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Participaciones del usuario leopol72 - Fiscalidad

leopol72 12/05/26 17:04
Ha respondido al tema Declaración de la renta 2025 persona fallecida.
Bueno, el viudo es el cónyuge, a 31/12 el causante está fallecido...
leopol72 12/05/26 17:03
Ha respondido al tema Declaración de la renta 2025 persona fallecida.
1) Al entrar en los datos de mi madre no le aparecía un porcentaje muy elevado de discapacidad que le reconocieron a finales de 2024. No sé por qué no aparece pero yo se lo he puesto. La duda es que, aunque el programa la reconoce como fallecida en la fecha que falleció (septiembre de 2025), pone "Estado civil a 31/12/2025: CASADA". Yo en principio lo he dejado como está ¿tendría que modificarlo?Ponle el grado a mano. Yo lo dejaría así también, a fecha 31/12 no lo estaba, pero si a fecha de fallecimiento, que es el día de devengo de su impuesto2) Como consecuencia de la discapacidad de mi madre le he aplicado a mi padre la deducción por cónyuge con discapacidad a cargo (cumple el resto de requisitos) pero ahora la duda que me surge es que, al rellenar los datos en la declaración de mi padre, al preguntarme los meses que el matrimonio estuvo vigente durante 2025 he puesto:*Primer mes en que el matrimonio estuvo vigente: ENERO*Último mes en que el matrimonio estuvo vigente al finalizar el mes: AGOSTO¿Estaría bien? Lo pregunto porque parece contradictorio con respecto a la información que aparece sobre mi madre de  "Estado civil a 31/12/2025: CASADA"Yo pienso que está bien asíLa otra alternativa que se me ocurre es poner en la declaración de mi padre, como "fecha fin discapacidad de cónyuge" la fecha de muerte de mi madre y dejar activada la casilla "Matrimonio vigente durante todo 2025" (lo cual no es verdad porque mi madre falleció en septiembre... pero bueno).Eso lo veo mucho peor3) Entiendo que mi madre tiene derecho a la deducción autonómica de Castilla y León por discapacidad aunque haya fallecido en septiembre ¿no?. Me refiero... no es un requisito que haya que cumplir a 31/12/2025. No afecta para nada a la declaración, pero quería saber si puedo ponerla (se cumple el resto de requisitos).No conozco esa deducción, pero doy por hecho que puedes por la misma razón que antes, a fecha de devengo estaba discapacitada y cumplia
leopol72 12/05/26 16:47
Ha respondido al tema La venta de un terreno no sale en el borrador
Es que si la compraventa fue condicionada a la confirmación, habría que ver en qué términos. Si es suspensiva, el contrato no surte efectos hasta la confirmación.Si es resolutoria, si surte efectos mientras no se produzca la condición, en este caso, que no firmara.Dependiendo de eso, tributaría en un ejercicio u otro 
leopol72 12/05/26 16:36
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
El valor de adquisición lo declaras tu, y debes poner el correcto, que es el declarado en sucesiones en el momento del fallecimiento, independientemente como digo de lo que pongas en la escritura.Si pones el actualizado como de adquisición en la renta, estás haciendo las cosas mal, hay riesgo de que te pidan documentos, como mínimo el impuesto de sucesiones presentado en su momento, y, aparte de regularizar la cuota, pegarte una buena sanción. Algunos dirán que de manera desproporcionada y presumiendote un delincuente, cuando tu no sabías que lo estabas haciendo mal y que mereces una oportunidad de rectificar un error. En tu caso concreto no podrías decir sin mentir que no lo sabías
leopol72 12/05/26 13:02
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
Si, pero una cosa que no puede bajar de un valor mínimo (según ellos), no debería poder depreciarse por debajo de ese valor... je je Yo desde luego si tuviera que aplicarlo no lo bajaría del 10%, y que vengan y me lo apliquen a ver
leopol72 12/05/26 12:42
Ha respondido al tema Declaración de la renta 2025 persona fallecida.
Como dice Blanchiki, si presentas la declaración del fallecido, de acuerdo a los datos fiscales, la darán por buena salvo sorpresa. Ni representantes ni nada. Y si marcas que se renuncia a la devolución, mejor todavía, no os molestarán con lo de presentar los datos y acuerdos de los herederos 
leopol72 12/05/26 12:37
Ha respondido al tema La venta de un terreno no sale en el borrador
Entiendo que en el que se produce, el 2025, independientemente de que no salga en los datos fiscales, cosa que por otra parte es muy rara.A salvo claro de que la ratificación esa fuera imprescindible para culminar la operación y darla por hecha y por ejemplo no se pudiera inscribir en el registro hasta que no se hiciera
leopol72 12/05/26 12:32
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
Entiendo que si el usufructo se valoró en el 10% mínimo por su edad ya muy avanzada, no puede reducirse mas, a pesar de que pase mas tiempo.Aunque esto es una reflexión mia
leopol72 12/05/26 12:29
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
El valor del bien es el valor del bien completo... en pleno dominio, se desglosa en este caso en usufructo y nuda propiedad.Entendiendo que era ganancial, y que esos 65.000 corresponden a la mitad del piso del fallecido, no al valor total del piso:Si el usufructo es el 10%, y el piso se valora en 130.000,  la viuda hereda un valor teorico del 10% de la mitad, total 6.500.Y ese es su valor de adquisición.Los hijos, 65.000-6.500=58.500 / 2= 29.250 cada uno. Ese es tu valor de adquisición de tu parte.Preparaos porque el palo en renta va a ser monumental.El primer notario debió recordaros que se podía haber valorado el piso en el 2019 por un mayor valor, mas cercano al de mercado de ese momento, y probablemente, sin pagar mas impuestos. Ahora ya no cuela
leopol72 12/05/26 12:18
Ha respondido al tema Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
 ¿Es realmente obligatorio actualizar ahora el valor de la vivienda aunque el Impuesto de Sucesiones esté ya prescrito y liquidado desde 2019?No solo no es obligatorio, es que no se debe hacer. La adjudicación en escritura es una simple replica del reparto teorico que se debió hacer al fallecimiento, y con los mismos valores.Y no puede ser que en la Junta te hayan dicho otra cosa,  no debería ni presentarse uan nueva liquidación ya que se hizo en su momento, pero como luego en el registro de la propiedad se empeñan en que hace falta, se presenta, porque es lo más fácil y rápido, como prescrita, y con los mismos valores.¿Es correcto utilizar un valor actual más alto (por ejemplo 150.000 €) aunque en 2019 se declaró bastante menos?Puesto que no se debe actualizar, no¿Puede Hacienda considerar eso una “regularización artificial” únicamente para pagar menos IRPF en la venta?Si, y lo hace¿El valor que realmente tendrá en cuenta Hacienda para calcular nuestra ganancia patrimonial futura será el nuevo valor que aparezca ahora en escritura/herencia?No, el inicial en fallecimiento¿Tiene sentido declarar incluso un valor más cercano al precio real de venta (219.000 €) o eso podría generar otros problemas?Tendría sentido si pudiera hacerse, pero es que no se puede