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Discapacidad llega ahora retroactivo desde 2019. Renta 2019-2021 ya presentadas.
Te juro que rectifiqué 3 declaraciones para meter una discapacidad y en cada una salió un botón de adjuntar.
Monillo08/04/26 19:34
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Discapacidad llega ahora retroactivo desde 2019. Renta 2019-2021 ya presentadas.
Como te han dicho. Al terminar de rectificar y dar a siguiente sale un botón para adjuntar.
Monillo08/04/26 17:35
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Huele a que no se dieron cuenta de que era >2k.Literalmente el formulario exige copia del ISD donde venga incluida la devolución.¿No presentaste justificante del ISD o presentaste el justificante pero sin incluir la devolución?
Monillo08/04/26 07:37
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Qué locura. Entre la renta 2025 que he presentado hoy y las 3 DT2 pendientes, son 4 devoluciones a un fallecido.Tendré que presentar 4 veces el H-100 y como son superiores a 2k me pedirán el ISD donde vengan puestas esas cantidades.La renta 2025 como ya sé el importe pues la meto ya en el ISD que no está presentado todavía, pero las 3 DT2 tendría que hacer 3 complementarias al ISD conforme se vayan aprobando.Estoy pensando que como he calculado por mi cuenta las devoluciones DT2, puedo ponerlas ya en el ISD y me ahorro las complementarias.
¿Qué pensáis?
Monillo07/04/26 19:34
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Mi padre falleció el 20 marzo 2026. Tiene 3 DT2 de 2019-2021 pendientes que ni siquiera están rectificadas. No se sabe la cuantía aunque he calculado sobre 2.500€ cada una a devolver.Como en 1 mes voy a presentar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía. ¿Estas cantidades DT2 deben ponerse en el Imp. Sucesiones?Hacienda para cobrar las devoluciones mediante el H-100 pide el Sucesiones si son de más de 2k y no sé si exigirá que las DT2 vengan puestas.
Monillo23/02/26 18:39
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Una mujer muy "lista" dijo una vez que "el dinero público no es de nadie".
Monillo23/02/26 18:12
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Eres inteligente. Yo pienso igual. Que me lo den pero tampoco tengo prisa al 4,0625%.
Aunque el euribor esté al 2% como el Perro prorroga los presupuestos tenemos 4% para rato. En España el depósito que más da ahora es Pibank y Volkswagen Bank al 2,50% aprox.
Monillo01/12/25 18:23
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Primero se pagan las declaraciones normales (no rectificadas nunca por el contribuyente) las cuáles la AEAT rectifica.Las últimas serán las declaraciones rectificadas por el contribuyente por otros motivos que deben ser rectificadas otra vez por la AEAT ahora por la DT2.
Monillo21/11/25 12:19
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
A mi padre ya le devolvieron la de 2022.Las de 2019-22 le salen presentadas y rectificadas por él por una discapacidad reciente. O sea, le aparecen 2 entradas.
¿Cuando el funcionario haga la rectificación DT2 le aparecerá una 3ª entrada poniento otra rectificación?
Monillo10/09/25 19:15
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Cómo declarar rendimientos de promoción no comunicados por BBVA
Exacto, básicamente eso es lo que indica la situación. En España, los bancos solo comunican a la AEAT los rendimientos o ganancias patrimoniales que estén sujetos a retención o declaración obligatoria. Si una promoción tipo “amigo” no aparece en los datos fiscales que el banco genera para la AEAT, significa que el banco no ha informado de ese importe a Hacienda. Esto puede deberse a varias razones: No tiene retención asociada: Muchas promociones “amigo” no llevan retención, sobre todo si son pequeñas cantidades. Al no existir retención, el banco no está obligado a generar un certificado fiscal para la AEAT.No se consideran rendimiento sujeto a retención: Algunas promociones se consideran meramente incentivos o descuentos y no “rendimientos de capital mobiliario” que deban comunicarse automáticamente.Error o retraso del banco: A veces la información se reporta tarde o se excluye por error, pero esto es menos común.⚠️ Importante: Aunque el banco no lo reporte, el contribuyente sigue obligado a declarar los ingresos si superan ciertos límites, aunque no haya retención. En la práctica, esto suele ir en la base del ahorro como intereses o ganancias patrimoniales, dependiendo del banco y del tipo de promoción.Sí, en la práctica es cierto: si una promoción no aparece en los datos fiscales, Hacienda no tiene manera inmediata de detectarlo automáticamente. No hay retención que se haya ingresado a Hacienda ni comunicación desde el banco, así que, hasta que no la detecten por otra vía, no hay aviso automático. Pero hay un par de matices importantes: Riesgo legal: Aunque no lo detecten automáticamente, el ingreso sigue siendo legalmente tributable. Si en un futuro Hacienda hace una comprobación de tu banco o cruza información, podrían reclamarlo con intereses y sanciones.Cantidad y criterios: Para importes pequeños, es muy improbable que se detecte, y muchos contribuyentes no declaran promociones menores. Pero desde un punto de vista formal, lo correcto es declararlo.En resumen: sí, puede pasar desapercibido, pero no declararlo sigue siendo una infracción fiscal.