Maqiz
04/04/24 14:54
Ha respondido al tema Indemnización por despido y paro en la declaración
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Hola,Efectivamente, el motivo de tal resultado es las "escasas" retenciones que se han practicado respecto del total de los ingresos íntegros -ya que cada pagador retiene según la renta que él abona, sin tener en cuenta el resto que haya podido percibir-.Sin embargo, al cumplirse los requisitos de inaplicabilidad de la exención de la indemnización por cese o despido recogidos en el art. 1 RIRPF (ha vuelto a trabajar en la misma empresa en un periodo inferior a 3 años desde que se extinguió la relación laboral en primer término), dicha renta está plenamente sujeta y debe tributar y, por tanto, incluirse en la declaración.La empresa tendría que haber procedido a practicar retención sobre la misma y declararla en el correspondiente modelo informativo -que es de dónde se nutren los datos fiscales-. Por tanto, lo que hay que comprobar es si en el importe que aparece procedente de dicho empleador (los 21.760,28€ que indicas) está incluida. En caso contrario, no dudes en indicarlo, porque habría que declararla manualmente pero con una cierta peculiaridad por incumplir la empresa sus obligaciones que puede beneficiar al trabajador con un resultado menor de la declaración.Un saludo,