallecimiento) y después decide con calma. Si saltas ese orden, puedes cometer errores fiscales que cuesten más que los propios impuestos.

Este artículo te explica exactamente qué hacer, en qué orden y con qué productos, según el importe heredado y tu comunidad autónoma.

Los 4 pasos en orden: qué hacer nada más recibir la herencia

  1. Aparca el dinero en un fondo monetario o cuenta remunerada. Rentabilidad del 2,5–3,5% anual, liquidez inmediata, sin riesgo de mercado. Es el lugar correcto mientras completas los pasos siguientes. Puedes contratar fondos monetarios sin mínimo desde MyInvestor.
  2. Calcula el Impuesto de Sucesiones antes de tocar nada. El IS varía enormemente por comunidad: en Madrid hay bonificación del 99% para herederos directos; en otras comunidades puede superar el 20% del valor heredado. Sin saber cuánto debes pagar, no sabes cuánto dinero tienes realmente disponible para invertir.
  3. Liquida el IS en plazo. El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6 meses con solicitud previa). El incumplimiento genera recargos del 5% al 20% más intereses de demora.
  4. Decide la estrategia de inversión. Solo cuando hayas completado los pasos anteriores y sepas exactamente cuánto dinero queda disponible, empieza a pensar en cómo invertirlo.

La ventaja fiscal más importante que tiene heredar fondos de inversión

Si la herencia incluye fondos de inversión, existe una ventaja fiscal excepcional que muy poca gente conoce: la plusvalía del muerto.

Cuando el titular de un fondo fallece, las ganancias que ese fondo había acumulado hasta su muerte quedan exentas de tributación para el heredero. Es decir: si tu padre compró participaciones de un fondo por 20.000€ y en el momento de su fallecimiento valían 50.000€, los 30.000€ de ganancia no tributan en el IRPF del heredero. El heredero "entra" en el fondo a un valor de 50.000€, y solo tributará por las ganancias que genere a partir de ese momento.

Esto puede suponer un ahorro de entre el 19% y el 28% sobre la plusvalía acumulada — en el ejemplo anterior, entre 5.700€ y 8.400€ en impuestos que no se pagan.

Excepción importante: los planes de pensiones NO tienen esta ventaja. El heredero tributa la totalidad del plan de pensiones como rendimiento del trabajo — que puede llegar al tipo marginal más alto del IRPF (hasta el 47%). Por eso los fondos de inversión son significativamente mejores que los planes de pensiones como vehículo de herencia.

Impuesto de Sucesiones por comunidad autónoma: las diferencias son enormes

Comunidad Autónoma
Bonificación herederos directos (grupo I/II)
Impacto en herencia de 100.000€
Madrid
99%
~0€ de IS
Andalucía
99% (desde 2022)
~0€ de IS
Galicia
100% (desde 2024)
0€ de IS
Cataluña
0–57% reducción variable
Entre 5.000€ y 20.000€ de IS
Asturias
0% bonificación general
Hasta 20.000€+ de IS
Extremadura
99% (desde 2023)
~0€ de IS
Datos orientativos. El IS depende también del grado de parentesco, el patrimonio preexistente del heredero y el valor exacto de la herencia. Consulta siempre con un gestor fiscal antes de liquidar.

¿Puedo acceder a los fondos heredados antes de liquidar el IS?

Sí, pero con condiciones. Los fondos de inversión son un tipo de activo al que Hacienda permite acceder antes de liquidar el Impuesto de Sucesiones si lo solicitas expresamente y la Agencia Tributaria lo aprueba. El motivo habitual: usar parte del propio fondo heredado para pagar el IS. Es una de las peticiones más frecuentes.

El procedimiento requiere solicitud formal a la AEAT con el detalle de los activos heredados y el importe estimado del IS. El plazo de respuesta es variable — en la práctica, puede tardar de 2 a 6 semanas.

Cómo invertir la herencia según el importe recibido

Una vez liquidado el IS y conocida la cantidad real disponible:
Importe disponible
Estrategia recomendada
Dónde
Menos de 30.000€
Roboadvisor o cartera indexada simple (MSCI World + renta fija)
30.000€ – 150.000€
Cartera diversificada fondos indexados + monetario de colchón (12 meses gastos)
Más de 150.000€
Asesoría financiera independiente + planificación patrimonial + diversificación real (fondos, inmobiliario, RF)

¿Lump sum o DCA con la herencia?

La herencia tiene una particularidad psicológica importante: el dinero no se ha ganado con trabajo propio, lo que hace más fácil tomarlo como "dinero de juego" o, al contrario, volverse excesivamente conservador por miedo a perder lo que dejó un ser querido.

La recomendación más extendida entre asesores financieros para herencias medianas (30.000€–150.000€): invertir en tres tramos a lo largo de 6 meses — un tercio al recibir el dinero, otro tercio a los 3 meses y el último a los 6. Esto distribuye el riesgo de timing sin dejar el dinero parado demasiado tiempo.

Para herencias grandes (más de 150.000€), el asesoramiento personalizado es imprescindible antes de ejecutar cualquier inversión.

Cuándo NO invertir la herencia (al menos no todavía)

  • Si todavía no has liquidado el IS — no sabes cuánto dinero tienes realmente.
  • Si tienes deudas con tipo de interés superior al 5% (hipoteca variable, préstamos personales, tarjetas) — amortizar deuda es una inversión de rentabilidad garantizada.
  • Si no tienes fondo de emergencia de al menos 6 meses de gastos — construirlo primero.
  • Si estás en un período de duelo reciente y las decisiones financieras te generan ansiedad — el dinero en un monetario pierde poco poder adquisitivo. La paz mental vale más que el 1% de rentabilidad extra.

Preguntas frecuentes sobre heredar dinero

¿Tengo que declarar la herencia en el IRPF?
La herencia en sí (el capital recibido) no se declara en el IRPF — tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que es un impuesto separado. Lo que sí se declara en el IRPF son las ganancias que generes después con ese dinero (intereses, plusvalías de fondos, dividendos).

¿Qué pasa si la herencia incluye un piso?
El piso tributa en el IS como parte de la masa hereditaria. Si decides venderlo después, la diferencia entre el valor de herencia y el precio de venta tributa como ganancia patrimonial en el IRPF (19–30%). Si decides alquilarlo, los ingresos tributan como rendimientos del capital inmobiliario.

¿Puedo traspasar los fondos heredados sin pagar impuestos?
Sí. Los fondos UCITS son traspasables sin peaje fiscal en España. Puedes mover el fondo heredado a otro fondo sin tributar por las ganancias hasta el momento del reembolso definitivo.

¿Dónde puedo ver y gestionar mi cartera de fondos heredados?
Puedes simular y hacer seguimiento de tu cartera en MyPortfolio de Rankia de forma gratuita antes de comprometer ninguna decisión.
👉 Volver a la guía general: ¿Qué hacer cuando recibes dinero de golpe?

Contenido informativo. No constituye asesoramiento fiscal ni financiero personalizado. El Impuesto de Sucesiones varía por comunidad autónoma y circunstancia particular — consulta siempre con un profesional. 
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