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Participaciones del usuario Melvin - Hipotecas

Melvin 12/05/24 00:09
Ha respondido al tema Vender vivienda e invertirlo en una cooperativa
Algunos posibles beneficios fiscales que podrías considerar son:Exención por reinversión en vivienda habitual: Si reinviertes el dinero obtenido de la venta de tu vivienda habitual en otra vivienda que vayas a utilizar como tu nueva residencia habitual, podrías optar a una exención en el impuesto sobre la renta (IRPF) por la ganancia patrimonial obtenida en la venta. Esta exención está sujeta a ciertas condiciones y límites establecidos por la ley, como el plazo para reinvertir el dinero y la obligación de destinar la nueva vivienda a tu residencia habitual.Beneficios fiscales por adquisición de vivienda protegida: Dependiendo de las características de la cooperativa de vivienda en cesión de uso, podría haber beneficios fiscales adicionales si la cooperativa está reconocida como una vivienda protegida o social. Estos beneficios pueden incluir reducciones en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD) o en el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en el caso de viviendas de obra nueva.Posibles deducciones fiscales: Aunque las cooperativas de vivienda en cesión de uso suelen estar exentas de impuestos sobre beneficios por su naturaleza sin ánimo de lucro, es posible que como socio de la cooperativa puedas beneficiarte de deducciones fiscales relacionadas con los gastos de comunidad, mantenimiento o rehabilitación de la vivienda. 
Melvin 12/05/24 00:07
Ha respondido al tema Hipoteca para vivienda con menos metros registrados
Los bancos suelen basar el préstamo hipotecario en el valor de tasación del inmueble. En este caso, el inmueble tiene 50 m2 registrados y 30 m2 no registrados. Lo normal es que los bancos no estén dispuestos a financiar el valor total del inmueble (basado en los 80 m2) si los 30 m2 adicionales no están legalizados, ya que esto podría representar un riesgo para ellos en términos de valor real del inmueble y garantías para el préstamo. Las aseguradoras también evalúan el riesgo antes de emitir una póliza de seguro para una propiedad. Si hay ampliaciones no registradas, esto puede ser considerado como una situación de riesgo, ya que las ampliaciones no están reflejadas en los documentos legales y podrían afectar la seguridad estructural de la propiedad. 
Melvin 12/05/24 00:05
Ha respondido al tema Duda Alquiler.
En general, si puedes demostrar ingresos suficientes para hacer frente al pago del alquiler, ya sea a través de un salario, ingresos por incapacidad temporal o ahorros en plazos fijos, es probable que los propietarios de viviendas estén dispuestos a alquilarte una casa. Los propietarios suelen estar más interesados en asegurarse de que puedas pagar la renta de manera constante y puntual, más que en la fuente específica de tus ingresos. Lo que está claro es que da más seguridad un funcionario activo que uno de baja o pensionista. 
Melvin 27/03/24 09:28
Ha respondido al tema Problema Comunidad de Vecinos Instalación de Ascensor - Administración de fincas
 En España, las decisiones relacionadas con la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Según esta ley, las decisiones que afectan a elementos comunes, como la instalación de un ascensor, deben ser aprobadas por la mayoría de los propietarios presentes en la junta de vecinos, representando a su vez la mayoría de coeficientes de participación en la comunidad.En el caso que mencionas, si la comunidad de vecinos ha tomado la decisión de instalar el ascensor mediante la creación de una servidumbre y la vía judicial ha confirmado esta decisión, entonces el local que se opone no puede arrastrar a toda la comunidad hacia una alternativa que no ha sido acordada.La antigua propuesta de instalar el ascensor por el interior de las viviendas es una opción que no fue aceptada por la comunidad, y por lo tanto no puede ser impuesta por un solo propietario, ya sea un local o una vivienda. Además, esta alternativa fue rechazada por razones válidas, como afectar la distribución de las viviendas y no contar con el consenso de todos los propietarios.Por lo tanto, si la comunidad ha decidido la instalación mediante la creación de una servidumbre, y esta decisión ha sido confirmada por la vía judicial, el local que se opone no puede impedir la instalación del ascensor por el interior de su local. La servidumbre es una medida legal que permite el uso de una parte del local para beneficio de la comunidad, siempre y cuando se respeten ciertos criterios legales y se compensen adecuadamente los derechos del propietario del local.
