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  1. Nuevo
    #60
    07/02/11 20:18

    Buenas tardes:

    Tengo una deuda con el banco santander sobre un prestamo que pedi. Como me quede sin trabajo no lo pude pagar y ahora me lo pedin judicialmente. Tengo 20 dias para pagar toda la deuda que asciede a 10.000 euros, lo unico que tengo a mi nombre es un coche, pues ahora no trabajo. Me piden que me presente en el juzgado para exponer si voy a pagar o no. Tengo alguna alternativa????.

    Gracias

  2. en respuesta a Mariapilarp
    -
    #59
    07/02/11 12:47

    Lo primero solicite el cobro, por escrito y con copia para que se la sellen y conste la petición, adjuntando copia de la resolución por la que le conceden la invalidez. Seguramente le contestarán rechazando el siniestro, y entonces será el momento de empezar las reclamaciones exponiendo las alegaciones que sean pertinentes en función de lo que contesten.
    Si la invalidez se basa claramente en la depresión y ésta no existía a la fecha de contratar el seguro y/o no había ninguna pregunta sobre ella, habrá una buena base para reclamar el pago incluso judicialmente. También si la intervención de la columna debía ser conocida por la oficina de la Caixa (p.ej., porque fuese por allí convalenciente durante su baja...)

  3. Nuevo
    #58
    07/02/11 11:13

    Buenos días:
    Tengo un seguro de vida que me pusieron entre un monton de papeles a la firma cuando me concedieron un PRESTAMO HIPOTECARIO en CAIXA GALICIA,(yo me entere despues, cuando me cobraron el recibo) me han concedido una incapacidad permanente absoluta y un trabajador de Caixa Galicia me dijo que lo solicitase el cobro (yo creìa que solo era en caso de fallecimiento) ya que la incapacidad me la dieron con fecha 24-11-2010, pues bien, ahora viene todo el problema, a mi nadie me hizo ningún cuestionario médico, lo relleno un trabajador, incluso puso mi peso,mi talla,mi tension y que no hacia deporte de riesgo (por supuesto no coincide nada, con dicho cuestionario) La baja laboral ha sido por depresion profunda, pero yo estaba operada de columna. Cuando me dieron el prestamo guarde toda la documentacion junta y no leí nada, ahora la he mirado y el cuestionario esta rellenado a máquina y por supuesto FIRMADO POR MI.

    Perdone por extenderme tanto, le agradeceria que me orientase,
    Un saludo,
    Mª Pilar

  4. en respuesta a Miguelarroyo1741
    -
    #57
    03/02/11 12:57

    Esta pregunta es recurrente, puesto que es la estrategia de las aseguradoras para no pagar. La respuesta es clara:
    La aseguradora sólo podría evitar el pago si hay cuestionario de salud y en él se formuló alguna pregunta concreta por la que el asegurado debiera poner de manifiesto la existencia de esa enfermedad y la hubiese ocultado (partiendo de que efectivamente esa enfermedad ya existiese y fuese conocida a la fecha de cumplimentar ese cuestionario).
    La aseguradora no puede evitar el pago si:
    -no presentó cuestionario de salud;
    -lo presentó, pero no tenía ninguna pregunta sobre la enfermedad en cuestión;
    -la enfermedad todavía no se conocía;
    -según algunas sentencias, cuando el cuestionario es tan genérico que no puede reconocerse legalmente como tal.
    En cuanto a que se consiga que la aseguradora pague acudiendo a un abogado, aparte de aclararle que yo soy abogado, tenga en cuenta que lo más probable es que no bastará con una simple reclamación extrajudicial por el abogado: la práctica más generalizada es que la aseguradora se negará a pagar hasta que reciba la demanda judicial (si está bien planteada, algunas aseguradoras intentan negociar el pago cuando reciben la demanda) o incluso hasta la sentencia.

