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Posible suspensión del subsidio de mayores de 52 años
Buenos días, espero que alguien entendido en este hilo que abro pueda, de la mejor manera posible, orientarme... En un tiempo a corto plazo voy a cobrar una subvención de ayuda por instalación de un ascensor en mi comunidad de vecinos, la ayuda ha sido aprobada y el dinero lo recibirá la cuenta de la comunidad de vecinos, de ahí se repartirá por coeficiente de escritura y se ingresará en la cuenta bancaria personal de cada copropietario. Al ser una cantidad importante, alrededor de unos 7500 € eso la AEAT lo imputará como ganancia o pérdida patrimonial, no como renta del trabajo en la declaración del IRPF, en este caso el SEPE al cruzar datos con la AEAT inclusive la declaración de la renta que es obligatorio presentar al propio SEPE, si sale esa cantidad está claro que superaría los ingresos, pero no sé a ciencia cierta si al ser una ganancia patrimonial el SEPE lo entendería igual. Es una subvención o ayuda que recibo después de haber pagado mi parte correspondiente de la instalación del ascensor y no tengo claro si el SEPE podría suspender mi subsidio por un año o, espero sea así, no me suspenda nada por estar contamplada esta ayuda como ganancia patrimonial, no como renta. Pd.: Sé que tengo que comunicar cualquier variación al SEPE.
Agradecería algo de luz a este tema.
Gracias de antemano.
Agradecería algo de luz a este tema.
Gracias de antemano.