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Participaciones del usuario franjgr

franjgr 05/01/26 18:28
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Según las instrucciones del SEPE las letras del tesoro son pagos únicos.¿El inconveniente? Si son pagos únicos, el rendimiento sólo se tiene en cuenta cuando se venden y, por lo tanto, el resto de meses se aplica el rendimiento presunto del 3,25%. Pero esto último no lo dicen las instrucciones por lo que puede encontrarse otra interpretación.Por lo tanto de aquellas letras que no venda en enero, debería aplicar el 3,25% anual y esa sería la renta a tener en cuenta en febrero y luego cuando las venda divide el beneficio entre 12 y ese cociente se lo aplica a ese mes.Los dividendos, deberá dividirlo entre el número de meses a que corresponda (normalmente 12, pero no siempre) y el cociente lo imputa a cada mes.
franjgr 03/01/26 11:00
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
El interés presunto siempre es sobre el valor catastral. En el resto está en lo cierto.Efectivamente lo de no tener en cuenta como renta el valor de una propiedad inmobiliaria en el momento de la herencia es por sentencia, pero el SEPE ha adoptado este criterio como propio hace años, el último criterio a este respecto es de febrero de 2024. Sin embargo las instrucciones para los subsidios nacidos después del 01/11/2024 vuelven a las andadas con el criterio anterior a la sentencia por lo que, es en estos casos cuando habría que pelearlo en el juzgado y, en mi criterio, volverán a ganarse.
franjgr 02/01/26 15:17
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Si el subsidio es anterior al 01/11/2024 en el momento de la herencia no se tiene en cuenta la propiedad inmobiliaria, el interés presunto sobre el valor catastral (la parte de su mujer), se tendrá en cuenta a partir del mes siguiente y en el momento de la venta solo considerarán renta el beneficio que dé (diferencia entre precio de venta y el precio declarado al hacer la adjudicación de herencia).Sí el suicidio es posterior al 01/11/2024 el valor declarado en la herencia de la propiedad inmobiliaria se considerará renta, el interés presunto también existirá, y en el momento de la venta también se considera renta la diferencia entre el precio de venta y el declarado en la herencia.
franjgr 02/01/26 12:26
Ha respondido al tema Ayuda no existe
https://www.rankia.com/foros/subsidios-prestaciones/temas/7128095-subsidio-52?page=1Todos los cambios de año pasa lo mismo. Espere a que desaparezca el mensaje de "mantenimiento"
franjgr 30/12/25 23:39
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las instrucciones del SEPE no establecen esta obligación y aunque la establecieran no tendría un efecto práctico porque el SEPE no podría sancionar al no existir falta asociada.
franjgr 29/12/25 15:23
Ha respondido al tema Subsidio 52 años combinado con convenio especial
Es que la orden TAS/2865/2003 que regula el convenio especial no habla ni de "nuevo trabajo" ni de "nueva contratación", sino de "nueva actividad" y "encuadramiento en algunos de los regímenes de la seguridad social"Me temo que ha sido su empresa quien no le informo bien de cómo funciona este convenio especial.
franjgr 27/12/25 09:22
Ha respondido al tema La CE quiere quitar el subsidio de 52
Señor Paco50, gracias por imponerme una opinión que debería escoger yo mismo, como siempre
franjgr 26/12/25 23:31
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Todas las rentas se computan por su valor bruto, en este caso la diferencia entre el precio de venta y el de compra.
franjgr 26/12/25 23:28
Ha respondido al tema La CE quiere quitar el subsidio de 52
Su opinión en contra de este subsidio no hace Ley, como no hace Ley lo que opine la OCDE o la UE (en este tema).Lo siento pero no voy a entrar en este debate.
franjgr 26/12/25 16:03
Ha respondido al tema La CE quiere quitar el subsidio de 52
OCDE no es UE.Pero aun así, ninguno de los dos da ordenes sobre Prestaciones a un país, la competencia es del estado.La OCDE menos todavía ya que sólo es un organismo asesor.