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Prestamo y subsidio mayores de 55
https://www.rankia.com/foros/subsidios-prestaciones/temas/4861419-calculo-rentas-subsidio-mayores-52-anos?page=196#respuesta_6855691Pregunta en 2933 y respuesta de Euroramón en 2934.
Wediehard19/11/25 09:16
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Siendo beneficiaria del subsidio sí computa cómo renta. Por ese importe no estaría obligada a notificar nada a SEPE. Sí quiere hacerlo, para su tranquilidad, tiene cómo fecha límite el momento en tramitar su Declaración Anual de Rentas (una vez esté en su CC dicho importe vía transferencia).
Wediehard17/11/25 09:13
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Venta acciones subsidio 52 años
Ya sabe que en la DAR hay dos opciones: Sin variación de rentas o Con variación de rentas. Dado que UD ha tenido un ingreso por la cantidad referida que no supone estar incurso en un supuesto de suspensión del subsidio, la opción sería " Sin Variación de Rentas", si no han variado sus rentas desde la solicitud del subsidio o la última declaración o lo han hecho por un importe inferior al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias. Por tanto, si solamente ha tenido como ingresos esa cantidad de la venta de acciones, Opción A (Sin variación de rentas) al realizar la Declaración Anual de las mismas(no tiene que poner nada, solamente firmar el impreso con nombre, apellidos y DNI).
Wediehard16/11/25 11:12
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Venta acciones subsidio 52 años
Tratàndose de un pago único que dividido entre doce, no supera el límite mensual de rentas, no está obligada a notificar a SEPE está ganancia. Pero nada impide que lo haga para su tranquilidad. Y si contrata un depósito debe calcular la renta mensual que le reporte el mismo en función de los meses contratados (ya que se trata de una renta periódica). Por supuesto se entiende que no hay que imputar nada más por otros conceptos o que habiéndolos no superan el umbral de rentas de cada mes.
Wediehard14/11/25 15:04
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Efectivamente, SEPE tiene en cuenta las pagas extraordinarias: por tanto mensualidad bruta X 14 dividido entre doce, a efectos de calcular las rentas mensuales de un solicitante del subsidio. Y por otra parte, tener en cuenta, el apunte de Euroramón al respecto.
Wediehard14/11/25 14:26
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los ingresos que le van a tener en cuenta son los del mes anterior a la solicitud (siempre que los siga manteniendo). En el caso que describe y referido a los intereses del depósito, NO afectan para nada a efectos de solicitar el subsidio.
Wediehard14/11/25 13:36
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Me interés pagar mas - Pensiones
La fábula de la rana y la olla hirviendo. España necesita hostias de realidad . Saludos camarada.
Wediehard12/11/25 20:36
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Herencia piso y subsidio +52
Si no tenía otras rentas mensuales sobre las que dar cuenta, ese mes de subsidio suspendido no fue, en mi opinión, acorde a la legalidad, ya que el cociente de la división son 250 euros por cada uno de los meses de duración del contrato. Según nos cuenta, SEPE le notificó, entre otras cosas, que "... Recibe ingresos superiores al 75% del SMI procedentes de intereses de un depósito.bancario ". A mí no me cuadran las cuentas: 3000 euros brutos en concepto de rendimientos, entre los meses de duración del contrato, no supone que cada mes haya superado el límite de rentas brutas por este concepto (salvo que, como le decía, tuviese aparte otras rentas que sumadas a las primeras, sí superaran los 888 euros brutos mensuales).Pero bueno, sin más.
Wediehard12/11/25 16:54
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Vamos a tener en cuenta la Instrucción de Rentas de SEPE sobre este particular: 3.6.2. RENTAS EXCLUIDASLas que procedan de la vivienda habitualmente ocupada por el trabajador. Por tanto, nocomputará como renta b) - La ganancia patrimonial derivada de la enajenación de la vivienda habitual, conindependencia de que se invierta o no en la adquisición de una nueva. Noobstante lo anterior, sí se computarán a efectos del subsidio por desempleo, comorendimientos de capital mobiliario, los rendimientos efectivos, o en su defecto lospresuntos, de la cantidad total obtenida como consecuencia de dicha enajenación de la vivienda. Por tanto, dependerá del rendimiento efectivo o presunto que obtenga del dinero de esa venta tras la cancelación de la hipoteca, a efectos de estar iincluido o no en un supuesto de suspensión del subsidio. Salvo mejor opinión.
Wediehard12/11/25 14:00
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Herencia piso y subsidio +52
En mi opinión, la argumentación en la que se que basó SEPE para suspenderle el subsidio no es conforme a sus instrucciones de rentas publicadas en su Web. Si dividió el importe de los intereses entre el número de meses contratados en el citado contrato de depósito, no superando el límite mensual de rentas, no habría lugar a dicha suspensión y si superaba el mismo, la suspensión debió ser por tantos meses como meses contrató el depósito: de ahí, el comentario de Frangjr ..." pero es que la persona ya debería haberlo comunicado desde el primer mes". Un depósito a plazo fijo genera rentas periódicas (las calculadas en función de los intereses pactados). El recurso a dividir cualquier ingreso extra entre doce es reducir todo a tratarlo como pago único, y éso, en mi opinión, no debe ser así (entre otras razones porque SEPE a tenor de sus Instrucciones de Rentas, hace una diferencia entre un pago único y otro(S) periódicos, dándoles un tratamiento diferente sobre este particular.