La prima del primo de Mutua Madrileña.
Hechos:
Tengo una póliza de seguro de hogar desde hace varios años con la Mutua Madrileña.
A principios de año, un coche derribó el muro del chalet y después de numerosas llamadas y correos ,al final conseguí que un perito , evaluara los daños. por unos 3500 euros.
Mientras se resolvía el parte y antes de cobrar y reparar el daño, el viento arrancó varios pinos que agravaron el dañó anterior, aún no reparado, por un importe adiciona de 5000 euros.
Al final después de varias llamadas, correos ,cobré religiosamente el importe total.
Ahora recibo un buro fax de la compañia del que copio algunos parráfos:
"Mutua Madrileña tiene establecida una política de adecuación y control de siniestralidad según la cual , en fucnion del historial y de criterios técnicos /actuAriales , se puede producir la no renovación del contrato .
Habienso sido analizado su caso concreto, se ha verificado en los últimos años una desproporción entre le preio de su seguro, los reisgos asegurados y la siniestralidad poudicda por los que se ha dterminado que no se prorrogue su contrato "
Cita el articulo 22 de la ley 50/80 de 8 octubre,de Contrato de Seguro y las Condiciones generales y particulares del mismo.
Consideraciones particulares.
Creo que es una forma bastante habitual por parte de las aseguradoras esta forma de proceder ,rescindiendo a póliza a vencimiento.
El apoyo legal más fuerte para apoyar dicha decisión está en las Condiciones generales y particulares del mismo, ya que el Art 22 habla de plazos y no de causas para rescindir el contrato.
Los usuarios desconocemos los criterios de control de siniestralidad en función del historial y criterios ténicos para no renovar el contrato.
El análisis del caso concreto de mi caso, se basa en causas estructurales o en la mala suerte de dos eventos en pocos meses .
¿Tengo derecho a examinar el estudio o rebatir las conclusiones ?.
¿Puedo reclamar ante la Mutua o la Dirección General de Seguros , dicha resolución?.
¿Devuelven parte de la prima a los asegurados sin siniestros?.
¿Han visitado la vivienda y su entorno , o ha sido la I.A o cualquier herramienta para tomar dicha decisión ?.
¿Conocéis alguna compañia de seguro que te informe mejor de nuestros derechos, si es que tenemos.?.
Conclusiones.
La formación financiera debe incluir aquellos elementos que usamos a lo largo de la vida.
Pasarán por el Ministerio de Comercio y Consumo , ministros de todas las tendencias , que el consumidor siempre lleva las de perder y nada hacen para defender sus derechos.
La lupa para ver los precios por kilo y la calculadora para poder comparar los precios en los supermercados se hacen cada vez más necesarias.
Hechos:
Tengo una póliza de seguro de hogar desde hace varios años con la Mutua Madrileña.
A principios de año, un coche derribó el muro del chalet y después de numerosas llamadas y correos ,al final conseguí que un perito , evaluara los daños. por unos 3500 euros.
Mientras se resolvía el parte y antes de cobrar y reparar el daño, el viento arrancó varios pinos que agravaron el dañó anterior, aún no reparado, por un importe adiciona de 5000 euros.
Al final después de varias llamadas, correos ,cobré religiosamente el importe total.
Ahora recibo un buro fax de la compañia del que copio algunos parráfos:
"Mutua Madrileña tiene establecida una política de adecuación y control de siniestralidad según la cual , en fucnion del historial y de criterios técnicos /actuAriales , se puede producir la no renovación del contrato .
Habienso sido analizado su caso concreto, se ha verificado en los últimos años una desproporción entre le preio de su seguro, los reisgos asegurados y la siniestralidad poudicda por los que se ha dterminado que no se prorrogue su contrato "
Cita el articulo 22 de la ley 50/80 de 8 octubre,de Contrato de Seguro y las Condiciones generales y particulares del mismo.
Consideraciones particulares.
Creo que es una forma bastante habitual por parte de las aseguradoras esta forma de proceder ,rescindiendo a póliza a vencimiento.
El apoyo legal más fuerte para apoyar dicha decisión está en las Condiciones generales y particulares del mismo, ya que el Art 22 habla de plazos y no de causas para rescindir el contrato.
Los usuarios desconocemos los criterios de control de siniestralidad en función del historial y criterios ténicos para no renovar el contrato.
El análisis del caso concreto de mi caso, se basa en causas estructurales o en la mala suerte de dos eventos en pocos meses .
¿Tengo derecho a examinar el estudio o rebatir las conclusiones ?.
¿Puedo reclamar ante la Mutua o la Dirección General de Seguros , dicha resolución?.
¿Devuelven parte de la prima a los asegurados sin siniestros?.
¿Han visitado la vivienda y su entorno , o ha sido la I.A o cualquier herramienta para tomar dicha decisión ?.
¿Conocéis alguna compañia de seguro que te informe mejor de nuestros derechos, si es que tenemos.?.
Conclusiones.
La formación financiera debe incluir aquellos elementos que usamos a lo largo de la vida.
Pasarán por el Ministerio de Comercio y Consumo , ministros de todas las tendencias , que el consumidor siempre lleva las de perder y nada hacen para defender sus derechos.
La lupa para ver los precios por kilo y la calculadora para poder comparar los precios en los supermercados se hacen cada vez más necesarias.