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Participaciones del usuario renciayera - Fiscalidad

renciayera 30/04/24 13:19
Ha respondido al tema Coeficiente de abatimiento ganancia patrimonial
Si, los herederos son 3 hermanos más a partes iguaales pero las cantidades que he consignado son las correspondientes a cada uno de los herederos,Muchas gracias "Bacalo" por tu tiempo y tu participación en el foro.Cuando vaya a rellenar el modelo 100 si tengo algún problema volveré a recurrir al foro 
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renciayera 30/04/24 10:18
Ha respondido al tema Coeficiente de abatimiento ganancia patrimonial
Quiero entenderte que debo de considerar de la misma vivienda como dos ventas distintasUnaFecha de adquisición 14/02/1983 Valor de adquisición 300,00 Eu.Fecha de venta 09/05/2023 Valor de venta 4.950,00 Eu. (9.900,00 / 2)Dos Fecha de adquisición 22/05/2015 Valor de adquisición 4.800,00 Eu.Fecha de venta 09/05/2023 Valor de venta 4.950,00 Eu. (9.900,00 / 2) ¿Seria así?
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renciayera 31/03/24 17:45
Ha respondido al tema 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año
Laura quizás esto te podrá ayudar.Copio y pego del"Manual del IRPF 2023"la Ley estima que no existe alteración en la composición del patrimonio y, por lo tanto, no se producirá ganancia o pérdida patrimonial alguna en las siguientes operaciones, siempre que la adjudicación se corresponda con la respectiva cuota de titularidad:División de la cosa común.a.Disolución de la sociedad de gananciales o extinción del régimen económico matrimonial de participación.b.Disolución de comunidades de bienes o separación de comuneros.Es decir, que en el tercio que te compra unos de los comuneros no hay alteración patrimonial, ni ganancia ni pérdida para ti te haya pagado lo que te haya pagado.Y como muy bien te han explicado lo único que podrías poner como pérdida patrimonial el importe de los gastos en los que incurriste.Por contra para el que te compra tu tercio de propiedad tampoco se le modifica el valor de adquisición de ese tercio que seguirá siendo el que le disteis a la hora de aceptar la herencia.Un saludo
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renciayera 06/03/24 13:36
Ha respondido al tema En que ejercicio se debe de declarar la venta de una casa realizada el 2 de Enero del 2024
Es un poquito más enrevesadoLa diferencia a declarar será+ Valor de venta   - Gastos de venta (Inmobiliaria, Notario etc)   - Impuestos de ventaTOTAL VALOR DE VENTA- VALOR DE ADQUISICIÓN   + Gastos de adquisición   + Impuestos pagados en la adjudicación   - Amortización por los años que estuvo arrendada (si es que lo estuvo)   - (1) Lo mismo para la nudo propietaria (tu señora) como para la usufructuaria (tu suegra)(1) La usufructuaria además (si el usufructo era vitalicio) deberá restar del valor de adjudicación del usufructo el 3% anual  
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