Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Cajas de Ahorro ¿Un cúmulo de despropósitos o solo provocados por las circunstancias? Tercera y última parte. *045*


 

Procede del post:

http://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1387896-cajas-ahorro-cumulo-despropositos-solo-provocados-por-circunstancias-segunda-parte

 

Las “perlas”  de la demanda

 

No voy a entrar a valorar si se podrá probar con fehaciencia todo el contenido de la demanda presentada por UPyD, y tal como se indica al principio de este post de blog (en su primera parte) no es la idea del mismo, para esto están los tribunales, me limitaré a remarcar la parte que entiendo procedente a dichos efectos.

 

Base tomada de: http://www.sate.org.es/circulars/2012/QuerellaBankia.pdf

 

Como preliminar tengamos en cuenta o recordemos lo que es un Tribunal de Justicia, un estado de derecho dispone de tres poderes.

  • El legislativo (congreso de los diputados y el senado)
  • El ejecutivo (el gobierno)
  • El judicial (el que nos ocupa)

En un Tribunal de Justicia, no se decretan leyes, se ejecutan, se hacen cumplir, en ocasiones son susceptibles de interpretaciones, y las leyes no las crea el poder judicial, esto está reservado al poder legislativo, con lo cual no siempre una sentencia va  a coincidir con este elevado concepto que significa la palabra “justicia”, en muchas ocasiones la ley coincide con el concepto, pero no siempre, ello al margen de la subjetividad del mismo, normalmente será  justo para el que gana e injusto para el que pierda.

Esta apreciación la incluyo porque en la lectura del texto de la demanda, encontraremos conceptos, acusaciones, dudas, o incluso indicios que pueden “de cajón” , pero para convertirse en pruebas de cargo, hay que demostrarlo, con la ley en la mano, sin que pueda existir atisbo de duda, y esto no es tan simple, los indicios son eso, meros indicios.

Antes de empezar a enumerar dichas “perlas”, hay que efectuar algunas consideraciones previas, y de no hacerlo, este post de blog, debería “ser acusado de populismo”:

Ahora es muy fácil determinar si tales salarios o indemnizaciones eran adecuadas, ya que visto lo visto, cualquier salario con varios ceros detrás, otorgado por una entidad con problemas serios, y en muchos casos reflotada o evitada su quiebra con recursos del estado, supondrá a primera vista o que muchos vamos a considerar que esto es un presunto expolio.

Yo creo que no siempre habrá sido así, me explico con un ejemplo:

 

Un directivo de empresa, que tiene una trabajo fijo, una antigüedad determinada, un salario elevado, una experiencia demostrable y unos pluses por resultados determinados, recibe una llamada de otra empresa para ostentar un cargo relevante en ella … supongo que veis por dónde voy ¿va a cambiar de empresa por el mismo salario? ¿va a empezar de cero, perdiendo la antigüedad, los derechos de su actual trabajo, etc., etc.?  Las respuestas son obvias, él no ha solicitado cambiar de empresa, es la nueva empresa la que solicita sus servicios, y es más que evidente que en una perfectamente entendida “protección personal” deberá “blindarse” de alguna forma, recordemos que las altas direcciones son cargos de confianza, no funcionan por el “estatuto de los trabajadores”, prueba de ello la tenemos en las recientes demandas contra la ex directora general de la CAM Sra. Maria Dolores Amorós http://www.expansion.com/2011/09/28/empresas/banca/1317163272.html . No, no pretendo centrarme en nada de esto, ni desde luego justificarlo, simplemente dejar constancia de que un cambio de trabajo a nivel directivo tiene unos riesgos, y es hasta cierto punto normal que los que asumen nuevos retos y que al mismo tiempo van a perder derechos, antigüedades, etc. de sus anteriores trabajos, solo vayan a asumirlos, si éstos son respetados, o en su defecto existen “blindajes” para ello.

En este sentido y para el caso Bankia, y así lo indica la demanda, la cuestión a debatir ante el juez, será si estas protecciones de los directivos fueron pactadas con anterioridad al “fichaje” del directivo cuestionado, o por el contrario fue pactado una vez asumido el nuevo empleo, que convendremos todos que no es lo mismo, ni siquiera parecido.  No atender a estas cuestiones adecuadamente, creo que es hacer simple “populismo”, que queda muy bien ante la opinión pública, pero no atendería a las realidades de dichas contrataciones.

