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Participaciones del usuario Jotaerre

Jotaerre 29/03/23 21:28
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
La cuestión es que, precisamente, en Madrid y otros sitios ya se excluía la bonificación ANTES del VRC:https://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Pregunta_FA&cid=1142342673866&language=es&oid=1142342521691&pageid=1168934251138&pagename=Contribuyente%2FCONT_Pregunta_FA%2FCONT_preguntaAsí que mantener la excepción se contradice con exigir el VRC.
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Jotaerre 29/03/23 21:08
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
🙄 y más 🙄¿Qué es muy fuerte?No miréis el dedo, si no la Luna: ¿por qué se habría de excluir bonificar la adquisición en subasta, si la base imponible fuera el VRC y no el precio de adjudicación, si no es porque se da por supuesto que será inferior (no para castigar a "subasteros", que ya no hay)?Es el mismo razonamiento detrás del derecho de tanteo de los organismos: como te has adjudicado un chollo, venderás por un precio más asequible y ya te lo compro yo.Y esa excepción/contradicción es un argumento añadido contra el VRC en subastas.Saludos, 
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Jotaerre 29/03/23 18:26
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
Recién salida del horno (23.03.2023) la Guía catalana del ITP...https://atc.gencat.cat/web/.content/documents/02_doc_tributs/01_itpajd/guia_itp_es.pdf... páginas 47 y 48:"E.2.2 Bonificaciones aprobadas por el Parlamento de Cataluña-Bonificación aplicable en las transmisiones de viviendas en empresas inmobiliariasBonificación del 70% de la cuota a ingresar de la modalidad de transmisiones patrimoniales en la adquisición de viviendas por parte de empresas inmobiliarias con la finalidad de revenderlos (código 440).Transmisiones excluidas:-Las adjudicaciones de inmuebles en subasta judicial. Sí se aplica la bonificación cuando se realiza la cesión del remate en acto posterior a la subasta".¿Por qué esa diferencia (que también hacen otras CCAA) cuando compras y cuando te adjudicas, si según los descerebrados de la DGT en ambos casos se debería liquidar por el VRC?Mejor me callo, a buen entendedor...
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Jotaerre 17/02/23 14:16
Ha respondido al tema Complementaria por valor tasación vs valor en compra con sentencia firme juzgado
Pues no lo acabo de entender, lo siento, porque para vender la finca el fondo primero debe habérsela adjudicado, en los concursos no vende el acreedor con autorización judicial, sino la administración concursal en nombre del concursado.Si es un problema de si lo que dijera el Juez va a misa, el art. 46.5 LITP así lo establece, y lo confirma la (poca, pero la hay) jurisprudencia, puedes buscarla en Cendoj para sustentar tu alegaciones.Saludos,
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Jotaerre 16/02/23 19:13
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
No visto, pero yo entiendo que, al ser una carga ineludible, lo han expresado de esta forma: asumes la deuda que se ejecuta, pero la cuota urbanística será tuya igualmente, como las de CP.
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Jotaerre 16/02/23 09:52
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Hola, jrl, tienes razón, es bastante alucinante, aunque también es cierto que se resta del tipo de subasta (pero sólo como liquidación "provisional", chúpate esa, moreno):Saludos,
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Jotaerre 07/02/23 10:38
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
Y otros que se la han envainado, en cuanto ha sido un abogado quien se ha puesto a comentar el verdadero alcance de esa Sentencia (aunque lo de pronto...):https://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2023/02/07/valor-referencia-catastral-tic-tac/0003_202302G7P27992.htm"Veremos, más pronto que tarde, cómo se abordará esta cuestión tras la entrada en vigor del valor de referencia catastral" 
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