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Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.

2 respuestas
Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
#1

Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.

Buenas tardes.

Cuento un poco:

- En Noviembre de 2024 fallece mi madre.
- Herederos: mi padre, mi hermano y yo.
- En enero de 2025 se liquidan Impuesto de Sucesiones  y Plusvalía Municipal (sobre una vivienda, dinero no hay).
- Base para la liquidación (para mi): 30.000 € Aprox.

-
Hasta el momento solo se han liquidado impuestos en esa fecha, pero NO se ha hecho la Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia.

Mi duda es que si al pagar los impuestos, y desde el punto de vista del SEPE y el cobro del Subsidio + 52 años, debí haber comunicado al SEPE lo escrito anteriormente.

En caso de que "haya metido la pata", os comento que mi última DAR fue en febrero de 2025, y si tendría y podria comunicar al SEPE en la DAR de febrero del 2026 el hecho del fallecimiento de mi madre y la herencia (aun no aceptada) de 1/3 del valor de esa vivienda, o ya sería demasiado tarde.

Gracias y perdonar si esto ya se ha visto, pero no encuentro ningún post que me saque de dudas.

Saludos a todos.

PD: Yo no tengo rendimiento de esa vivienda y no ha cambiado mi situación económica y de rentas.
Entiendo que puedo liquidar impuestos y despues renunciar a la herencia ...no?


#2

Re: Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.

Las instrucciones del SEPE no son claras sobre que hacer cuando no hay adjudicación de herencia.
Hablan de que se tendrá en cuenta lo que venga en la escritura de adjudicación de herencia y que sino se hace (y pasa a enumerar los casos en los que este documento no es obligatorio), se use lo que figure en el impuesto de sucesiones. Sin entrar en aquellos casos en los que se hace la declaración del impuesto, sin adjudicar la herencia.
Lo que si deja claro es que si no se ha declarado en la siguiente DAR a este momento (incierto), se puede sancionar.
Para cubrirse las espaldas lo mejor es que lo declare ya, aunque no haya adjudicación de herencia,
#3

Re: Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.

Gracias.
La siguiente DAR hubiese sido la de febrero de 2025, supongo, ya que la liquidación de impuestos se hizo en enero 2025.
Entonces, la situación es que tengo que comunicar al SEPE que he heredado, sin heredar, es decir, que he liquidado el Impuesto sobre Sucesiones porque me obliga la ley, 2 meses después de que se produjese el hecho imponible, aunque tenía un plazo de 6 para ello, casi UN AÑO después de tener que hacerlo????????

Corro el riesgo de extinción del subsidio?

No es buena idea declarar esto en la siguiente DAR en febrero 2026 en vez de ahora que parece más extemporáneo?

🤦🏻‍♂️🤦🏻‍♂️🤦🏻‍♂️


Gracias 😏