Luego hay un asunto a considerar y es la experiencia norteamericana en este sentido, como muchos conoceréis, las intervenciones bancarias empezaron antes que en España en otros estados occidentales, ya que aquí parecía que teníamos un mejor sistema bancario, y no era un comentario gratuito, respondía a una realidad contrastable, insuficiente vale, y tenía base, sobre ello comenté en el post  http://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1271134-dotaciones-genericas-especificas-sistema-bancario-mas-solvente-mundo , bien ... el asunto norteamericano, pues resulta que con la intervención de la Reserva Federal (el equivalente al Banco de España y BCE en aquellas latitudes) pretendió pagar menores emolumentos a los directivos, pero esto no fue posible, los considerados adecuados para la nueva etapa no tenían interés en meterse ahí con salarios inferiores a lo podrían obtener en otras empresas, con lo cual el gobierno Obama tuvo que dar su brazo a torcer.

Finalmente y antes de centrar “las perlas”, hay algo que no deberíamos olvidar en el caso Bankia, y es la responsabilidad del Sr. Rato en todo el asunto, probablemente si lo es al máximo nivel, junto a su equipo directivo del asunto de la salida a bolsa (verano de 2011), o del valor de las acciones determinado tanto en el inicio de la cotización, como posteriormente en su valor para el mas o menos reciente canje de las participaciones preferentes, pero no se puede achacar a dicho equipo la totalidad de los problemas financieros de Bankia, porque ellos tendrán, presuntamente, relación con actuaciones, políticas … del anterior equipo directivo capitaneado por D. Miguel Blesa, y hasta es posible (pero tal vez remotamente) que algo tenga que ver con el anterior de D. Jaime Terceiro, que cesó en 2003, porque todo esto no viene de un día, ni de dos años, esta crisis se ha ido fraguando al menos en los últimos 5 años … Pero no, Lo demanda no pretende, por lo que parece, debatir si la gestión de dichos equipos directivos fue acertada o no, y que parte de la misma son circunstancias (crisis, mercados …), se limita a debatir si pudo existir presunto engaño tanto en la salida a bolsa o el posterior canje de capital por preferentes.

Detalles del texto de la demanda

 

En la página 27, se detalla que se llegaron a vender preferentes a analfabetos, pero no por parte de Bankia, sino de CaixaNova, en todo caso es de suponer que a pesar de la gravedad del hecho, es una mera anécdota, imaginamos que para nada habrá sido la tónica general, aún cuando lo que si empieza a demostrarse es que ventas de estos híbridos a cliente con perfiles inadecuados es un hecho constatable.

Página 31:“Pues bien, como recientemente se ha conocido, el Sr. Izquierdo, Presidente de la intervenida Banco de Valencia y que desempeñó también la vicepresidencia de la (ahora también rescatada) Bancaja, no solo disfrutaba de unos emolumentos anuales de 200.000 euros, sino que además su “fichaje” está blindado con nada menos que casi 14 millones de euros, que resultan de la suma de 7,63 millones en una póliza que cubre su jubilación, fallecimiento e invalidez y de otra de 6,28 millones en un seguro de ahorro que percibirá si opta por prejubilarse.”

Página 40: Una constatación de la cuestión de las “sillas” que antes hemos indicado …. La demanda reza así “Sorprendentemente, D. Rodrigo de Rato, a pesar de todo lo sucedido sigue siendo Presidente de Caja Madrid. Posteriormente tendremos ocasión de referirnos a algunas de sus manifestaciones posteriores a la renuncia a su puesto de Presidente de BANKIA, pero por ahora simplemente nos gustaría poner de manifiesto que, a pesar de la pésima gestión de la entidad, el mismo no solo sigue ostentando idéntico puesto en Caja Madrid, sino que tampoco nos consta que haya renunciado a la Presidencia de la mercantil Caja Madrid Cibeles, S.A., ni a la vicepresidencia del Consejo de Confederación Española de Caja de Ahorros (CECA) ni a la Presidencia del Consejo de la Corporación Financiera de Caja de Madrid.”

En el punto quinto de la demanda, página 63: “Los presidentes, consejeros delegados y altos ejecutivos de las cajas de ahorros que han recibido ayudas públicas cuentan con blindajes en sus contratos por un importe conjunto superior a 20 millones de euros, según la información facilitada a la autoridad reguladora. Los primeros espadas de las siete cajas que han recibido recursos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) por valor global de 14.400 millones de euros gozarían de indemnizaciones que oscilan entre los 360.000 euros y los 4,5 millones de euros en caso de abandonar el cargo de forma no voluntaria.”

En concreto, en la citada noticia se citan los En concreto, en la citada noticia se citan los casos del consejero delegado de BANKIA, el querellado D. Francisco Verdú, con un blindaje de 3,4 millones de euros, el del ex presidente de Bankia y de su matriz Banco Financiero y de Ahorros (BFA), Rodrigo Rato, de 2,8 millones y el del director  financiero y de Riesgos de Bankia, D. Ildefonso Sánchez Barcoj, con un total de 4,5 millones de euros.

