Daniel Igl
02/03/17 11:07
Ha respondido al tema MasMovil Ibercom (ICOM.MC)
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Adjunto la explicación del punto cuarto de la junta extraordinara de accionistas
TEXTO ÍNTEGRO CORRESPONDIENTE A LA PROPUESTA DE ACUERDO CONTENIDO EN EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA
DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD, DE FECHA 1 DE MARZO DE 2017
Cuarto.- Autorización al Consejo de Administración de la Sociedad, así como a los órganos de administración de las sociedades del Grupo, para la aceptación en prenda de acciones de la Sociedad por valor de cuatro (4) millones de euros, en garantía del cumplimiento, en favor de la Sociedad o de cualquiera de las sociedades de Grupo, de ciertos compromisos de devolución de cantidades en caso de cumplimiento de condición resolutoria de contrato.
Autorizar al Consejo de Administración de la Sociedad, así como a los órganos de administración de las sociedades del Grupo, para la aceptación en prenda de acciones de la Sociedad por valor de cuatro (4) millones de euros, en garantía del cumplimiento por la mercantil Iberfibra Gestión de Redes de Banda Ancha, S.A., de su obligación de restitución del precio de la compraventa de la mercantil Neutra Network Services, S.L., para el caso de que se cumpla la condición resolutoria prevista en la cláusula 3.1 del contrato de compraventa de la citada mercantil, cuyo cierre está previsto que tenga lugar en los próximos meses, entre Iberfibra Gestión de Redes de Banda Ancha, S.A., como vendedora, y la Sociedad u otra sociedad del Grupo Masmovil, como compradora, de conformidad con lo previsto en el art. 149.1 de la Ley de Sociedades de Capital.
La citada cláusula establece que, en caso de que se cumpla la condición resolutoria prevista en el contrato de compraventa de Neutra Network Services, S.L., consistente en la no obtención por parte de Iberfibra de la correspondiente autorización por parte del organismo competente conforme al artículo 40 del Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones aprobado por el Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, para la íntegra transmisión a NEUTRA de las concesiones de dominio público radioeléctrico de las frecuencias 3,5 GHz y 2,6GHz (Referencias MZZ-0020008 y DGM -1400281, DGZZ-1400280, DGZZ-1400279, DGZZ-1400278) actualmente titularidad de Iberfibra y la transmisión de las mismas a NEUTRA, libres de todo compromiso u obligación aparejado al otorgamiento original de las concesiones o a las distintas transformaciones que éstas hubieran sufrido, salvo por lo que se refiere al pago de la correspondiente tasa de uso del dominio público radioeléctrico, dentro del plazo máximo de doce (12) meses contados desde la fecha del citado contrato, Iberfibra Gestión de Redes de Banda Ancha, S.A., estará obligada a restituir el precio de la venta. En consecuencia, y como garantía del cumplimiento por Iberfibra Gestión de Redes de Banda Ancha, S.A., de su obligación de restitución, está previsto que ésta otorgue una garantía prendaria sobre acciones por valor de cuatro (4) millones de euros de que es titular, entre otras, en Masmovil Ibercom, S.A., para lo cual el Consejo, y en particular, su Consejero Delegado, o cualquier otra persona en que aquel delegue, quedan autorizados para aceptar la citada garantía.
Madrid, 1 de febrero de 2017.