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Participaciones del usuario José Luis 54 - Subsidios

José Luis 54 02/08/25 21:42
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ya veo, eso es un error pero no sé si el INSS te lo puede solucionar, creo que este caso debería de ser la TGSS. Cogete todas las nóminas o recibos de salarios que tengas mal y presentarlos en el INSS, si están inspirados igual pueden hacer ellos algo o pueden escanearlo y enviarlo a la TGSS para que lo corrijan.Si no hay inspiración divina te dirán que pidas cita para la TGSS.Si te das cuenta cuando entras a ver tus bases de cotización o tu vida laboral lo haces a través de la app de la TGSS, no del INSS..Porque no pruebas primero con la TGSS en lugar del INSS, es mucho más fácil pedir cita y son rápidas.Un saludo 
José Luis 54 02/08/25 18:53
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Ok, todavía queda tiempo entonces, con la coletilla que te pusieron es muy probable que te revisen pero igual miran los informes y no lo hacen. Nunca se puede saber con esta gente.Ya nos contaras
José Luis 54 02/08/25 18:51
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Tú empresa no puede cambiar tus bases de cotización en el INSS, tú empresa lo que ha hecho es informar al INSS del cambio de salario y la nueva base de cotización, el INSS lo ha cambiado en el informe de las bases de cotización y te calculado cual es la nueva base reguladora y te la ha aplicado a la pensión de incapacidad.Tú empresa informa y el INSS ejecuta los cambios, nunca mejor dicho
José Luis 54 02/08/25 18:33
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues han sido muy legales en el INSS, te han recalculado la base reguladora tomando en cuenta esa subida, han tardado pero lo han hecho Conozco más casos de gente como el tuyo y se han tirado años y han tenido que poner varias reclamaciones hasta que el INSS se ha dignado a calcularle la nueva base reguladora.Ahora ya el 1 de enero te subirá la base reguladora lo que suba el IPC, al menos mientras esté este gobierno, después ya no sabemos.Por cierto, me acuerdo que tienes revisión dentro de poco , me imagino que no te han dicho nada todavía.Un saludo 
José Luis 54 02/08/25 18:20
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Hola, la base reguladora sube todos los años el IPC, a mí me la concedieron en el 2022 y la base reguladora me la subido el 8,5% en 2023, 3,5% en el 3024 y 2,8% en el 2025.Y de esa base reguladora calculan tú pensión, 55% menor de 55 años o 75% mayor de 55 años y estás cotizando.Lo que no entiendo es lo de los 29 euros por la subida del 0,5%. Nos puedes explicar un poco más ese punto?Por cierto, el sueldo no sube el año que te dan la IPT, sube con el IPC el 1 de enero del año siguiente. Por eso no entiendo una subida en julio.No será que te debían unos atrasos o que estaba mal hecho el cálculo de tu pensión?Un saludo 😃 
José Luis 54 02/08/25 09:38
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❤️
José Luis 54 02/08/25 09:25
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Bien explicado Mapi, mi abogada y perito están esperando también la resolución de la dependencia (según me dijo la trabajadora social grado 2 tirando a 3, pero como conoce a los que están por arriba será 2). También estamos a la espera de la visita a los especialistas que tengo hasta fin de año.Al ser el juicio por una revisión por agravamiento denegada (sigo con el mismo grado) a mí me cuentan los informes generados desde que me dieron la IPT en adelante y en la aceptación de la demanda podemos entregar la ampliación a la demanda y el informe pericial hasta 10 días antes del juicio. Ni un mes ni el mismo día, especifica 10 días antes No sé que criterio siguen.Un saludo 🫂 
José Luis 54 02/08/25 09:11
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A ver, no se qué hace el ICAM y el INSS en Cataluña, no se las competencias de casa uno, yo creo que es al ICAM pero a ver si alguien por aquí te lo puede decir.El caso es que tú expediente no está ni cerrado ni archivado y puedes ir poniendo los nuevos informes contra tu expediente.Lo explica muy bien @mapi76 ❤️Un saludo 
José Luis 54 01/08/25 20:32
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Cerrado?? Con una reclamación previa, juicio, etc...... Anda que acertó el / la del mostrador del INSS.Sólo se archiva si tú renuncias a poner reclamación previa en los 30 días hábiles siguientes, si no lo haces el expediente está vivito y coleando, no cerrado.Un saludo 
José Luis 54 01/08/25 19:52
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Hola Jesús, la reclamación previa ya la pusiste. Ese informe ya vale para la demanda.Es la abogada la que lo debe de tener pero yo lo entregaría en el ICAM porque hay veces que miran si hay algún informe posterior a poner la reclamación previa (lo digo con conocimiento de causa porque a mí me ha pasado).Por si suena la flauta yo si se lo entregaría al ICAM.Un saludo