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Participaciones del usuario Wediehard - Subsidios

Wediehard 12/10/25 21:31
Ha respondido al tema Subsidio +52 y rescate plan de pensiones
Todo lo que tenga rendimiento efectivo, por ejemplo, un contrato de depósito, o una cuenta bancaria con rendimiento efectivo de X por ciento, se verá sometido a ese rendimiento; pero, a falta de un interés explícito, se tendrá en cuenta el rendimiento presunto (a tener en cuenta a partir del mes en que lo tenga en su CC y será de aplicación mientras no se contrate algún producto con rendimiento efectivo).  Y si se refiere a un rescate en forma de renta mensual, ese importe mensual  (una vez separe lo que supone aportación y rendimiento ),  es el que se considerará como renta mensual a efectos de cómputo mensual de las mismas: en este caso, no hay que dividir entre doce, puesto que son ingresos periódicos (efectivos mes a mes).
Wediehard 12/10/25 17:57
Ha respondido al tema Subsidio +52 y rescate plan de pensiones
Afirmativo. Así es. A efectos de consideración de rentas en el subsidio, sólo se tendrá en cuenta el rendimiento/ganancia/plusvalía que le haya generado el mencionado PP. Deber á solicitar a la entidad gestora de dicho plan el desglose entre aportaciones y el rendimiento de las mismas. Notificar al SEPE en caso de superar el límite mensual bruto de rentas que pueda generar dicha operación (División entre doce de la mencionada plusvalía ) sumadas a otras posibles que pueda estar generando además de las mencionadas por dicho rescate. Personalmente, lo notificaría.Y respecto al total de dicha operación, si va directo a CC sin remunerar, interés presunto que se aplicará.
Wediehard 10/10/25 15:17
Ha respondido al tema Cálculos subsidio 52 años.
Si se contrata un interés efectivo, rige ese interés. Pero, tras liquidar intereses y volver todo ese dineral a una CC,  salvo que se contratará de nuevo un producto financiero con rendimiento efectivo similar, un interés presunto haría imposible ser beneficiario del subsidio vía rendimiento presunto, ya que se superaría el límite mensual de rentas. 
Wediehard 10/10/25 00:29
Ha respondido al tema Cálculos subsidio 52 años.
Tenga en cuenta lo que comenta Frangjr:  "Pero cuidado con ponerse voluntariamente en situación de acceso al subsidio que es algo perseguido por el SEPE".Cuanto antes lo haga, menos posibilidades de que "salte la liebre". 
Wediehard 09/10/25 14:09
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
De todas formas, este foro no deja de ser un lugar de intercambio de opiniones en función de experiencias propias o de terceros. Pero no olvidemos, que este tipo de respuestas que nos puedan dar trabajadores de SEPE en su mesa de trabajo, puede que no sean correctas; de hecho, de acuerdo al Grupo Funcionarial al que pertenecen, no tienen por qué conocerlas.  
Wediehard 09/10/25 13:52
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El subsidio se extingue, de acuerdo a la normativa, si la situación de superación de rentas brutas mensuales, dura doce meses. Si tras hacer un calculo de TODO lo que supone  el  patrimonio mobiliario e inmobiliario del interesado por aplicación de las reglas de rendimientos, se cumple el requisito de carencia mensual de rentas, pasado el mes de suspensión, la normativa permite solicitar y SEPE debe reconocer la reanudación del mismo. Es un asunto de calcular números y acreditarlo documentalmente. En última instancia, reclamación previa ante una una denegación de la solicitud de reanudar el subsidio.
Wediehard 09/10/25 13:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
 Cualquier pago único vía rendimiento, intereses, ganancia...que dividido entre doce supere los 888 euros brutos actualmente establecidos como límite, supone la suspensión del subsidio. A partir de ese mes se debe recalcular todo el montante económico del interesado, vía rendimiento efectivo o presunto del mismo, para acreditar que se vuelve a estar en condiciones de ser beneficiario del mismo, procediéndose a solicitar la reanudación del mismo. 
Wediehard 09/10/25 11:06
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No.
Wediehard 09/10/25 10:48
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En este punto, sí que siempre he tenido claro sin ninguna duda, que una cosa es la normativa SEPE y otra la de AEAT.  
Wediehard 09/10/25 10:26
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sin entrar en disyuntivas de SEPE, yo, vosotros, siempre había tenido claro que hablando de rendimientos de explotación de bienes ( intereses de un depósito) y con un régimen matrimonial de gananciales, se aplica la segunda frase de la Instrucción Cuarta (Imputación Subjetiva de las Rentas): "... pero las rentas efectivas derivadas de la explotación de un biende uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, seimputarán por mitad a cada cónyuge."De hecho, desde que llevo en este foro, jamás he leído un testimonio de suspensión del subsidio por este motivo. Pero bueno, es SEPE quien aplica la normativa y emite resoluciones, y el interesado quien tiene a su disposición los derechos de reclamar previamente a la vía jurisdiccional para hacer valer su interpretación al respecto del asunto.