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Participaciones del usuario batiscafo - Preferentes

batiscafo 26/03/24 17:50
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Yo no sé si al hacer reinversión el Banco de España cobra o no comisión.Es evidente que si no cobra, no te puedes deducir nada.Solamente sé que en el momento de la subasta, te devuelve la diferencia entre 1.000 euros y el valor al que se emite sin cobrarte.En el momento de la reinversión en que amortizas unas letras y compras otras nuevas emitidas, tiene que existir un importe que sobra. Comprueba que en ese importe no te cobran nada y te abonan la diferencia entre 1.000 y el importe de la nueva emisión. Yo no he hecho reinversiones de letras. Y sé que si no hago reinversión, me va a cobrar en el momento de la amortización. 1,50 euros por letra. Y mi rendimiento será 1.000-valor emisión-1,50.En el caso de que en la reinversión no te cobraran comisión, tendrías que declarar como rendimiento 1.000 - valor emisión de las letras amortizadas.Un saludo.
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batiscafo 22/03/24 19:02
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Estoy hablando de NO competitivas.Acudo a una subasta de letras del tesoro. Hago una transferencia de 1.000 euros y en el momento de la subasta la letra se emite a 970 euros. El Banco de España me devuelve en el momento de la subasta 30 euros.En el momento de la amortización (pasado el año), el Banco de España me ingresa 1.000 euros menos el 1,5 euros de comisión.¿Cómo se declara la operación?: (1.000 - 1,5) - (970) = 28,50 de rendimientos.Este es el supuesto que podríamos llamar normal.Como tu has reinvertido, comprueba  en la fecha de la reinversión (es decir en la amortización de las antiguas), cuál es la cantidad que te han cobrado  de comisión para restar ese importe de los 1.000 euros.Un saludo.
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batiscafo 22/03/24 18:39
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Cuando amortizas la letra tienes que considerar 1.000 euros menos los gastos en comisiones que te ha cobrado el Banco de España.Del Manual Renta 2023 de la Agencia Tributaria página 318.Rendimiento = Valor enajenación o reembolso - Valor adquisición o suscripciónA estos efectos, se considerará como mayor valor de adquisición o suscripción, o como menor valor de transmisión, reembolso o amortización, el importe de los gastos y tributos inherentes a dichas operaciones satisfechos, que se justifiquen adecuadamente, sin que tengan tal consideración las retenciones o ingresos a cuenta efectuados.Un saludo. 
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batiscafo 06/06/23 20:46
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
 En TODOS LOS CASOS será necesario aportar un justificante en papel de la titularidad de una cuenta bancaria, incluyendo el código IBAN, que deberá coincidir exactamente con la titularidad de la cuenta directa. Será necesario asimismo la firma de todos los titulares en presencia de un empleado del Banco de España. (Copiado de instrucciones del Banco de España para apertura cuenta directa)Un saludo.
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batiscafo 11/06/17 12:46
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Según he visto en otro hilo en el foro de fiscalidad, creo que mi planteamiento no es correcto. Lo que se van a producir son dos tipos de rendimientos negativos: -En la conversión de deuda en acciones, rendimiento de capital mobiliario negativo por diferencia entre el precio de adqusición de cada título y el canje por la nuevas acciones, que va a tener un precio de 1 euro cada acción. -En la amortización de las acciones, pérdida patrimonial que se corresponderá con el número de títulos canjeados, ya que pasan de valer un euro cada título, a valer cero.  
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batiscafo 10/06/17 20:53
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Si se supone que os han hecho un canje de obligaciones en acciónes con la pérdida de la totalidad, en mi opinión tendréis un rendimiento de capital mobiliario negativo. Ese rendimiento, se compensa con otros positivos de intereses de depósitos, de dividendos, de cupones de bonos... En el año 2017, si después de las compensaciones anteriores te queda un rendimiento negativo, lo puedes compensar con las ganancias por transmisión de elementos patrimoniales (venta de acciones, de fondos de inversión de inmuebles...), hasta un límite del 20% de este saldo. Lo que que te quede por compensar, lo podrás hacer en los cuatro ejercicios siguientes. Y ese límite de saldo del 20%, se aumenta al 25% para los ejercicios del año 2018 y siguientes. Un saludo.
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batiscafo 27/02/16 13:20
Ha respondido al tema Denunciar compra de acciones - Bankia
Digo yo que dependerá también de los importes que se hayan invertido. Seguramente Iker Casillas no se acogerá al "amistoso acuerdo" por diversos motivos. Pero un inversor que compró 500 acciones, sí. Un saludo.
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