Bacalo
16/03/19 14:42
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Subsidio 52 y venta plaza garaje
Se toma la ganancia.
Para un ingreso extraordinario como es una venta, se calcula 1/12 de dicha ganancia, y se ve si dicha cantidad sumada a las rentas regulares del mes supera el umbral mensual del 75% del SMI; en tal caso, se perdería 1 mes de subsidio (siempre que lo comuniques, claro, como no lo comuniques y te pases del umbral, te quitan definitivamente el subsidio; por ello, yo lo haría en cualquier caso, aunque veas que no sobrepasas el umbral).
Efectivamente se toma un rendimiento al tipo legal del dinero para aquellas inversiones que no te abonen unos intereses reales: por ejemplo, si tienes 10.000 en fondos, el rendimiento a efectos del límite del subsidio sería 3% x 10.000 = 300/año = 25/mes.