Melvin 07/05/23 22:10
Ha respondido al tema Nuda propiedad 100%.
Eso es correcto, si tienes el 100% de la nuda propiedad de una vivienda, significa que eres el propietario legal de la misma, pero no tienes derecho al uso y disfrute de la propiedad, ya que el usufructo (derecho a usar y disfrutar) pertenece a otra persona. En este caso, la otra persona tendría el 100% del usufructo, es decir, el derecho a vivir en la propiedad y utilizarla como suya. Es importante tener en cuenta que el usufructuario tiene la obligación de mantener la propiedad y pagar los gastos de mantenimiento y reparación, mientras que el propietario de la nuda propiedad no tiene ninguna responsabilidad en este sentido.
Melvin 07/05/23 22:09
Ha respondido al tema Compraventa vivienda + parking posibilidad ahorro ITP menor 35 años
En cuanto a la valoración de la vivienda y el garaje por separado, es cierto que se pueden valorar de forma independiente para el cálculo del ITP siempre y cuando se justifique debidamente la valoración.
Melvin 07/05/23 22:07
Ha respondido al tema Compra de plazas de parking
Si es posible poner ambas plazas a nombre de ambos, podría ser más económico en términos de impuestos y costos de gestión.
Melvin 07/05/23 22:05
Ha respondido al tema Alquiler en finalización de contrato con Nueva Ley de Vivienda
La nueva Ley de Vivienda 2021 establece que, en caso de finalización del plazo máximo de duración de la vivienda de protección oficial (VPO), se permite la prórroga obligatoria del contrato por un plazo mínimo de seis años adicionales, con las condiciones establecidas en la normativa aplicable. Además, la ley establece que el precio de la renta no puede exceder del precio máximo que se haya fijado en la orden que establezca el precio máximo de la vivienda protegida en el momento de la primera ocupación.Por lo tanto, si el plazo de protección oficial ha finalizado, el arrendador no puede subir el alquiler al precio que quiera, sino que debe respetar el precio máximo establecido para la vivienda protegida. Si el arrendador se niega a renovar el contrato, debes tener en cuenta que la ley te ampara para solicitar la prórroga obligatoria del contrato por un mínimo de seis años adicionales, siempre que cumplas los requisitos establecidos en la normativa aplicable.En cuanto a la renovación automática del contrato, dependerá de lo establecido en el contrato de arrendamiento y de las normas aplicables
Melvin 07/05/23 22:04
Ha respondido al tema Seguro hogar como bonificador hipoteca
Si en tu contrato no se establece un plazo de permanencia mínimo, podrías dar de baja el seguro en cualquier momento sin tener que pagar penalización alguna.
Melvin 07/05/23 22:03
Ha respondido al tema Renovación contrato alguiler nueva ley 2023 - Alquiler de vivienda
Correcto, el arrendador solo puede subir el alquiler en un 2% durante 2023, lo que significa que el aumento máximo permitido sería de 14,80 €.Respecto a la prórroga del contrato, según la nueva ley, los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023 podrán prorrogarse durante 6 meses sin tener que pagar los honorarios del nuevo contrato, por lo que podrías solicitar la prórroga sin tener que pagar los honorarios.En cuanto a los gastos y honorarios inmobiliarios, la nueva ley establece que estos siempre correrán a cargo del propietario del inmueble, independientemente de si se trata de personas físicas o jurídicas. Por lo tanto, los 300 € que te quieren cobrar para cambiar la fecha del contrato anterior deberían correr a cargo del propietario del inmueble y no a cargo tuyo como inquilino.