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Participaciones del usuario Wediehard - Subsidios

Wediehard 01/10/25 19:09
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Todo dinero que tenga un beneficiario del subsidio va a tener un rendimiento efectivo o presunto.  UD mismo ha comentado que con el rendimiento efectivo del depósito incumple el requisito de carencia de rentas de cada mes. Otra cosa es el mes en que se produzca el abono de intereses al finalizar el tiempo para el que se contrató (pago único a dividir entre meses de duración del depósito y en su caso, a su vez entre dos si está casado en gananciales).  Pero mientras este depósito está en vigor està generando un rendimiento efectivo (cuya rentabilidad se traduce en un ingreso al finalizar el mismo): a éso me refería. 
Wediehard 01/10/25 18:45
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Lo que quiero decir es que un solicitante de este subsidio que contrate un depósito con un rendimiento efectivo tal que suponga superar cada mes rentas, no podrà ser beneficiario del mismo mientras mantenga esa situación. Por supuesto, hay que buscar la opción que permita cumplir el requisito de carencia de rentas. La que comenta en segundo lugar. Cuenta remunerada con interés efectivo de X por ciento demostrable en contrato.
Wediehard 01/10/25 17:26
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Vamos a ver. No comprendo: Si con el depósito supera cada mes el límite de rentas, NO puede ser perceptor del subsidio( se le suspenderá cada mes  y si esta situación se mantiene doce meses, el subsidio se extinguirá). Si una cuenta remunerada le renta al mes una cantidad X y, sumando todas las posibles rentas que pueda tener, no supera el límite, NO tiene que hacer nada cada mes. No hay que notificar nada cada mes, ni le van a suspender el subsidio: tendrá que recalcular sus rentas aportando la documentación que le requiera SEPE con carácter previo o posterior. Vamos, lo que acaba de comentarle Frangjr.
Wediehard 01/10/25 14:41
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
A) - Efectivamente, SEPE no es quien para solicitar estadillo bancario de cantidad de dinero en CC de cada beneficirio del subsidio. Pero, viniendo de una suspensión, se debe recalcular si se está de nuevo en condiciones de cumplir  el requisito de carencia mensual de rentas (aquí entran los rendimientos efectivos o presuntos de las cantidades de dinero de cada interesado). Además, Hacienda comparte datos económicos con SEPE, con lo cual, tarde o temprano, cualquier cosa "extraña" en términos de superación mensual de rentas, saldrá a la luz.B) - Cierto. A falta de un rendimiento efectivo explícito, se debe estar al presunto. Una cuenta corriente con un interés de 0 por ciento contratado, en mi opinión, es un interés efectivo (no obstante, aquí hay opiniones contrarias al respecto). De hecho, creo que hay oficinas SEPE que no lo consideran como tal.C) - Mientras no supere rentas mensuales, por muy cerca que esté de pasar el umbral límite de las mismas, no debe comunicar nada.   Pero, piense que puede estar casi al límite y que cualquier ingreso extra puede suponer pasar dicho límite.D) - Las cantidades invertidas en un depósito, tienen el interés efectivo establecido en dicho contrato de constitución del mismo, por lo que mientras mantenga "números legales", no repercute para seguir siendo beneficiario del mismo. El mes de abono de los rendimientos/intereses del mismo, deberá deividir esa cantidad entre el número de meses de duración del depósito: pago único entre el número de meses de depósito contratados: la cantidad resultante se imputa al mes de cobro de los mismos y vuelta a empezar en los cálculos vía rendimientos (efectivos o presuntos).SALVO MEJOR OPINIÓN.
Wediehard 30/09/25 18:43
Ha respondido al tema Traspaso de entidad de plan pensiones cobrando subsidio +52 años
No pasa nada. Es la INSTRUCCIÓN QUINTA. IMPUTACIÓN TEMPORAL DE LAS RENTAS (Pág. 18) del citado documento.
Wediehard 30/09/25 18:39
Ha respondido al tema Traspaso de entidad de plan pensiones cobrando subsidio +52 años
En mi opinión, sólo hay que comunicar aquellos ingresos/rentas/premios/rendimientos/intereses/...que supongan estar incurso en un supuesto de suspensión y/o extinción del subsidio de acuerdo a la forma en se computen (bien por por pagos únicos o periódicos).SEPE no puede sancionar por no comunicar una situación que no es causa de suspensión del subsidio.Todo ello sin perjuicio de que cada interesado es libre de hacer lo que crea conveniente y de que a la menor duda, personalmente, lo comunicaría.
Wediehard 30/09/25 18:31
Ha respondido al tema Traspaso de entidad de plan pensiones cobrando subsidio +52 años
 Oído cocina!!! https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/Instruccion_de_rentas.pdf&ved=2ahUKEwij37zz84CQAxXxgf0HHRvJIG4QFnoECAoQAQ&usg=AOvVaw2Y-ZOidBx2Dr1j8uY9IzEFSe te descarga directamente el PDF.
Wediehard 30/09/25 16:17
Ha respondido al tema Traspaso de entidad de plan pensiones cobrando subsidio +52 años
Este es un foro de intercambio de opiniones. Si se descarga el PDF de Instrucción de rentas publicado por SEPE, puede ver cómo se tratan todos los ingresos de un beneficiario del subsidio, bien sean en un pago único o con cierta periodicidad a lo largo del año, dividiéndolos entre doce, entre X meses o imputàndolos mes a mes según sean recurrentes o mensuales. De todas formas, si no lo ve claro, consúltelo en su oficina. 
Wediehard 30/09/25 15:31
Ha respondido al tema Traspaso de entidad de plan pensiones cobrando subsidio +52 años
Como le ha dicho Frangjr se trata de un pago único: en el SEPE le pueden decir muchas cosas, pero las Instrucciones de rentas de SEPE (pdf), establecen que los pagos únicos se dividen entre doce y ese cociente se imputa al mes en que se produce el ingreso (tal y como le ha comentado Frangjr).Y efectivamente, es un ingreso extraordinario, que se cobra en una sola vez, y que ha de dividirse entre doce.Otra cosa es si rescata el PP en forma de renta (mensual, trimestral...) y no por la totalidad, en cuyo caso cada cobro se imputa a cada mes o se divide entre tres...según la periocidad: pero estos supuestos son ya ingresos recurrentes a dividir en función del número de meses a los que se refiere el abono de esa "renta".
Wediehard 28/09/25 23:30
Ha respondido al tema Perceptores actuales del subsidio de mayores de 52 años
Ya se pronunció el TC a propósito de considerar inconstitucional, el vincular ingresos de una unidad familiar a efectos de consideración de rentas del interesado que solicita el SUB MAY. Sabemos que todo aquel actual beneficiario de este subsidio, no puede ver afectada su situación si unas nuevas condiciones le perjudican (principio de irretroactividad de leyes desfavorables). Este país lleva desde 2023, prorrogando los PGE : la subida o no del subsidio dependerá de su aprobación en unos nuevos presupuestos generales. Mientras tanto, a esperar.Lo que no es normal es cotizar más para la jubilación siendo beneficiario del subsidio que hacerlo por menor cantidad en la mayoría de las actuales contrataciones. Para este viaje, no son necesarias estas alforjas.