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Participaciones del usuario Wediehard - Subsidios

Wediehard 07/10/25 18:54
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No.  
Wediehard 04/10/25 22:08
Ha respondido al tema Cotización fijo discontinuo.
  Al amparo del artículo 247.2 de LGSS así es:  En relación con los trabajadores fijos-discontinuos, a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia, se computará todo el período durante el cual hayan permanecido en situación de alta con un contrato fijo-discontinuo. Dicho periodo se multiplicará por un coeficiente de 1,5, sin que el número total de días computables como cotizados anualmente por el trabajador pueda superar el número de días naturales de cada año.Para acceder al SUB MAY hay que cumplir los requisitos de acceso a una prestación contributiva de jubilación SALVO la edad. Por lo tanto, si se cumple la carencia genérica (quince años cotizados) y la específica (dos años, al menos, dentro de los últimos previos a la solicitud), no debiera un fijo discontínuo ver denegada su solicitud. En cualquier caso, una consulta a SS puede aclarar que ésto es así en el caso concreto que describe, de acuerdo a ese cambio normativo de cómputo para estos trabajadores (debido a ese matiz en la redacción del artículo:  "...sin que el número total de días computables como cotizados anualmente por el trabajador pueda superar el número de días naturales de cada año"). 
Wediehard 02/10/25 16:04
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Por cierto, ese ejemplo es tan evidente que llevaría a revocar la concesión del subsidio, ya que el interesado debió hacer constar en la solicitud, en la casilla de RENDIMIENTOS DE CAPITAL INMOBILIARIO, dicha cantidad y el Técnico correspondiente hubiera actuado en consecuencia en ese mismo momento.
Wediehard 02/10/25 15:58
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Pues a ese Técnico de Madrid, le diría que los depósitos tienen un interés efectivo mensual mientras no se liquiden. Si tras su cálculo, se estaba en situación de superar rentas, el subsidio no debió reconocerse. Y si dicha situación durara mínimo doce meses, habría que crear una nueva vía de acceso al mismo. En cualquier caso, lo que pueda opinar yo no tiene ninguna importancia. Si el Técnico te dijo éso, no hay más que hablar, ya que es SEPE quien dicta la resolución de estimación o no, de la solicitud. Éso sí, personalmente hubiera actuado de otra forma al solicitar el subsidio.
Wediehard 02/10/25 15:06
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
info4, en el impreso de solicitud del  SUB , casilla DECLARACIÓN DE RENTAS DEL SOLICITANTE, pone (SE INCLUYEN LAS RENTAS OBTENIDAS EN EL MES ANTERIOR A LA SOLICITUD, SIEMPRE QUE SE MANTENGAN EN EL ACTUAL). Solicitante que cobraba un alquiler por valor de 900 euros (lo ha cobrado antes de solicitar el subsidio y durante el subsidio, mientras no se extinga el mismo): es obligación del solicitante haberlo comunicado, ya que no tiene derecho al subsidio. Podemos poner otros ejemplos relativos a productos financieros que se mantengan en vigor al solicitar el subsidio (generan un rendimiento presunto o efectivo, en función de su naturaleza), si dichos rendimientos suponían superación mensual de rentas, el subsidio no se puede reconocer mientras se mantenga esa situación.  Es una putada, pero es así. Porque efectivamente, como bien dices, en las solicitudes dejan en blanco, mejor dicho, ponen 0, 00 todas las casillas de RENTAS DEL SOLICITANTE. Pero había que haber notificado dichas cantidades en el momento de la solicitud.
Wediehard 02/10/25 14:01
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Es que hay una cosa que no estás teniendo en cuenta; por éso, te adjunté el link de otro hilo relacionado con este tema. Y es el hecho de que si solicitaste el subsidio siendo depositante y  una vez reconocido el subsidio continuabas siéndolo, si nos has dicho que con el rendimiento contratado te pasabas de rentas, no podrías ser beneficiario del subsidio al menos hasta que te liquidaran los intereses finalizando así el contrato de depósito: si eran seis meses, habrías estado incumpliendo el requisito de carencia de rentas durante seis meses. Y como quiere destacar Frangjr, todo solicitante de subsidio se hace responsable de la veracidad de los datos que aporta al rellenar el formulario de solicitud ( conozca o no la normativa relativa al mismo). Lamentablemente, SEPE no es responsable de este tipo de situaciones. Y ante la duda, hay que aclarar a SEPE cualquier situación que generando rentas suponga  tener o no tener derecho a este subsidio mientras esta situación se mantenga.  Ya nos comentarás cómo queda tu situación.
Wediehard 02/10/25 10:18
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Correcto. Si te suspenden un mes,  deberàs solicitar tú la reanudación una vez demuestres que vuelves a estar en condiciones de cumplir el requisito de carencia de rentas. Ojo: la siguiente DAR, declaración anual de rentas, la tendrás que hacer en el plazo de un año contado, en este caso,  desde la reanudación. 
Wediehard 01/10/25 21:44
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
 "...Por no hablar de que el señor en cuestión no puede saber si va a mantener el depósito durante los 10 años imagínate que lo cancela los tres años y no hubiese recibido el subsidio por una cosa que nunca llegó a cobrar..."Obviamente, si canceló antes de solicitar el subsidio, no le afectaría para nada de cara a considerarlo como renta por dicho motivo. Y si al solicitarlo continúa como depositante, mientras no lo cancele y, al hilo de lo comentado antes en el link, deberá calcular el interés mensual efectivo del mismo para acreditar que cumple el requisito de carencia mensual de rentas brutas.Es mi opinión. 
Wediehard 01/10/25 21:24
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
Efectivamente. Y esa norma debe aplicarse a lo largo del tiempo en que se sea beneficiario del mismo. Si hay seis meses de repercusión de un depósito una vez se sea beneficiario del subsidio, han de tenerse en cuenta las rentas que se vayan a  generar durante ese plazo. Imaginemos que una persona antes de solictar el subsidio, en un X momento vendió un  inmueble con X plusvalía: obviamente, esa operación corresponde a un momento anterior a su condición de beneficiario del subsidio, por lo que SEPE no entrará a repercutir el impacto que tuvo en su día esta operación, pero sí tendrá en cuenta el rendimiento efectivo/presunto que pueda tener el montante total de esa operación si al realizarse la solicitud sigue en poder del interesado. Un depósito a diez años cancelado antes de plazo ha ido generando un rendimiento efectivo cada mes (aunque no se haya hecho efectivo el pago de intereses a su vencimiento). Por lo menos, yo así lo interpreto.   
Wediehard 01/10/25 19:41
Ha respondido al tema Subsidio para mayores de 52 años - SEPE
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6946230-subsidio-mayores-52-anos-depositos-larga-duracion?page=1Lea este hilo. Posiblemente no me he explicado bien.Saludos