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Participaciones del usuario Wediehard - Subsidios

Wediehard 05/09/25 13:55
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
https://www.sepe.es/HomeSepe/es/prestaciones-desempleo/cobrando-prestacion-subsidio-desempleo/me-traslado-al-extranjero.html Si estás cobrando prestación contributiva o subsidio por desempleo, y te trasladas al extranjero por cualquier causa, si la salida no es superior a 30 días naturales, ya sean continuados o no, durante cada año natural, la prestación se mantiene siempre que puedas cumplir con las obligaciones establecidas en la ley.Entre dichas obligaciones se encuentra la de informar al servicio público de empleo autonómico y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por lo que debes comunicar la salida al SEPE antes de producirse.El día que sales de España o el día que regresas, no son días de estancia en el extranjero como tal, aunque sean de traslado. No se incluye el día de salida ni el de regreso dentro de los 30 días de estancia en extranjero, aunque no estés completamente disponible esos dos días para cumplir con el acuerdo de actividad.A la vuelta del extranjero, debes presentarte en la oficina de empleo el primer día hábil siguiente a tu regreso. 
Wediehard 02/09/25 12:05
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Siempre que la gestión a realizar sea en una oficina de su provincia NO hay ningún problema. De hecho, en el programa cita previa SEPE indica las oficinas donde solicitar cita próximas a la suya (siempre dentro de la provincia de residencia), ante la imposibilidad de obtenerla en la oficina habitual.
Wediehard 09/08/25 20:42
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Está seguro de que mantuvo ese convenio especial durante la suspensión del subsidio? Tengo entendido que en estos casos, de suspensión, también se suspende el convenio especial asociado al subsidio+52, pero se puede suscribir uno ordinario mientras el subsidio está suspendido, y luego una vez levantada la suspensión  'retomarlo". 
Wediehard 02/08/25 15:15
Ha respondido al tema Paro Agosto 2025
 Los subsidios reconocidos con fecha a partir de Primero de Noviembre de 2024, tienen prórrogas trimestrales, no semestrales. 
Wediehard 01/08/25 18:46
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y declaracion de rentas anuales
No se complique la vida. Si sus rentas mensuales no han variado desde la última DAR o desde que le fue reanudado el subsidio o lo han hecho por debajo del límite actual mensual de las mismas, hàgalo online utilizando certificado digital o similar. Es un tràmite muy sencillo. También puede intentar obtener cita realizando este trámite entre las 8.45 y 9.00 horas de cada día. Recuerde, por último, que sin entrar a valorar resultados de la Declaración IRPF, una cosa es la AEAT y otra, las normas establecidas por SEPE a efectos de rentas.Saludos.
Wediehard 01/08/25 18:25
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No es ninguna injusticia. La/s empresa/s usuaria/s no tiene/n nada que ver ya que quien le contrata y quien le paga es una ETT; y por lo que cuenta, ha sido la misma.. Otra cosa es valorar el papel de éstas ETTs, auténticas traficantes de esclavos y/o CVs.
Wediehard 27/07/25 23:56
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No tiene nada que ver que el derecho al subsidio fuese reconocido antes o después de 2024.
Wediehard 27/07/25 23:34
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Siga leyendo lo descrito en el segundo link que adjunta, donde dice "Efectos". Si lo formaliza dentro de los 90 días siguientes al día de reconocimiento del derecho al subsidio, los efectos del convenio se producen desde entonces (fecha de reconocimiento) y si lo hace pasados esos 90 días, el CE surte efecto desde / a partir del día en que lo formalice. Saludos.
Wediehard 27/07/25 11:51
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y declaracion de rentas anuales
https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo.htmEn el tramite noveno del enlace, puede confeccionar su DAR. No se preocupe que es un procedimiento bastante intuitivo que paso a paso le permitirá cumplir con su obligación de presentarla. Éso sí, no olvide, antes de cerrar la aplicación, generar y guardar copia de la misma.Se entiende que dispone de certificado digital o similar y que desde la última DAR no han variado sus rentas o en caso afirmativo, lo han hecho por debajo del límite mensual establecido. Saludos.
Wediehard 17/07/25 18:11
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sin perjuicio de que frangjr le responda, olvídese de cobros indebidos, ya que por lo que cuenta, no son la base de la resolución que ha recibido.. En la misma vendrá una parte con referencia a unos fundamentos de derecho en base a los cuales le han suspendido el subsidio. Si puede aportarlos por aquí, quizàs frangjr pueda orientarle.Saludos.