  5. Nuevo
    #56
    03/02/11 01:25

    Buenas noches mi consulta es la siguiente: mi cuñado ha fallecido y tenia un seguro de vida vinculado a la hipoteca. La compañia aseguradora le ha comunicado a la viuda que al tener una enfermedad grave a la firma de la hipoteca no tiene derecho al cobro del seguro(Durante 8 años mi cuñado ha pagado religiosamente su recibo anual). El banco obliga a mi cuñado a hacerse el seguro de vida. Hemos consultado con los demas vecinos del boque de mi cuñado, y nos han informado que a la firma del seguro nunca se les hizo un cuestionario de salud; tan solo se les indico donde habia que firmar.¿Es posible conseguir que la aseguradora pague a la viuda el seguro acudiendo a un abogado?. Espero su respuesta.

  6. en respuesta a Lluicar
    -
    #55
    31/01/11 17:53

    La Ley que en la actualidad regula las tarjetas está publicada aquí: http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/14/pdfs/BOE-A-2009-18118.pdf
    Pero yo no me molestaría en citar normas en las reclamaciones a formular a estas sociedades; deje las normas para cuando llegue al Juzgado... si llegan. Si Vd no paga, es la sociedad emisora quien tiene que demandarle, y si ven que está dispuesto a defenderse saben que se arriesgan a perder con costas porque su forma de actuar es a menudo ilegal, sus condiciones abusivas y sus intereses usurarios. Devuelva la cantidad que efectivamente haya consumido y deje que le reclamen los intereses, a ver si llegan a hacerlo en el Juzgado.

  7. #54
    30/01/11 20:32

    Buenas tardes:
    He visto en una contestación anterior que si no hay contrato de tarjeta de credito, no pueden reclamar comisiones ni intereses, me gustaria saber donde puedo encontrar alguna normativa referente a esto para apoyarme.
    Ya que solicite a citibank la documentación referente a una tarjeta, contrato, desglose de comisiones,etc. y lo que me han mandado es la solicitud de la misma, con una carta donde dicen que todo esta conforme porque esta aceptado en la solicitud ( en la misma no consta nada de intereses, comisiones etc.)Deje de pagarles hace unos meses ya que hablando con ellos no habia manera de enterarme del funcionamiento de la tarjeta,ni me cuadraban los numeros.Pues cuando la ofrecieron en ningun momento explicaron las condiciones de la misma todo eran ventajas, creo que es un engaño al consumidor ,por falta de información de su parte.

    Muchas Gracias.

  8. en respuesta a Jaiser
    -
    #53
    28/01/11 13:54

    Bien, y aún puedes decir más:
    El Banco o Caja sólo es administrador de la cuenta corriente, no puede disponer de sus saldos sin contar con la autorización de su titular, que es el propietario del dinero ingresado; existen informes del Servicio de Reclamaciones del Banco de España en este sentido. Es más: la retirada de fondos de la cuenta para cobrarse una cantidad disputada podría constituir un delito de apropiación indebida.

  9. en respuesta a Jaiser
    -
    #52
    28/01/11 13:36

    No se si algo asi valdrá o debería especificar algo más:

    En Vitoria , a día 31 de enero de 2011

    Estimados Sres.:

    Me dirijo a ustedes en relación al siguiente cargo que me cobrarón por gastos en el proceso monitorio interpuesto por la caja vital contra mi. En el siguiente recibo sacado de vital-net se indica mi número de cuenta en la entidad y el cargo:

    Concepto MINUTAS -------
    Nº de cuenta ----------------------- LIB.AH.V.RESIDE
    Tipo movimiento Cargo
    Fecha valor 22/03/2010
    Fecha / Hora operación 22/03/2010 10:13
    Oficina/ Población 0156 - AVENIDA III / VITORIA-GASTEIZ
    Provincia ARABA
    Importe - 900,80 €

    En una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 16 de diciembre de 2009, se declaran abusivas ciertas claúsulas que determinadas entidades financieras aplican como la claúsula donde se recoge la obligación del cliente, en caso de impago, de pagar las costas procesales.

    Entiendo que la siguiente clausula de los prestamos por la que se me ha cobrado el anterior recibo es abusiba y no valida.
    SEPTIMA: Los gastos e impuestos de toda índole que pudieran derivarse de este contrato o que se originasen o procediesen del incumplimiento de algunas de sus condiciones, incluidas las costas y tasas judiciales en su integridad, si hubiere luagar a su devengo, y los honorarios de Abogado y Procurador, aunque la Caja voluntariamente utilizará sus servicios, serán de cuenta del deudor.

