Lanstronio
26/04/19 10:53
Ha respondido al tema Ingresos extraordinarios y cancelacion del Subsidio (SED) para mayores de 52 años
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A tenor de todo lo que se ha comentado en este hilo puntualizo dos cuestiones que pueden ser importantes:
1.- En cuanto al rendimiento presunto del capital (cuyo origen ha sido la venta de la casa que se heredo) al igual que cualquier otro rendimiento de un bien mueble o inmueble La normativa del Sepe lo que dice es " Con independencia del regimen economico del matrimonio, los rendimientos derivados de la explotacion de un bien se imputaran al 50% a cada conyugue" Lo cual significa que del rendimiento presunto o no del capital obtenido por la venta en caso de estar casado el beneficiario no se computa el total del rendimiento atribuido si no el 50% (la diferencia es muy sustancial)
2.- En cuanto a que el funcionario no se supo explicar, ojo que lo que ocurre en el 90% de los casos es que EL FUNCIONARIO NO TIENE NI PAJARUELA IDEA" y esto es por que la normativa del SEPE es un autentico disparate, donce mezcla bastas con merinas, de hecho si se analiza la ley tributaria, la normativa de la propiedad en regimen gananciales, la normativa sobre los bienes privativos etc. es totalmente contradictorio el planteamiento.Por tanto en caso de que un funcionario contradiga, lo que hay que hacer es sin dudarlo iniciar las oportunas reclamaciones en el cauce establecido. Esta demostrado que el SEPE es una fabrica de perder Sentencias ante los tribunales.