Acceder

Participaciones del usuario José Luis 54 - Subsidios

José Luis 54 23/10/26 19:19
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ah vale, esto no lo habías explicado todavía. Entonces tú abogada y tú actuasteis muy bien.La put.... es lo que te han hecho ahora y el juicio no es hasta febrero.Intenta pedir cita en el SEPE que yo creo que tienes derecho al subsidio de mayores de 52 años por retirada de IP, por lo menos viene ese apartado en la solicitud, aunque con la reforma de la ley en noviembre del 2024 ya no me queda claro del todo.Puede ser que a las IP aprobadas anteriormente a noviembre del 2024 si tengan derecho y las que sean a partir de esa fecha no. Ahora me pierdo.
José Luis 54 23/10/26 18:18
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues en tu caso lo hicieron muy rápido. Sentencia en diciembre del 2024 y atrasos en febrero del 2025, dos meses, desde luego que no es lo habitual.
José Luis 54 23/10/26 18:16
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias Mayte por esta info, entonces a @relicario muy probablemente no le enviaron ninguna resolución y le pusieron una revisión rápida. Muy cruel por parte del INSS.No se si tendrá derecho ahora a poder reclamar este hecho, se debería de haber hecho cuando le bajaron de la IPA a la IPT.De todas las maneras el INSS ha ido descaradamente a por ella, no se han cortado ni un pelo
José Luis 54 23/10/26 18:11
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si el INSS no recurre la sentencia pasa a ser firme y es la abogada la que pide la firmeza de la sentencia para que puedas cobrar los atrasos, por eso los cobraste tan pronto, dos meses después de la sentencia.Si el INSS hubiese recurrido tendrías otra sentencia del TSJ haciendo firme la sentencia y yo cálculo que no hubieras cobrado los atrasos hasta finales del 2025, por eso se puede deducir que el INSS no recurrió y que tú sentencia al cabo de poco tiempo fue firme.Entonces te debería de haber llegado una resolución a tu abogada o a ti procedente del INSS diciendo que reconocían la IPA por sentencia judicial y que la primera revisión se puede efectuar a partir de xxxxxxxx.Si a tu abogada o a ti no os llegó nada se "sobreentiende" que son dos años.No se, pienso que tú abogada te debería haber informado de todo esto y cuando te llegó el aviso de la primera revisión habérselo dicho a tu abogada para comunicar al INSS si estaba en plazo o no.El INSS fue muy listo porque no recurrió y puso una revisión rápida a la cual no tenía derecho a no ser que tú abogada recibiera esa documentación y no te informará a ti de cuál era la primera posible fecha de revisión 
José Luis 54 23/10/26 17:53
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
24 de enero y 13 de febrero del 2025, me supongo.Si esto fue así es que el INSS no recurrió tú sentencia y tú abogada te lo tenía que haber comunicado y haberte entregado un documento con la firmeza de la sententia. También le debió de llegar a ella o a ti una resolución del INSS diciendo que pasabas a tener una absoluta por sentencia judicial y que la posible fecha de revisión era a partir de la fecha xxxxxRecibiste tú está documentación o te la proporciono tu abogada?
José Luis 54 23/10/26 17:30
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Simplemente he leído la hoja de la sentencia que he podido ver.La pregunta es, tú sabes si el INSS puso recurso? Simplemente con decirme cuando te pagaron los atrasos se puede deducir si puso recurso o no.De todas las formas todo esto te lo deberia de explicar bien tu abogada, ella sabe lo que ha pasado y cuando ha sido además de su era legal la primera revisión o no.
José Luis 54 23/10/26 17:06
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Eso es lo que me ha parecido entender.La fecha del 4 de diciembre del 2024 corresponde a la sentencia del juzgado donde te conceden la IPA con efectos retroactivos del 2023.Cómo es normal pone que la sentencia no es firme y que el INSS puede recurrir.Aquí se abren dos caminos1_ Si el INSS no recurrió te pago lo atrasos y si no te envío una resolución diciendo lo contrario tienen que esperar dos años hasta poder hacer la siguiente revisión.2_ Si el INSS recurrió es imposible que la sentencia fuera firme antes del aviso de la revisión con lo que es una revisión no válida y se debe declarar nula en reclamación previa o en juzgado.No se si ahora tiene recorrido legal eso ya que el tiempo ya pasó.Debe de ver un abogado si la segunda revisión es válida considerando que la primera no debió de serlo, no se si se podría reclamar ahora ese tema.Es verdad que todas las pensiones de incapacidad permanente se consideran vitalicia pero como están sujetas a revisiones pues realmente no lo son Si no existieran las revisiones pues entonces serían vitalicias.
José Luis 54 23/10/26 16:35
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, he visto el mensaje enviado. Una pregunta, el INSS puso recurso y el TSJ hizo firme la sentencia el 2 de diciembre del 2024?Nunca te llegó una carta del INSS reconociendo la absoluta por sentencia judicial e indicándote la fecha de posible revisión?Normalmente suelen ser dos años pero es que a ti te avisaron nada más pasar los seis meses si contamos desde diciembre del 2024. Si es así como ha sido eso fue una irregularidad, cuando te hicieron la primera revision, que con una reclamación previa o en el juzgado hubiera dado como resultado que el proceso de revisión era nulo.
José Luis 54 23/10/26 16:02
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Lo que veo es que parece que en casa resolución te han puesto revisión a seis meses aproximadamente (el plazo lo ponen desde la fecha del dictamen propuesta, no desde la fecha de la resolución).Me parece de una crueldad extrema lo que han hecho contigo, es de los casos más sangrantes que he visto 🫂
José Luis 54 23/10/26 12:52
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Preguntas muy importantes, puede ser que el INSS haya iniciado algún procedimiento antes de lo lo que viniera en casa resolución y diera lugar a un proceso nulo, como bien tu sabes.Un saludo