    Adjunto copia de los contratos de los prestamos, proceso monitorio y la sentencia del supremo.

    Mi intención es solucionar amistosamente la cuestión planteada. Sin embargo, al no haber obtenido por parte de usted una respuesta positiva a mi reclamación, me veo obligado a hacerle la presente notificación fehaciente, todo ello con carácter previo a la oportuna reclamación ante el Banco de España.

    Por lo expuesto, le requiero para que, a la mayor brevedad posible, proceda a reintegrar el importe y los respectivos intereses . En caso contrario, me veré obligado presentar reclamación ante el Banco de España y en su caso,emprender las correspondientes acciones judiciales en defensa de mis intereses.

    Atentamente.

    NOMBRE:
    DIRECCIÓN:
    CÓDIGO POSTAL:
    LOCALIDAD:
    PROVINCIA:
    DNI:

  10. en respuesta a Consumerista
    -
    #51
    28/01/11 13:01

    Gracias por contestar tan rápido, a ver si me explico mejor yo pague lo que me pedían en el juicio monitorio y se dio por finalizado. Pero luego la caja vital me paso un cargo por la cuenta de 900 euros:

    Concepto MINUTAS nombre apellidos
    Nº de cuenta ------------------ LIB.AH.V.RESIDE
    Tipo movimiento Cargo
    Fecha valor 22/03/2010
    Fecha / Hora operación 22/03/2010 10:13
    Oficina/ Población 0156 - AVENIDA III / VITORIA-GASTEIZ
    Provincia ARABA
    Importe - 900,80 €

    No se exactamente como tengo que redactar la reclamación, no se si me puedes ayudar.
    Gracias y un saludo!

  11. en respuesta a Jaiser
    -
    #50
    28/01/11 12:32

    Esa cláusula ya fue declarada abusiva en la sentencia de instancia y no se recurrió en cuanto a ese pronunciamiento.
    Entiendo de su consulta que lo que ha pagado es el principal, no esas costas; lo que no entiendo es cómo le reclaman ahora las costas: ¿en el mismo procedimiento, extrajudicialmente...? ¿O es que ya se incluían esas costas, por esa cantidad, en la demanda del monitorio?

  12. #49
    27/01/11 15:36

    Gastos juicio monitorio???

    Recientemente he leido que el tribunal supremo ha declarado varias clausulas abusivas de los bancos no validas. Al final me pierdo un poco y es para saber si una clausula de mis prestamos es valida o no. La clausula es la siguiente:
    CLAUSULA SEPTIMA: Los gastos e impuestos de toda índole que pudieran derivarse de este contrato o que se originasen o procediesen del incumplimiento de algunas de sus condiciones, incluidas las costas y tasas judiciales en su integridad, si hubiere luagar a su devengo, y los honorarios de Abogado y Procurador, aunque la Caja voluntariamente
    utilizará sus servicios, serán de cuenta del deudor.
    Me llego del juzgado un proceso monitorio para pagar una deuda de unos prestamos con un caja cantidad que me reclaman es la totalidad de los prestamos que asciene a unos 10.500 euros. Los he pagado y me gustaría saber si tengo que pagar los gastos de abogado y procurador de la caja que son 900. Si la clausula no es valida como tengo que proceder para reclamar?

    Te paso un par de enlaces a ver si me puedes aclarar si es una de las clausulas anuladas y si es asi que pasos tengo que dar para reclamar la comisión. No se si ir a la oficina del consumidor o si tengo que enviar la reclamación al servicio de atencion de la caja y luego al banco de españa.
    Esto fue hace 9 meses, nose si todabía puedo reclamar si tengo razón. ¿Como tengo que redactar la reclamación, hay algún modelo?

    http://www.uclm.edu/centro/cesco/pdf/investigacion/2010/17.pdf

    http://www.poderjudicial.es/eversui[....]51885&Download=false&ShowPath=false

    Gracias y un saluod!

