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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
Hola Lao, en autónomos es parecido al régimen general, pero hay matices, en cuanto a cotizar, la mutua o el INSS está cotizando por ti hasta los 18 meses o 545 días, y al igual que el régimen general, en esta fecha ya se deja de cotizar por ti. Lo que se suele hacer es mantener la cotización hasta la fecha del hecho causante, que es requisito para reclamar la IP, posterior a esa fecha es a título personal que mantengas la cotización, ya que puedes tener varias actividades, una donde estás reclamando la IP y otra totalmente compatible con esa IP y que sigas cotizando paralelamente. Igual te descuentan del total que te tienen que pagar esas cuotas a partir de los 545 dias?
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
Hola Lao, estoy leyendo tu pregunta y viendo la acertada respuesta de @alex7676 y me crea una duda. Creo recordar, por otras personas que les ha pasado hace ya tiempo, que hasta que no regularizan esos pagos no empiezan a cobrar la IPT, es ese tu caso o estás cobrando la IP y ahora te piden ese dinero?.
Un saludo
Un saludo
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
Si, el primer pago lo recibi el 24 de octubre y el segundo el 24 de noviembre, y el ultipo dia de octubre me pasaron el primer recibo de autonomo, pero ahora me han colado 3 (ayer, 301€ otro de 301€ y uno de 20€) ¿Con ipt que piensan que vamos a comer despues de casi 2 años aguantando con 740€? los he tenido que devolver.
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
Mejor, intentando que se regule el cuerpo y lo va haciendo poco a poco, está claro que tomarse 30 pastillas crea comorbilidades y hay medicinas que unas personas pueden y otras no. Muchas veces parece que ha en experimentos con nosotros, a ver si aguantamos.
Muchas gracias 🫂
Muchas gracias 🫂
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
#8
Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
Hola Arturo, hay ciertas diferencias entre régimen general y reta ( autónomos ), pero son parecidas, para la cotización el autónomo que está de Incapacidad Temporal tiene que pagar las 2 primeras cuotas, a partir de la tercera ya no se paga, pero se sigue cotizando, no se a quien le corresponderá, si a la mutua o al INSS, al igual que el sueldo, pero mayoritariamente recaerá sobre la mutua. Pero sobre el tema de pagar, los autónomos no tienen empresarios detrás como en el régimen general, ellos funcionan solos, dependen de ellos mismos, y en IT de la mutua y el INSS.
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
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Re: Cuota de autonomo despues de 545 días. - Incapacidad Permanente Total
Mañana ire a tesorería haber que me dicen desde luego lo que no es ni medio normal es que pasen todo de golpe porque les de la gana. Pedire si hay forma alguna de pagarlo a plazos.
Un consejo que os doy:
El dia que os levanteis con ganas de emprender y ser autonomos, ese día volveros a acostar haber si os pasa la gana. Que manera de putearme encima de tener una enfermedad.
Un consejo que os doy:
El dia que os levanteis con ganas de emprender y ser autonomos, ese día volveros a acostar haber si os pasa la gana. Que manera de putearme encima de tener una enfermedad.
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