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Participaciones del usuario batiscafo - Fiscalidad

batiscafo 30/04/24 20:28
Ha respondido al tema Duda reintegro intereses abonados indebidamente ejercicios anteriores
Tienes que mirar a qué año/s  corresponde/n esos intereses devueltos y en cada año si aplicaste la deducción del 15% por esas cantidades. Si la aplicaste, tendrás que devolver los importes en casilla 0574.Y marcar la casilla:  Marque la casilla si la pérdida de la deducción se debe íntegramente a acuerdos con entidades financieras, sentencias y laudos para la devolución de cantidades satisfechas en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos (cláusulas suelo) Un saludo.
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batiscafo 29/04/24 16:42
Ha respondido al tema Imputación renta inmobiliaria
Si lo quieres hacer bien, efectivamente en el año 2022 por los días que transcurrieron desde el fallecimiento hasta el día 31.12.22.En el año 2023, por los 365 días en vez de los que te aparecen en tus datos fiscales.Un saludo.
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batiscafo 29/04/24 16:18
Ha respondido al tema Imputación renta inmobiliaria
Lo correcto es desde la fecha de fallecimiento.Lo que hace mucha gente, no toca los datos fiscales y declara lo que viene en ellos.Un saludo.
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batiscafo 28/04/24 15:23
Ha respondido al tema Deducciones autonomicas por familia numerosa castilla y leon
No sé si la deducción la han suprimido o no. Solamente tengo constatación de que han modificado el impreso de IRPF del año 2022 al 2023.En al página web, sigue apareciendo que puedes recuperar los importes no deducidos. Tendrás que estar al tanto en próximos ejercicios o consultar en la Junta. https://tributos.jcyl.es/web/es/informacion-tributaria/apoyo-familia.htmlCastilla y León es la única comunidad autónoma que permite no perder el importe de las deducciones autonómicas en el IRPF no aplicadas por insuficiencia de cuota tributaria autonómica, estableciendo para ello un mecanismo específico de retorno.Un saludo. 
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batiscafo 28/04/24 14:05
Ha respondido al tema Imputacion fiscal rescate plan - IRPF
Yo en tu lugar, lo declararía cuando lo ha hecho la gestora.Ahora bien si sigues con las dudas, haz una consulta vinculante como te ha recomendado otro forero. No sé lo que firmaste el día 28 de diciembre y lo deberías adjuntar a la consulta.  En mi opinión, en el texto que copias dice que para la imputación de la renta habrá que tener en cuenta dos circunstancias: la fecha de cobro y la fecha de solicitud. Que determinarán cuándo se produce la exigibilidad.Un saludo.
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