  13. en respuesta a Rosa.c.a
    -
    #48
    13/01/11 21:46

    Es un caso bastante discutible. Hay que empezar por tener en cuenta que la declaración de salud es la base que tiene la aseguradora para conocer el riesgo que asume para cubrir a alguien; en su caso, esas preguntas tan genéricas no deberían entenderse referidas a la enfermedad que ya motivó la invalidez permanente total. Ahora bien, toda dolencia adicional sí debería haber sido mencionada, incluida la operación de vesícula. Sin embargo, como la invalidez no se deriva del problema de vesícula (si es cierto que la declaración de invalidez se basa exclusivamente en el carcinoma y no tiene en cuenta la vesícula ni la segunda rodilla) sino de otra enfermedad desconocida a la fecha de la invalidez, podría defenderse que la aseguradora debe pagar.
    Por otro lado, hay sentencias que dicen que un cuestionario de salud tan genérico no puede considerarse como algo serio, no cumple con sus fines legales, por lo que no debe tenerse en cuenta (aunque otras sentencias no se meten en esto y lo aplican, quizás porque el abogado demandante no lo alegó). Sería otra razón para defender la obligación de pagar la indemnización.
    Le recomiendo que reclame a la DGS, nada pierde por ello. Si quiere que le prepare esa reclamación, escríbame al correo electrónico directo: [email protected]

  14. en respuesta a Consumerista
    -
    #47
    13/01/11 21:31

    Apreciado Consumerista,
    Hoy he recibido el cuestionario de salud, que en su día relleno mi padre, supuestamente, esta firmado por él... Es un cuestionario muy simple dónde pregunta, si es fumador, que indique el peso y la altura

    Luego hay dos pregunta donde pone:
    Si ha sufrido o padece actualmente alguna enfermedad, patología o las consecuencias de algún accidente, que le haya obligado a consultar con un especialista o a interrumpir su actividad habitual durante más de quince días en el transcurso de los últimos cinco años. Hay indicada una cruz en la casilla del NO

    I otra, que pone: Tiene alguna alteración física o funcional, o a estado o tiene previsto ser sometido a intervención quirúrgico o hospitalización, y tambien esta marcada la cruz del No.

    Luego, hay un texto que pone.." El que suscribe declara conocer que este cuestionario constituye la base del Contrato con la Aseguradora, asumiendo por completo las responsabilidades de las declaraciones hechas en respuesta a las preguntas formuladas en el mismo, de manera que cualquier falsedad, omisón o inexactitud que contengan las mencionadas declaraciones y que incidan sobre el riesgo, sera causa de la nulidad de dicho contracto. Así mismo autorizo a los medidos y a las personas que la Entidad necesite consultar a dar, confidencialmente, los informes que la misma precise.

    En el momento de la firma de la póliza (mayo 2008), mi padre estaba en activo como conserje vigilante, y además cobraba una invalidez permanente total (no absoluta) desde 2001 por artrosis en la rodilla y en 2007 le ponen una protesis. Aunque en el cuestionario este marcado una cruz que no se ha tenido ninguna intervención en 5 años, se pueden acoger a esa operación??? Mi padre presenta nóminas i declaración de la renta, para solicitar el préstamo y dicha pensión la cobra en la misma entidad donde realiza el préstamo y el seguro.
    En el mismo mes de la firma de la póliza mayo 2008, a mi padre le hacen una colecistectomía (es decir, le quitan la vesícula), esto tampoco tiene nada que ver con la causa de la invalidez absoluta, declarada en febrero de 2010, por una enfermedad que detectan en octubre de 2008 cuando le hacen un preoperatorio para operar la otra rodilla (en el momento de firmar la poliza, no saben q le van a operar la otra rodilla, tiene consulta en julio 2008) y le detectan un cancer en el pulmón. El 3 de Noviembre de 2008 causa baja laboral hasta Febrero de 2010 que le dan la invalidez absoluta por carcinoma pulmonar, siendo esta la causa de la invalidez absoluta.

    En noviembre, realice la reclamación a Atención al cliente de la aseguradora, contestándome que se tienen que basar en esa declaración y que me deniegan la indemnización.