Como hemos tenido ocasión de indicar a la hora de hablar del rescate del Banco de Valencia, tanto dicha entidad como Bancaja presentan algunos de los supuestos más escandalosos de este tipo de prácticas. Es el caso, por ejemplo, de D. Aurelio Izquierdo, director financiero de Bancaja, que cuenta nada menos que con un 'blindaje' de 13,92 millones de euros, según se ha desvelado a raíz de la publicación del informe anual del Banco Financiero y de Ahorros (BFA), pues dicha indemnización no constaba en los documentos de Bancaja, tal y como se ha indicado en los medios.

Página 64:  “La Audiencia Provincial ordena investigar las prejubilaciones de Caja Segovia”, indicando en el cuerpo de la noticia que “la denuncia ponía de manifiesto, según el auto, las desproporcionadas prejubilaciones otorgadas al director general de la Caja, Manuel Escribano (12 millones de euros) y al resto de los integrantes del comité de dirección (30 millones de euros como monto global).”

Al final de la misma página se indica: “La Audiencia Provincial ordena investigar las prejubilaciones de Caja Segovia”, indicando en el cuerpo de la noticia que “la denuncia ponía de manifiesto, según el auto, las desproporcionadas prejubilaciones otorgadas al director general de la Caja, Manuel Escribano (12 millones de euros) y al resto de los integrantes del comité de dirección (30 millones de euros como monto global).”

Al final de dicha página 64: Dª María Dolores Amorós, ex directora general de Caja Mediterráneo (CAM), que hubo de ser objeto de un rescate del Estado por importe de 2.800 millones de euros, acordó para sí un sueldo anual cercano a los 600.000 euros y se garantizó el pago de una pensión vitalicia de 370.000 euros.

Cuatro ejecutivos de Caixa Penedés se garantizaron el cobro de un plan de pensiones que, en total, sumaba 20 millones de euros.

En la 65: Domingo Parra, ex director general de Banco de Valencia (participada por BFA Bankia), que pactó para su salida el pago de una indemnización de 7,5 millones de euros.

Otra caso ciertamente sorprendente es el de cuatro directivos de Novacaixagalicia que se prejubilaron justo antes de que el FROB se viera obligado a inyectar 2.460 millones de euros, lo cual no les va a impedir cobrar 33 millones de euros en planes de pensiones, a lo que hay que sumar el abono de su correspondiente clausula de “blindaje” y los más de 15 millones de euros que cobró como pensión el último presidente de Caixa Galicia, D. José Luis Méndez.

“Según revelan las cuentas de la entidad, que por primera vez detallan por completo las retribuciones de la cúpula, José Luis Pego, Javier García de Paredes, Óscar Rodríguez Estrada y Gregorio Gorriarán percibirán cuando se jubilen, de una sola vez o mensualmente, planes de pensiones que suman 33 millones de euros. En total, entre indemnizaciones y planes de pensiones, las antiguas cajas y ahora el banco han consignado 52 millones de euros para retirar a estos cuatro ejecutivos, que además tienen las manos libres para volver a trabajar en la empresa privada.”

En la 88 y en referencia al caso Mannesmann (Alemania) hace referencia a un asunto … digamos … conceptual, así se indica:  “La sentencia distinguió entonces tres situaciones diferentes: (i) que las altas retribuciones, primas de recompensa, estén previamente pactadas a través del correspondiente contrato de alta dirección, frente a las cuales, en principio, nada cabe objetar; (ii) que las primas no estén previamente pactadas, acordándose ex post, que sólo son admisibles si benefician a la empresa en el futuro; (iii) y que, como ocurrió en el caso «Mannesmann» resuelto, las primas no estén pactadas y tengan carácter dadivoso, sin ningún beneficio para la empresa. En este último caso tales pagos constituyen deslealtad y, por tanto, son inadmisibles, sin entrar aquí a considerar la cuantía de las cantidades concedidas.

Y en la 89, se indica:

(i)           En primer lugar, es un hecho obvio que las retribuciones que los propios consejeros de las Cajas han tenido a bien asignarse no están retribuyendo ningún tipo de excelencia profesional, pues es un hecho de sobra conocido que muchos de ellos no tienen cualificación profesional para el puesto que desempeñan o, de tenerla, no entran dentro de ningún selecto grupo de profesionales que les haga acreedores de tales retribuciones, siendo en muchos de los casos meros cargos de designación “política”, cuya objeto es compensar lealtades previas de tipo político o partidista.

(ii)          En segundo lugar, en la mayoría de los casos tales retribuciones no se negociaron ex ante, a la hora de empezar a desempeñar sus funciones, sino que se acordaron ex post, a la vista de que la previsible fusión o integración de las Cajas les iba a dejar en muchos casos sin sus puestos.

