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Participaciones del usuario José Luis 54 - Subsidios

José Luis 54 21/04/25 14:52
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Cuando yo tenía el 45% varias enfermedades cardíacas están incluidas en el listado de enfermedades con las que poder jubilarte antes con el 45% y trabajando 5 años con ellas.Sin embargo, en el último listado del 2024, las afecciones cardiacas desaparecieron.Es que esto va cambiando continuamente.Un saludo 
José Luis 54 21/04/25 14:49
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Peter, y eso es lo que creo yo, pero según este artículo en la última reforma de la discapacidad han separado los requisitos para las personas con discapacidad entre 45 y 64% y las de 65% o más, siendo mucho menos estrictos para los de 65% o más.Yo por mucho que lo he leído tampoco me lo creo, por eso quería saber vuestra opinión, a ver si alguien también lo ha visto por otro lado.Un saludo 😃
José Luis 54 21/04/25 14:22
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Mayte, según tenía yo entendido es como dices, pero este artículo dice que es necesario trabajar 5 años si la discapacidad es entre el 45 y el 64% y esto no es necesario si tienes una discapacidad del 65%, lo que si que te piden es tener al menos 5 años ese 65%, 15 años cotizados con o sin discapacidad y obviamente tener 52 años
José Luis 54 21/04/25 13:47
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, planteo está pregunta sobre la discapacidad a ver si alguien me lo puede aclarar.Cuanto tienes una discapacidad del 45 al 64% te puedes jubilar anticipadamente a los 56 años si has cotizado un mínimo de 15 años, has trabajado 5 años con esa discapacidad y además tienes una de las enfermedades que hay en un listado que es muy restrictivo.Sin embargo si tienes una discapacidad de 65% los requisitos son mucho menores para jubilarte a los 52 años sin penalizaciones, según leo en este artículo son:"Según la normativa actual, estos son los requisitos que deben cumplir los ciudadanos para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad a partir de los 52 años de edad:Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.Haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, independientemente de que la cotización se haya cumplido con o sin la discapacidad reconocida.Tal y como se puede comprobar, los requisitos son menos exigentes en comparación con la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%. Igualmente, la Seguridad Social tampoco aplica ningún tipo de penalización en la cuantía de la pensión contributiva.Para tener derecho a la jubilación anticipada por discapacidad, el ciudadano debe tener reconocido el grado de discapacidad con un mínimo de antelación de cinco años con respecto a la solicitud de jubilación. Este requisito se aplica en ambos tipos de jubilación anticipada por discapacidad en España.Hay que aclarar que las personas con discapacidad pueden jubilarse al cumplir la edad ordinaria e, incluso, optar por la jubilación demorada. Sin embargo, la Seguridad Social habilita estas modalidades de jubilación anticipada que permite a las personas con discapacidad jubilarse con varios años de antelación con respecto a la edad ordinaria que se aplica para el conjunto de los ciudadanos en España."Alguien sabe si esto es verdad, a mí me han dado el 65% con 56 años, me puedo jubilar con 61 años?Es que me extraña mucho, se hicieron modificaciones sobre la discapacidad pero no creo que te dejen jubilarte así al tener un 65% de discapacidad.Cualquier opinión es bienvenida.Un saludo 
José Luis 54 20/04/25 22:46
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Me fastidia que te quedes así, no tienes ninguna manera de entrar? Certificado digital DNI electrónico Clave permanente O dicho de otra manera, como has entrado a mí carpeta ciudadana a notificaciones?Un saludo 
José Luis 54 20/04/25 22:38
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Tranquila, que no te estaba criticando por ello 🫂, es simplemente porque me extrañó que no lo supieras.Hay veces que te abren el expediente a los 18 meses y no te avisan. Igual tú lo tienes abierto y no lo sabes.Es una pena que no puedas entrar a verlo porque saldrías de dudas.No tienes clave permanente o algo para poder entrar?.Puedes mirar también en Google en mis expedientes administrativos de la seguridad social, a ver si ahí puedes ver algo.Ahora ya nos has dejado con la duda de si tienes abierto expediente o no.Como última solución ir o llamar al INSS a preguntar.Un saludo, nos dices ❤️
José Luis 54 20/04/25 21:59
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Karen, el enlace es este pero me extraña que lo pidas cuando hoy nos has dicho varias veces que no te habían abierto expediente https://sp.seg-social.es/iscomova/inicio?PAUC.NIVEL=1&PAUC.TIPO_IDENTIFICACION=2Un saludo 
José Luis 54 20/04/25 20:57
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Hola Kayuma, es una de las conclusiones que saco del mensaje de anoche de ldl1981 (mensaje 152). Está escrito en la ley que ha salido del senado con sus enmiendas hacia el congreso.Vamos a esperar a que se apruebe la semana que viene y se publique y ver exactamente de qué va la ley.Puede ser que aprovechando la ley de que no te puedan despedir lo que han hecho es un recorte en el pago de las pensiones.Es muy difícil saber exactamente de qué va ahora, es mejor esperar y no calentarseUn saludo 
José Luis 54 20/04/25 17:12
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Ninguno sobre ninguno ya que miden cosas diferentes.La incapacidad valora si puedes ejercer con eficiencia el trabajo habitual que tienes o cualquier tipo de trabajoLa discapacidad valora si eres capaz de realizar por ti solo tareas básicas como asearte, vestirte, si necesitas ir acompañado a la calle, etc, pero no entra en el trabajo para nadaPuedes tener la absoluta y el tribunal de la discapacidad darte un 10% y al revés Un saludo 
José Luis 54 20/04/25 16:54
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
No sucede nada, te responderán en el mes 7 u 8 o 9 o 10, cuando te llegue tu turno según el orden que ellos van llevando pero siempre que van a contestar.Puedes poner esa incidencia cuando lleguen los 135 días pero lo único que te van a decir es que van con mucho retraso en los expedientes y que va a tardar unos meses más.En todo el proceso puedes pedir tú la incapacidad permanente o te pueden abrir expediente de oficio, a partir de ahí tienen 135 días para contestar, lo primero que deben hacer es verte el inspector médico para hacer el informe de síntesis o hacerlo sin verte y a partir de ese momento ya tienes que esperar resolución, no hay que hacer nada más Antiguamente en 135 días hábiles les daba tiempo a hacer todo eso, hoy en día, en muchas provincias ni de coña, tardan más meses, no hay que poner reclamación previa ni hacer nada, solo esperar e ir mirando tu expediente de puntos, es desesperante pero es así Un saludo