    Reclamo a la DGS, voy a juicio???, lo tengo todo perdido por poner eso en el cuestionario?? Yo creo q al ser el motivo de la invalidez absoluta una enfermedad detectada posteriormente a la firma del seguro, se tendrían que hacer cargo de la indemnización, estoy equivocada???

    Muchas grácias por su tiempo..

    Un saludo

  15. en respuesta a Leviathan
    -
    #46
    11/01/11 15:28

    Para reclamar al Banco de España antes tiene que haber reclamado al Defensor del cliente o al Servicio de atención al cliente de la entidad, que tiene dos meses para contestar. Recibida la contestación negativa o transcurridos los dos meses puede ir al Banco de España.
    Pero lo que diga el Banco de España no es vinculante para la entidad. Y doy por prácticamente seguro que Cetelem no acataría un informe (el Banco de España no emite resoluciones, sino que informa sobre el la entidad reclamada ha actuado conforme a las buenas prácticas bancarias o no), por lo que en cualquier caso tendrá que ir al Juzgado. Y el BdE tarda otros ocho o nueve meses en contestar, con lo que habrá esperado casi un año para tener un informe probablemente favorable que será un buen antecedente para el Juzgado, pero nada más.
    Así que le recomiendo ir al Juzgado directamente.
    Si tiene Vd denuncia policial, presentada de inmediato y comunicó de inmediato la pérdida a Cetelem, lo normal sería que ganase el juicio, aunque nunca se puede asegurar y hay que ver todas las circunstancias del caso. Hay que ver además en qué forma se dispusieron esos 1.200 euros: si fueron compras en comercios, los titulares del comercio también tendrán responsabilidad.
    Y tenga en cuenta que el máximo legal de responsabilidad del titular de la tarjeta es de 150 euros en caso de pérdida o extravío, salgo que la entidad pruebe que actuó con dolo o negligencia grave.

  16. #45
    11/01/11 11:25

    Buenos días. Queria enviarle una consulta. Me desaparecieron 2 tarjetas de mi cartera, una de debito (cajamadrid) y otra de credito (cetelem). Con la de debito me sustrajeron 84 euros que ya me han sido repuestos. Con la de credito 1.200 euros. Enviada denuncia policial a cetelem, al cabo del mes meacaban de pasar el primer recibo con intereses de demora para que les pague la deuda. Les llamo y me dicen que han archivado mi expediente porque han visto incoherencias, no me dicen cuales, y que soy el responsable y debo pagar. Despues de varias llamadas a varias oficnas de consumo me pasan con el banco de españa. Me dicen que primero debo reclamar y en 2 meses o antes,segun contestacion ya pueden actuar ellos. Mi pregunta es, que ocurre en estos casos? me daran la razon? me obligaran a pagar? Sigo la via del Banco de España o empiezo a pensar en via judicial? Estoy que no duermo. Esla primera vez y espero que la ultima que me ocurra. Espero su contestacion.
    Muchas gracias por su atencion.

    Saludos.

  17. en respuesta a Rosa.c.a
    -
    #44
    10/01/11 13:36

    Antes de presentar la reclamación a la DGS hay que reclamar al servicio de atención al cliente o al defensor del cliente de la aseguradora. Presente la reclamación por duplicado en la oficina para que le sellen la copia (firmada por su padre y con copia de su DNI); cuando llegue la contestación negativa, o si transcurren dos meses sin contestación, puede presentar la reclamación ante la DGS, también firmada por su padre y con copia de su DNI, con copia de la reclamación anterior y de la contestación si se recibió y el resto de documentos que justifican la reclamación (póliza, declaración inicial de IPT, declaración de IPA, póliza del crédito).
    En estos casos las aseguradoras rechazan el pago sistemáticamente, es posible que incluso aunque obtenga una contestación favorable de la DS (no es vinculante para la aseguradora) pero existen altas probabilidades de ganarlo judicialmente si es cierto que no hubo declaración de salud; o si la hubo, que no incluyese ninguna pregunta concreta sobre la enfermedad existente o que la enfermedad se descubriera posteriormente.

