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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Puede ser que junten los dos expedientes en uno y resuelvan uno y el otro lo cancelen, hay veces que lo hacen cuando se juntan dos expedientes en el tiempo.Vamos a ver qué pasa en los próximos días.Un saludo
José Luis 5430/03/26 17:36
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Aunque estén obligados a contestar no suelen hacerlo antes de los 45 días hábiles con la demora que hay ahora mismo así que como te ha dicho @jac19
en el momento que pasen esos 45 días hábiles (que empiezan a contar desde el día siguiente que pongas la reclamación previa) puedes demandar.Eso sí, si te contestan antes de los 45 días hábiles y es desestimada tienes un mes para demandar, si no lo haces se archiva tú expediente Un saludo
José Luis 5430/03/26 17:32
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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Pues es una buena noticia, que se hubiera quedado en 7 puntos desapareciendo el cálculo de la pensión implicaba que iba a ser denegada. Ahora han vuelto hacia atrás y el EVI va a emitir otro dictamen propuesta, también creo que muy probablemente te hayan hecho un informe de síntesis nuevo reflejando mejor tus enfermedades, limitaciones, etc.Es como si hubieras empezado de cero con este nuevo expediente y ahora tienes más probabilidades de que te concedan una IP.Lo veo positivo para ti.Un saludo
José Luis 5429/03/26 14:50
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Los de la discapacidad no tienen acceso, los de la dependencia si. Yo cambiaría la cita médica antes que la evaluación, a saber cuándo te van a poder citar otra vez
José Luis 5428/03/26 15:17
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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
No, eso es imposible saberlo, ahora tú expediente está en la parte administrativa y dependiendo del retraso que tengan pues pueden ser unos días o un mes o dos.Un saludo
José Luis 5428/03/26 15:14
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Maca, primero llega el mensaje y un par de días más tarde cuelgan la resolución.Un saludo
José Luis 5428/03/26 10:30
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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola, eso es porque el INSS le ha comunicado a la mutua que te han concedido una IP y la mutua ha cortado los pagos, esto le pasa a todo el mundo.Ahora, por ejemplo, si la fecha de efectos económicos de la IP es el 6 de abril pues cuando tengas la resolución de la IP le tienes que reclamar a la mutua el pago del 1 de abril al día 5 de abril, no te preocupes por eso porque es algo que saben que tienen que hacer y normalmente la mutua te ingresa el dinero al día siguiente pero si no lo sabes y no lo reclamas pues es dinero que se quedan ellos.Todo normal, es la manera de proceder de las mutuas. Ahora espero que tarden poco en terminar con el expediente.Una cosa, si la fecha de efectos económicos de la IP fuera el 1 de abril entonces todo cuadraría perfectamente y no tendrías que reclamar nada a la mutua.Un saludo
José Luis 5428/03/26 10:22
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Rosa, aunque tengas fijada una retención mayor, lo mismo me paso a mí, siempre quitan el 15% de los atrasos, es un porcentaje fijo para todos el mundo, así que mucho me temo que cuando hagas la complementaria te saldrá a pagar la diferencia. Te lo comento porque eso fue lo que me pasó a mí.Un saludo 🫂
José Luis 5427/03/26 20:48
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Si perdona, que la revisión la pediste tú, yo haría caso a la funcionaria y pasaría de lo que te contesta el buzón del INSS.Yo también preguntaba en ese buzón sobre mi revisión por agravamiento y casa vez contestaban una cosa diferente con un mensaje standard y ya me explicaron en el INSS que los que manejan el buzón del INSS y los que atienden telefónicamente no tienen acceso a mirar ese tipo de cosas Sólo lo pueden ver los funcionarios que te atienden cuando tienes cita presencial en el INSS, quédate con lo que te han dicho, que van con mucho retraso, no cumplen resolver en 135 días hábiles ni de coña.Un saludo
José Luis 5427/03/26 20:23
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Para tu información te digo que siempre practican una retención del 15% a los atrasos debido al incremento de los 55 años.Te llegará una resolución donde te vienen divididas que cantidades pertenecen al 2025 y cuáles al 2026.Si haces la declaración de la renta en abril después tendrás que hacer una complementaria con los ingresos y retenciones del 2025 cobrados en el 2026.Son así de majos por no hacer las cosas en tiempo.Un saludo