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Participaciones del usuario batiscafo - Fiscalidad

batiscafo 21/03/24 19:57
Ha respondido al tema Cómo incluir en la declaración ingresos de alquiler al 50%
En el borrador (o si quieres empezar a trastear hay un simulador en la web de la Agencia Tributaria), Apartado C: Relación de bines inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares, arrendados o cedidos a terceros o afectos a actividades económicas.Desplegable casilla 0063.Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 17:20
Ha respondido al tema Declarar Alquiler Renta
En teoría, cuando cambiamos de domicilio/residencia, deberíamos presentar el modelo 030 de la Agencia Tributaria.Como al parecer este trámite lo hacen muy pocos, la Agencia Tributaria a optado por el proceso de que al descargarte los Datos Fiscales, antes del mismo tienes  que confirmar tu actual domicilio.Por tanto si lo has cambiado o vas a cambiarlo en ese momento, no tienes más que atenerte a los datos que te pida el borrador al introducir los importes  pagado por el alquiler.Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 14:20
Ha respondido al tema Comisiones cobradas por el Banco de España en Letras del Tesoro y...¿no deducibles en Declaración de la Renta?
No te puede deducir ningún gasto, pero el gasto lo puedes restar a tu rendimiento.Del Manual Renta 2023 de la Agencia Tributaria página 318.Rendimiento = Valor enajenación o reembolso - Valor adquisición o suscripción A estos efectos, se considerará como mayor valor de adquisición o suscripción, o como menor valor de transmisión, reembolso o amortización, el importe de los gastos y tributos inherentes a dichas operaciones satisfechos, que se justifiquen adecuadamente, sin que tengan tal consideración las retenciones o ingresos a cuenta efectuados. Un saludo.
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batiscafo 21/03/24 14:17
Ha respondido al tema Comisiones cobradas por el Banco de España en Letras del Tesoro y...¿no deducibles en Declaración de la Renta?
Deberíais leer la página 318 del Manuel Renta 2023 en PDF:La integración en la base imponible de los rendimientos derivados de la transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de cualquier clase de activos financieros (rendimientos implícitos), se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas:  1. El cómputo de cada rendimiento debe efectuarse, individualmente, por cada título o activo, por diferencia entre los valores de enajenación, amortización o reembolso y de adquisición o suscripción.  2.Los gastos accesorios de adquisición y enajenación, siempre que sean satisfechos por el adquirente (valor de adquisición) o transmitente (valor de enajenación o reembolso) y se justifiquen adecuadamente, deberán computarse para la cuantificación del rendimiento obtenido.Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 19:44
Ha respondido al tema Declaración con estas dudas que muchos preguntais - Fiscalidad apuestas deportivas
Yo lo veo de la siguiente forma.Soy una persona que no la gusta el juego y hago mi declaración todos los años.Pero un día por capricho, apuesto y pierdo 100 euros.¿Tengo que declara la pérdida? Pues no.Por tanto, si tienes ganancias de 1.000 euros y pérdidas de 3.000 euros, pues tampoco declaro nada.Independientemente de las retiradas. Lo que importan son las ganancias/pérdidas.Un saludo.
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batiscafo 20/03/24 18:05
Ha respondido al tema Declaración de Fondos de Inversión (Reembolso)
F2.Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la bade imponible del ahorro).Casilla 0311.Están en lo cierto en todo lo que comentas.Cuando se puedan descargar los datos fiscales al borrador a partir del 3 de abril, seguramente ya te lo hace todo el mismo sistema.Un saludo.
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