  18. #43
    07/01/11 11:28

    Hola! Mi padre en Mayo 2008 solicito un crédito en una caja de ahorros para comprarse un coche, al concedérselo le "obligaron" a hacerse un seguro de vida. Mi padre desde 2001 tenia una invalidez total por un artrosis en una rodilla, pero como era total continuaba trabajandoen el momento de firma del seguro. Para pedir el crédito entrego las nóminas tanto de la invalidez que cobra desde siempre en la misma entidad, como la del trabajo. En noviembre de 2008 le descubren un cancer de pulmón, se da de baja laboral de la empresa dónde trabajaba, hasta diciembre de 2009 que le hacen pasar tribunal médico, y en febrero de 2010 le conceden una invalidez Absoluta indicando que el motivo es el carcinoma pulmonar. Este septiembre revisando documentación en casa de mis padres, veo que dicho seguro no es solo de vida, sino que también tiene cobertura de 5000€ por invalidez absoluta. Voy a la entidad, a informar de que mi padre tiene ese seguro y que tiene declarada una invalidez absoluta, me piden la resolución del Inss y un certificado médico. Se lo entrego, y al cabo de 1 mes me dicen, que rechazan la indemnización porque en el informe médico han observado información muy importante que se habia ocultado en el cuestionario de salud y que de paso anulan la póliza. Reclamo a Atención al cliente de la caja en cuestión, alegando que la enfermedad que provoca la invalidez absoluta es posterior a la firma de la póliza, y que no tengo dicho cuestionario de salud, sino lo que tengo es un cuestionario donde le preguntan, edad, peso, si fuma y altura, que según me dicen es solo para calcular la prima y que no vale. Mi padre no recuerda de que le dieran ningún cuestionario a rellenar. Llevo 2 semanas solicitándolo a la entidad, y no llega... (primero lo solicitan ellos, q pase a buscarlo 2 días después, respuesta: q se tiene q hacer por escrito. 5 días después q el correo no ha llegado, y 2 semanas después aún no lo tengo). Yo creo que no hicieron ningún cuestionario de salud o q no lo tiene firmado. Me han dicho q reclame a la DGS, como puedo demostrar q no me quieren dar el cuestionario de salud. Y lo más importante, si la enfermedad es posterior a la firma del seguro, se pueden negar a pagarmelo.

    Muchas gracias
    Rosa

  19. en respuesta a Agobiada
    -
    #42
    05/01/11 00:46

    Agobiada, es perfectamente legal que el banco saque nuevas preferentes sin amortizar las anteriores. De hecho, si las anteriores eran más baratas, sería absurdo, antieconómico y un fraude a los accionistas que las amortizaran para luego volver a pedir financiación más cara.
    Cosa totalmente distinta es cómo se vendieron las antiguas preferentes; está constatado que la generalidad de entidades vendieron preferentes presentándolas como un producto seguro, rentable y con recuperación fiable de la inversión cuando esto no es así; es decir, que han vendido una cosa atribuyéndole propiedades que no le corresponden. Existen ya numerosas sentencias estimando demandas de clientes que se han visto engañados en este sentido, y también documentos de la CNMV.
    Ahora bien, tenga en cuenta que una reclamación extrajudicial no le resolverá nada. Tendrá que plantear una demanda judicial para tener alguna posibilidad de obtener un resarcimiento. Si quiere concretar la vía de reclamación, qué se puede reclamar, costes, etc., escríbame al correo directo:
    [email protected]

  20. #41
    04/01/11 10:31

    Hola, buenos días y feliz año. Mi consulta es la siguiente: pretendo poner una reclamación ante el banco porque en su día no proporcionaron la información adecuada, y colocaron a mis padres unas preferentes, cuando ellos pensaban que era un depósito. Actualmente, pasados 7 años, el banco ha emitido unas nuevas sin haber amortizado las antiguas. ¿Es esto legal?, ¿hay alguna manera de reclamar también que las antiguas permanecen en vía muerta dando un interés ínfimo (nunca dieron demasiado y desde luego no lo que lo van a hacer las nuevas), mientras que el banco emite nuevas?.
    Muchas gracias por su atención, un saludo.