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Rendimiento de trabajo irregular
"Juan Lackland" vuelvo sobre el temaConsidero que:Estos rendimientos irregulares evidentemente están sujetos a cotización a la seguridad social y a retención a cuenta del IRPF.Caso de que su percepción se prorrate en períodos mensuales (12 meses) su inclusión en el IRPF y su correspondiente reducción del 30% será en función de los impores cobrados en los años correspondientes. Es decir si en año 2025 cobramos 5 meses son los que declararemos y reduciremos el 30% en el IRPF del 2025 los otros 7 meses los declararemos y reduciremos en el IRPF del 2026¿Es así?
renciayera07/09/25 11:44
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Averiguar cuentas bancarias del causante
Y ¿ese texto se podría enviar por internet y que te contestasen por el mismo medio?
renciayera06/09/25 12:26
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Averiguar cuentas bancarias del causante
renciayera05/09/25 09:35
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Burocracia herencia
Y mientras tanto "Augusto Enríquez" la herencia esta yacente, con la obligación de todos los herederos incluso del que se hace el desentendido de atribuirse o imputarse las rentas que generen los bienes del causante en proporción a su % de participación en la herencia.
renciayera05/09/25 09:28
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Obra pendiente de vivienda a heredar
Particularmente veo mejor la opción planteada por "Rucko" establecer un préstamo con el propietario actual de la vivienda.Siempre se recuperaría en la herencia.El establecerlo en el testamento, este siempre podría ser modificado a posteriori a requerimiento del propietario o por interés de alguno de los herederos.Salvo mejor opinión
renciayera02/09/25 19:20
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Compensación de plusvalías actuales con minusvalías de años anteriores
Manual IRPF 2024En las reglas para la compensación de pérdidas de años anteriores dice 2020, 2021, 2022 y 2023 bien es cierto que no indica el orden, pero como estas compensaciones caducan cada cuatro años, te interesa empezar a compensar por el año que vaya a caducar antes.
renciayera01/09/25 09:31
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ONCE Sueldazo fin de semana
"Bacalo" agradecido por este enlace que adjuntasUn saludo
renciayera31/08/25 18:30
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ONCE Sueldazo fin de semana
"Bakalo"Y ninguna de estas cantidades se incluyen en el modelo 100¿Es así? Es que no veo por ningún sitio que específicamente lo diga
renciayera31/08/25 17:55
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ONCE Sueldazo fin de semana
Tengo mis dudas Si se considera un solo premio tal como lo anuncia la ONCE “5.000 € al mes durante 20 años + 300.000 € al contado” (5.000 x 12) x 20 = 1.200.000 + 300.000 = 1.500.000 € Premio total 1.500.000 – 40.000 exentos = 1.460.000 sujetos x 20% = 292.000 € a tributar TOTAL PREMIO 1.500.000 – 292.000 De tributación = 1.208.000 para el jugador Como parece indicar “guillermotell”, son dos premios Uno el contado 300.000 en el que se aplica la reducción de los 40.000 y se tributa por el resto total 260.000 al 20% Total 52.000 € a tributar El otro el de los 5.000 € al mes durante 20 años Entonces debería de ser (5.000 x 12) x 20 = 1.200.000 € totales que aplicando la reducción y tributando el resto al 20% la tributación sería de otros 232.000 €. Yo entiendo que se trata de un solo premio con dos pagos Uno el contado 300.000 en el que se aplica la reducción de los 40.000 y se tributa por el resto total 260.000 al 20% Total 52.000 € a tributar. La Once abonaría (300.000 – 52.000 = 248.000 €) En un primer pago inicial Otro En pagos mensuales sería la tributación por los 5.000 mensuales al 20% = 1.000 € de tributación mensual (1.000 x 12) x 20 = 240.000 € de tributación. La ONCE abonaría ((5.000 – 1.000) x 12 x 20 = 960.000 € en los 20 años Y Sería para el jugador 248.000 (primer pago) + 960.00 (pagos mensuales) = 1.208.000 para el jugador afortunadoY ninguna de estas cantidades hay que incluirlas en le modelo 100 Ahí está la duda y mi curiosidad