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Segunda parte: La memoria en los estados financieros, y/o la confección de un documento asimilado. 

 

En este hilo del pasado 5 de septiembre   http://www.rankia.com/blog/economia-domestica/918400-balances-provisionales-nuestra-credibilidad-como-empresas-empresarios     indicaba que la documentación que habitualmente deberemos entregar a  nuestros proveedores financieros, es:

  • Último impuesto de sociedades o dos últimos si somos clientes nuevos.
  • Liquidación de IVA de los trimestres transcurridos del año en curso, y del resumen IVA del año anterior.
  • Liquidaciones del IRPF (retenciones al personal) –  nota 1 -  
  • Fotocopia del modelo 347 de clientes y proveedores. (si no estamos en el sistema de devolución mensual, artículo 30 de la Ley de IVA, por la que no lo podremos entregar, al no existir obligación de su presentación) – nota 2 -
  • TC1 y TC2 del último mes pagado – nota 1 -
  • Listado de nuestro pool bancario con detalle de límites y deuda viva, documento que contrastaran con la posición de deuda global bancaria registrada en el Banco de España (CIRBE).
  • Verificación en el registro de la propiedad de fincas propiedad de la sociedad, caso de que las tengamos.
  • En su caso, otra información aclaratoria de la documentación anterior.
  • Balance y cuenta de resultados provisional del año en curso.

Nota 1 - Solo lo solicitan algunas entidades.

Nota 2 – Aún cuando la confidencialidad es un tema bastante establecido en banca – cajas de ahorro, debemos evitar que errores nos puedan meter en un berenjenal jodido por la Ley de Protección de Datos (15/1999), en este sentido yo recomendaría que cuando se entregue este documento se proceda a tachar los nombres y NIF de los titulares personas físicas, dejando las cantidades a la vista, con las mismas la entidad financiera verá nuestra mayor o menor dependencia del cliente o proveedor en cuestión, pero no tendrá los datos personales, solo los de las personas físicas, dejando a la vista las sociedades, aún cuando algunos de estos clientes “personas físicas” al estar actuando como empresarios, tendrían la misma calificación que una sociedad, pero no siempre conocemos si nos compran actuando como particulares o empresarios autónomos, con lo cual entiendo que tachando estos datos eliminamos completamente el riesgo de que dichos datos, por error, llegasen a un lugar donde no deben.

En cuanto a la información sobre las fincas que poseemos, yo considero adecuado un documento de detalle de las mismas, porque no siempre la nota simple registral deja claro que es cada una, entonces un detalle de ello ayudará a nuestro gestor en el banco o caja a determinar que es cada cosa.

Recomiendo además un orden absoluto en toda esta documentación, pensemos que una buena presentación y documentación muy completa supone en la mayoría de ocasiones que su análisis sea agradable a nuestro interlocutor en la entidad financiera, y sin duda despachará nuestro expediente con más rapidez que otro al que le falten documentos o que su presentación sea deficiente ¿entonces una buena presentación supone mejores opciones de acceder al crédito? No, yo no he dicho esto, lo que entiendo que en cualquier sector de la economía, cuando un empleado de oficinas tiene en su mesa documentos ordenados y bien presentados es muy probable que los resuelva antes que otros que son mas tediosos e incompletos.

Asimismo, yo recomendaría entregar la documentación con al menos un mes y medio o dos de anticipación a la fecha del vencimiento de nuestras líneas de descuento, crédito, etc., evitaremos que las prisas de última hora supongan renovaciones tardías, que lo único que nos provocarán son quebraderos de cabeza o incluso tener una póliza de crédito vencida, y todos sabemos que cuando esto ocurre el interés aumenta hasta el 25 ó incluso en 29%

En algunas empresas tenemos la costumbre cada cierto tiempo, no con carácter mensual, pero si tal vez cada tres o cuatro meses, el pedir por nuestra cuenta los datos CIRBE al Banco de España, lo cual podemos hacer telemáticamente si disponemos de un certificado digital en la web siguiente: https://sedeelectronica.bde.es/websede/es/menu/tramites/Solicitud_de_in_f91d40ea9282d21.html a la izquierda en “tramitación”.

Si no se tiene el certificado digital se puede pedir por correo ordinario, y tardan unos 15 días en mandarnos la información, en el mismo enlace hay un impreso para rellenar y se indica la documentación que debe adjuntarse.

El informe que recibiremos es con detalle de entidades financieras, a diferencia de lo que reciben estas que es agrupado por conceptos, por ejemplo si tenemos en tres bancos póliza de crédito ellos reciben información sobre el total, y nosotros cuando lo solicitamos al Banco de España, además nos dan el informe con detalle por entidades, esto nos sirve para verificar que no hay errores, lo cual siempre nos interesará, y es posible que consideremos interesante entregar copia del informe a nuestros bancos o cajas, como muestra de nuestra transparencia con ellos, yo no creo que sea malo de cara a nuestra credibilidad.

Finalmente, las empresas que tienen obligación de auditar tienen un documento incluido en el informe de auditoría que es el informe de gestión del ejercicio contable cerrado, para las que no tengan dicha obligación (auditar) yo creo que no está de demás entregar a nuestros “proveedores financieros” un documento similar que detalle ciertos temas de carácter cualitativo, pero recomendaría que muy generalistas,  recordemos que los datos cuantitativos ya están en el balance, sin embargo hay prestar atención a este tipo de documentos, normalmente somos “prisioneros de nuestras palabras”, no podemos, por ejemplo, proceder a la confección un “pseudo informe de gestión” indicando las maravillas de nuestras perspectivas futuras, y al año siguiente presentar un balance que no tiene nada que ver con las mismas, porque nuestra credibilidad se iría al garete.

Para terminar el relax de turno, esta vez una canción basada en un poema de Konstantínos Kaváfis, con música y letra de Lluís Llach ….. y no os preocupéis Llach canta en català pero en el enlace están los subtítulos en castellano, y entiendo que en este caso la letra de la canción es muy relevante. http://www.youtube.com/watch?v=hNVJpIRt_JQ

 

www.yoreklamo.com

 

 

 

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