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Participaciones del usuario Daniel Zapardiel

Daniel Zapardiel 04/05/22 16:03
Ha respondido al tema Fiscalidad trading intradia con acciones
Hola @viadck ,Después de haberme documentado, tienes toda la razón. Y explico abajo lo que he encontrado.Basicamente si se realiza múltiples compraventas de un valor y te quedas a 0 acciones,todas las minusvalías serían compensables (siempre y cuando no hagas otra compra en los dos meses próximos), por lo que habría recompra de dicho número de acciones y esa minusvalia no será compensable dicho año fiscal, pero si se compensaría con futuras ventas más adelante.La idea es que no te saques a propósito una minusvalía y luego recompres el valor para tenerlo en cartera con coste de compra menor, pero los que hacéis intradía en acciones como siempre se abren y cierran operaciones, no se les aplicaría.Para justificar todo lo anterior, existen muchas consultas vinculantes sobre esto con ejemplos muy aclaratorios y sencillos:https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V3282-18https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0913-08 --> Explicación de que si vendes todo, todo es compensabley también:V0248-18V0030-19V2481-20 -->  el mejor ejemplo , un ejemplo con acciones en cartera y otro vendiendo todo Buscando por 'Texto libre' la siguiente búsqueda:  LIRPF, Ley 35/2006, artículo 33 acciones compra venta transmisiones valores, aparecen muchas más.Próximos pasosVoy ajustar el algoritmo para que se contemple esta regla y el informe sea justo en este sentido.El informe que actualmente tienes, es válido, utilizando las perdidas indicadas como no compensadas. Es decir, todo lo podrías compensar (el importe total sería válido)Un saludo y gracias por exponer esto.
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Daniel Zapardiel 29/04/22 09:16
Ha respondido al tema Fiscalidad trading intradia con acciones
Hola ,Muchas gracias por tu feedback. La verdad que arrojas información interesante sobre esto , y que a priori en Google cuesta encontrar.¿Podrías compartir alguna consulta vinculante por confirmar estás afirmaciones? Autodeclaro tiene en cuenta el cierre de posición incluso si no se cumpla la regla de los dos meses. (Siempre que no haya recompra en los dos meses después) Un saludoEquipo de Autodeclaro
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Daniel Zapardiel 29/04/22 02:48
Ha respondido al tema Fiscalidad trading intradia con acciones
Hola @viadck ,Muchas gracias por haber utilizado Autodeclaro.En referencia a tu consulta, la legislación es clara , aquí tienes el enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2021/8-cumplimentacion-irpf/8_2-ganancias-perdidas-patrimoniales/8_2_1-conceptos-generales/8_2_1_1-concepto-ganancias-perdidas-patrimoniales/integracion-diferida-perdidas-patrimoniales.htmlLa recompra de valores homogéneos no permite compensar minusvalías si no se ha cumplido la regla de los 2 meses. Independientemente si son operaciones intradia o más a largo plazo.Un saludo Equipo de Autodeclaro
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Daniel Zapardiel 29/04/22 02:35
Ha respondido al tema Hacienda - DeGiro
Hola @vicenten y @mochotre , Este año hemos simplificado la vida a la hora de declarar en la renta las acciones de DeGiro y otros brokers internacionales. Si os interesa, visitar Autodeclaro a ver si se puede ayudar. Cualquie pregunta o duda estaré encantado de ayudar.Un saludo Equipo de Autodeclaro
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Daniel Zapardiel 28/03/22 00:44
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola @empecinadocast ,En Sucesivas declaraciones, existe la obligación de volver a presentar el Modelo 720 en su totalidad si se ha producido un incremento de más de 20.000€ en los grupos que motivaron la primera presentación, o si se superan los 50.000€ en alguno de los grupos que no se presentaron (caso de primera presentación).Aunque no se haya incrementado el grupo de bienes en más de 20.000€, si se han realizado compras o ventas de bienes declarados con anterioridad, habrá que presentar el Modelo 720 para declarar esas operaciones.Se puede sustituir esta última obligación, por la de presentar el estado de todos los bienes de ese grupo a 31 de diciembre si las ventas se reinvirtieron en su totalidad.Tienes la explicación detallada en la respuesta a la pregunta 81 del documento oficial de preguntas frecuentes de la AEAT.Se podría simpificar en que, si has comprado o vendido algo que ya declaraste o si la valoración de ese grupo de bienes se ha incrementado en más de 20.000€, debes volver a presentar el Modelo 720. De forma parcial en el primer caso y completa en el segundo.Un saludo.Daniel Equipo Autodeclaro.es
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Daniel Zapardiel 28/03/22 00:42
Ha respondido al tema Modelo 720: ¿con qué brokers presentar el modelo 720?
Hola @ser16083 ,Te respondo a continuación.En Sucesivas declaraciones:Existe la obligación de volver a presentar el Modelo 720 en su totalidad si se ha producido un incremento de más de 20.000€ en los grupos que motivaron la primera presentación, o si se superan los 50.000€ en alguno de los grupos que no se presentaron (caso de primera presentación).Aunque no se haya incrementado el grupo de bienes en más de 20.000€, si se han realizado compras o ventas de bienes declarados con anterioridad, habrá que presentar el Modelo 720 para declarar esas operaciones.Se puede sustituir esta última obligación, por la de presentar el estado de todos los bienes de ese grupo a 31 de diciembre si las ventas se reinvirtieron en su totalidad.Tienes la explicación detallada en la respuesta a la pregunta 81 del documento oficial de preguntas frecuentes de la AEAT.Se podría simpificar en que, si has comprado o vendido algo que ya declaraste o si la valoración de ese grupo de bienes se ha incrementado en más de 20.000€, debes volver a presentar el Modelo 720. De forma parcial en el primer caso y completa en el segundo.Si necesitas ayuda con la automatización en la cumplimentación del modelo 720, Autodeclaro te puede ayudar. Un saludo. Daniel 
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Daniel Zapardiel 28/03/22 00:39
Ha respondido al tema Modelo 720: ¿con qué brokers presentar el modelo 720?
Hola @jorgems77 . Aunque hayas comprado esas acciones con margen, son tuyas y se presentan en el modelo 720.Si necesitas automatizar la cumplimentación, y tenela lista en 5 minutos, puedes hacerlo con Autodeclaro. Un saludo. Daniel
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Daniel Zapardiel 10/02/22 13:41
Ha comentado en el artículo Modelo 720: qué es y cómo rellenarlo
Hola,Si así es. El código país de la sección 'Domicilio de la entidad'  si sería el pais que marca el ISIN.Pero el código país de 'Datos del declarante' sería el pais donde está el broker. En el caso de DeGiro es Holanda. Un saludo.Daniel 
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Daniel Zapardiel 03/02/22 22:38
Ha respondido al tema Broker Degiro, modelo 720, modelo d-6, fuera de plazo
Si así es @joaquinrl . Nos quedamos con el 720 y 100. Y que buenas noticias el cambio del régimen sancionador. En Autodeclaro tenemos automatizado estos modelos, por si fuera de interés a la comunidad, a partir de los extractos de los brokers. Saludos 
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