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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
María, por favor, me puedes pasar ese enlace para Madrid?Muchas gracias
José Luis 5419/07/25 11:16
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Estoy de baja cobrando prestaciones. Subsidio +52 o incapacidad? - Incapacidad Permanente Total
Hola Melómano, por un parte siento tu situación personal y por otra parte decirte que los tiempos han jugado una mala pasada contigo porque, como bien dices, tienes que tomar una decisión personal que es muy difícil de aconsejar.Está claro que si dejas pasar los 12 meses y dejas la baja en manos del INSS vas a seguir cobrando mientras no haya alta o te abran expediente de incapacidad hasta su resolución, la parte mala es que cuando se te acabe el paro ya no vas a cotizar.Además si llegas a los 365 días, como bien has explicado, ya no puedes pedir el alta voluntaria ya que dependes únicamente de las decisiones que vaya tomando el INSS.Yo me remitiría a tus sensaciones con el especialista, si piensas realmente si vas a tener secuelas permanentes o no.Si tú prioridad es seguir cotizando no te queda más remedio que pedir el alta voluntaria dentro de los 365 días.Si tú prioridad es la salud no te queda más remedio que seguir de baja y pasar a depender de INSS.Es una decisión muy difícil ya que algo particular para casa persona y las circunstancias que le rodean.Un saludo
José Luis 5419/07/25 10:43
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues entonces te corresponde a ti. Cuando seáis los dos pensionistas los más probable es que el complemento de brecha de género lo cobre el que menos gane.Pero todavía se tiene que aprobar esa ley.De momento la puedes cobrar tú.Un saludo
José Luis 5419/07/25 09:42
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Ampa, yo creo que la respuesta es no o por lo menos yo no he visto que a alguien le haya pasado eso, lo único que puede pasar es que antes de entrar a juicio la abogada del INSS reconozca lo que se pide, os lo comunica a vosotros y al juez y se acabó.Un saludo
José Luis 5419/07/25 09:39
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues es una buena pregunta, Santi, que solo se puede responder con una resolución del INSS donde te expliquen los conceptos.Esa resolución tiene que existir aunque se hayan "olvidado" de enviártela.Yo me ha acercaría a una oficina del INSS o ICAM a pedirla y así salir de dudas.Primero suelen pagar los atrasos y después el mes pero igual te lo han ingresado junto.Sólo lo puedes ver en esa resolución.Un saludo
José Luis 5419/07/25 09:35
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si claro, te corresponden esos 35,6 euros por brecha de género. Tendrás que acercarte al INSS con el libro de familia y una copia para que te lo aumenten.Me imagino que tú pareja no es pensionista ni está cobrando la brecha de género, no?.Un saludo
José Luis 5418/07/25 09:54
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Buenos días Carol, no están obligados. Puede ser que no sepas ya nada del INSS hasta que te jubiles.Puedes ser que ellos miren los informes y te envíen una resolución diciendo que todo sigue igual o que has mejorado o empeorado, en el caso de que sigas igual te pondrían en la resolución una nueva fecha de posible revisión.Y puede ser que te llamen a inspección y vean los nuevos informes contigo para ver cómo estás y con ello emitan una resolución.Te recuerdo que si tú estás peor y tienes informes que lo avalan desde mayo ya puedes pedir revisión por agravamiento.Un saludo
José Luis 5417/07/25 13:43
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Se lo comunican a las dos partes a la vez, a la empresa y a vosotros. La empresa lo puede ver el mismo día y vosotros lo que tardéis en recibir la carta.Puede ser que haya habido algún error por parte del INSS y que no se lo haya comunicado a la empresa pero no es lo habitual.Un saludo
José Luis 5417/07/25 13:40
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Es la empresa la que se debe de encargar de todo y es "obligatorio" después de una baja de larga duración. En ese reconocimiento se valorará si es apto, no apto o apto con limitaciones para su puesto de trabajo.Un saludo
José Luis 5417/07/25 12:26
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, entonces ya tenéis que llamar a la empresa si o si y que os digan ellos desde que día tiene el alta, probablemente cojan esos días de vacaciones o se los paguen sin problemas, eso es ya llegar a un acuerdo con ellos.También podéis solicitar a la mutua o al INSS que os paguen los días que han pasado desde el alta hasta hoy que habéis recibido la carta certificada.Lo extraño es que la empresa no os allá dicho nada.Hablad con ellos y a ver cómo quedáis en cuanto al alta y a la revisión.Un saludo