(iii)         En tercer lugar, tales pensiones y blindajes no son susceptibles de traer ningún beneficio futuro a sus empresas, las Cajas de Ahorro, sino más bien todo lo contrario, son una pesada carga que se han visto obligadas a abonar en una situación económica dramática, en la que en muchos casos ha mediado un rescate público con cargo al dinero del Estado.

(iv)         En último lugar, se da la circunstancia añadida de que las primas, pensiones, blindajes e indemnizaciones no están retribuyendo ningún logro, hito o desempeño, como sería normal (como ocurría, por ejemplo, en el caso “Mannesmann”) sino que se están concediendo a unos directivos y gerentes cuya manifiesta incompetencia ha causado la quiebra técnica de las entidades.

Tal como se ha indicado anteriormente, estos relatos de las páginas 88 y 89 va a tener, presumiblemente ciertos problemas, existen una reglas de mercado y se van a comparar con el resto de remuneraciones de entidades privadas, de hecho las Cajas de Ahorro son también privadas, y delimitar su los gestores han realizado o no aportaciones (con más o menos acierto) a las entidades que dirigían, no tiene pinta de ser tarea fácil, ni la demostración de los hechos en uno y otro sentido, tal vez la única posibilidad de incidir en estos temas, venga determinada por si estos blindajes, remuneraciones o futuras pensiones fueron aprobadas antes de la entrada del afectado, o se autorización después, tal como ya comenté en párrafos anteriores.

En fin del resto del texto de la demanda cada uno extraerá sus propias conclusiones, y tal como he indicado al principio, los juicios paralelos ya están medio organizados en estos momentos, aquí solo pretendí dejar constancia de la historia, de los cambios de criterios y de sus política a los largo de los años. 

 

Agradecimientos: a "Yo mismo"  http://www.rankia.com/blog/nuevasreglaseconomia/

www.yoreklamo.com

6
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. en respuesta a Franlodo
    -
    Top 10
    #6
    25/07/12 21:37

    "... y eso que Petersen no se ha extendido con los préstamos a los partidos políticos y allegados ..." si hombre, tu quieres mi ruina .... de berenjenales de estos, yo paso ...... saludos.-

    :-)

  2. en respuesta a Sasha
    -
    #5
    Franlodo
    25/07/12 21:33

    Una de las consecuencias de esta demanda es que queden exonerados para futuras querellas ... UPyD ha puesto el populismo y su posible interés por delante de la justicia ...

    Si los dos partidos mayoritarios son lo que son, IU anda diciendo cosas que no se corresponden con la realidad y UPyD va poniendo querellas para que queden libres los que, presuntamente, han malgestionado las cajas ( y eso que Petersen no se ha extendido con los préstamos a los partidos políticos y allegados). ¿Quién nos queda por votar? ...

    Un saludo

  3. en respuesta a Franlodo
    -
    #4
    25/07/12 09:13

    Yo, lo que dice este señor.

    Aún no he podido echar un vistazo a la querella (filtros de intesné en el trabajo), pero mal va si aporta esos juicios de valor ('pésima gestión', deseo de que abandone otro cargo, y el tildar oficialmente a personas como analfabetas en lugar de decir 'presuntamente analfabetas'). Desde luego que ha sido para aparecer en los medios y arañar votos de desencantados, así que si algo va mal en la querella las complicaciones pueden ser mayores e inesperadas...

  4. en respuesta a W. Petersen
    -
    #3
    Franlodo
    24/07/12 22:40

    A lo que me refería es que parto de la base que la mayoría tendrá los blindajes antes de la entrada; por lo que la única solución sería una querella por la mala gestión de las entidades por una cantidad mayor a esos blindajes ... pero que los blindajes hay que pagarlos, casi seguro.

    De todas las maneras el tiempo nos dirá lo que pasa.

    Un saludo

  5. en respuesta a Franlodo
    -
    Top 10
    #2
    24/07/12 22:32

    La única posibilidad, y tal como apunta el texto de la demanda de UPyD es que dichos blindajes fueran aprobados por el consejo de administración post contratación, porque si es antes de la entrada en la entidad del "presunto" no hay nada que hacer, ahora bien si es lo otro tendrán algunos problemas.

    Y si, ahora las cajas son un cúmulo de despropósitos, pero hay que reconocer que a efectos históricos cumplieron su función, y con nota alta, es como la obra social, que sin duda alguna es positiva, alguna cosa se puede discutir, opinar, pero el hecho de su función social no se puede negar.

  6. #1
    Franlodo
    24/07/12 22:29

    La verdad es que el tema de los blindajes es complicado porque, en la mayoría de los casos, la ley estará de su parte ... no sé si una demanda por su mala gestión por importes subsdiarios superiores a esos blindajes sería posible ...

    Gran trabajo, aportando datos y no cayendo en el populismo barato.

    Un saludo.